PARTE II
ASAMBLEA
GENERAL DE AFILIADOS/AS A CCOO REALIZADA EL DÍA 12 DE MAYO DE 2016.
2.-
ASUNTO: EQUIPARACIÓN SALARIAL PERSONAL SUBROGADO DE LAS EXTINTAS EMPRESAS
MUNICIPALES, AL FINALIZAR LA VIGENCIA DE SUS CONVENIOS COLECTIVOS DE APLICACIÓN.
(31/12/2015).
-
INFORMACIÓN POSICIÓN EQUIPO DE GOBIERNO MUNICIPAL EN LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN
DE FECHA 3 DE MAYO, PREVIA A LA CELEBRACIÓN DEL ACTO DE CONCILIACIÓN ANTE
SERCLA.
-
POSICIÓN SINDICAL DE CCOO EN LA MESA GENERAL.
3.-
INFORMACIÓN DE INTENTO DE CONCILIACIÓN ANTE SERCLA DE
FECHA 4 DE MAYO, SOBRE ASUNTO ANTERIOR.
ASUNTO: EQUIPARACIÓN
SALARIAL PERSONAL SUBROGADO DE LAS EXTINTAS EMPRESAS MUNCIPALES, AL FINALIZAR LA
VIGENCIA DE SUS CONVENIOS COLECTIVOS DE APLICACIÓN. (31/12/2015).
*CCOO mediante Registro de Entrada en
el Ayuntamiento de Estepona nº 2015-E-RC-23319 de fecha 05/11/2015 “solicitó
informe jurídico sobre qué Convenio sería de aplicación para el personal
subrogado desde las Empresas Municipales, al expirar su vigencia los respectivos
Convenios Colectivos de origen el próximo día 31/12/2015…”. Igualmente, el
Comité de Empresa se une a nuestra solicitud de informe sobre esta misma
cuestión.
*En la Mesa
General de Negociación de fecha 9 de noviembre de 2015, sobre el Apartado sexto
del Orden del Día: Borrador Capítulo I Presupuesto de la Corporación para el ejercicio 2016
,previa a la aprobación inicial del
Presupuesto Municipal, se estudiara por la Corporación la siguiente PROPUESTA
de CCOO: Que una vez conocidos los datos o
avance de liquidación de 2015 , se cree un FONDO ECONÓMICO en el Presupuesto
del Capítulo de Personal en el ejercicio 2016 para la equiparación salarial del
personal subrogado desde las empresas municipales , dentro de las limitaciones
establecidas (55% de recaudación líquida
de ingresos corrientes y sin aumentar el uno por ciento de masa salarial con
respecto a 2015) y pueda dar cobertura presupuestaria a un futuro acuerdo para
un proceso paulatino de homologación salarial entre el personal subrogado desde
las Empresas Municipales y del propio Ayuntamiento de Estepona.
*Con
Registro de Salida nº 2015-S-RC-12286,
el Ayuntamiento de Estepona da contestación mediante informe del Jefe de
Recursos Humanos con fecha 18 de Noviembre de 2015, en relación con la solicitud
formulada. En sus conclusiones finales en su apartado III , indica: “ El cesionario debe mantener las condiciones de
trabajo pactadas mediante convenio colectivo, en la misma medida en que éste
las previó para el cedente, hasta la fecha de extinción o de expiración del convenio colectivo,
o de la entrada en vigor o de aplicación de otro convenio colectivo”. Además,
se informa que el importe de los 247 trabajadores subrogados que tienen
diferencias retributivas con respecto a la tabla salarial del Ayuntamiento
supone 42.459 euros/mensuales.
*Con fecha 18 de noviembre de 2015 se publica anuncio de exposición pública en el
BOP de Málaga número 222 , de aprobación inicial del Presupuesto General del
Ayuntamiento de Estepona para el ejercicio 2016.
CCOO
realizó reclamación al Presupuesto Municipal inicialmente aprobado mediante
Registro de Entrada nº 2015-E-RC-25666, al considerar que se omitía el crédito
necesario para el cumplimiento del Art. 44 del ET, en virtud de las diferencias
retributivas existentes entre el personal municipal con los convenios de origen
de las sociedades municipales (cuya expiración era el día 31/12/2015) , y el
vigente Convenio Colectivo para el Personal Laboral del Ayuntamiento de
Estepona.
*CCOO
convocó Asamblea General de Afiliados/as con fecha 1 de diciembre de 2015,
aprobándose, entre otros, el siguiente Acuerdo:
Una
vez expuestas las reclamaciones realizadas al Presupuesto Municipal para el
ejercicio 2016 en materia de Personal, entre otras, la propuesta de
equiparación salarial a los trabajadores/as que fueron subrogados desde las
extintas sociedades municipales.
SE
ACORDÓ trasladar al Comité de Empresa y resto de secciones sindicales, al
objeto de mantener una posición conjunta en la Mesa General de Negociación lo
siguiente:
1.-
Que se suspendan las reuniones previas sobre Negociación Colectiva, hasta
conocer la resolución del Ayuntamiento Pleno sobre dicha reclamación, ya que si
son aceptadas modificaría sustancialmente la futura negociación.
2.-
En el supuesto caso, que las alegaciones al Presupuesto Municipal sean
rechazadas. CCOO solicitará al Presidente del Comité de Empresa, en
representación de conjunto de trabajadores/as instar a la iniciación de
procedimiento de conflicto colectivo de interpretación y aplicación de esta
norma legal (art. 44.4 ET) ante el SERCLA, a la que se adheriría CCOO.
*Mediante
escrito de fecha 23/02/2016 y Registro de Salida nº 2016-S-RC-2806, el
Ayuntamiento resuelve desestimar la alegación realizada por CCOO al Presupuesto
Municipal. Y por tanto, conforme al Acuerdo de Asamblea General de
Trabajadores, se puso en marcha el procedimiento de Conflicto Colectivo.
*Mediante
escrito de fecha 17/03/2016 con nº 2016-E-RC-7899 de Registro Entrada, CCOO
solicita informe de la Delegación de Personal, entre otros, para conocer su
desestimación del derecho a equiparación salarial por aplicación del Art. 44
del ET del personal subrogado desde las sociedades municipales disueltas. El
Ayuntamiento de Estepona aún no ha contestado.
*Con fecha 22 de Abril de 2016, Luis
Carlos Barea, en calidad de Presidente del Comité de Empresa, presenta escrito
ante el SERCLA (Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos Labores de
Andalucía). La celebración ante el SERCLA se notificó para el día 4 de mayo de
2016, a las 11,30 horas en Málaga.
-INFORMACIÓN
POSICIÓN EQUIPO DE GOBIERNO MUNICIPAL EN LA MESA DE NEGOCIACIÓN DE FECHA 3 DE
MAYO, PREVIA A LA CELEBRACIÓN DEL ACTO DE CONCILIACIÓN ANTE SERCLA.
Con fecha 29 de abril de 2016 nos
convocan para la asistencia a sesión Extraordinaria de la Mesa General de
Negociación, cuya celebración se realizó el Martes, 3 de mayo de 2016, a las
18,00 horas, con el Único Asunto: Reunión previa a celebración Acto de conciliación
ante el SERCLA, expediente nº. 29/2016/55.
Dicha reunión fue presidida por el
Sr. Alcalde y por tanto en nombre del Equipo de Gobierno Municipal.
Parte de su exposición se reproduce
en nota informativa de la web municipal en fecha 5 de mayo. Considera que es un
planteamiento inoportuno y que hay que situar el interés general por encima de
los intereses particulares de un colectivo. Indica, que “no hay razones
económicas, laborales o motivos jurídicos”. “Que el Equipo de Gobierno desea
eliminar la provisionalidad de los empleados laborales, que debe pasar por la
convocatoria de oposiciones libres”.
El Sr. Alcalde manifestó que no es
una medida inocua (equiparación salarial) y que provoca inestabilidad, y
entiende que se rompe el “status quo” existente de consenso y se modifica hacia
el conflicto, manifestando sobre el derecho a la igualdad salarial, que la igualdad deber ser total entre
todos los españoles, en clara referencia a lo manifestado con
anterioridad sobre convocatoria de oposiciones libres.
-POSICIÓN
SINDICAL DE CCOO EN LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN.
CCOO presentó escrito para dejar
constancia de su posición ante esta Mesa General, exponiendo lo siguiente:
“Como
siempre, CCOO apuesta por el acuerdo, desde el reconocimiento del derecho de
los trabajadores subrogados desde la extintas empresas municipales a la
aplicación del vigente Convenio Colectivo de Personal Laboral del Ayuntamiento
de Estepona, debido a la fecha de extinción o expiración de sus convenios de
origen el día 31/12/2015, en cumplimiento del Art. 44.4 del ET. Estando abierto a la negociación de
un acuerdo de homologación salarial paulatina, como ya se expuso en la Mesa
General de Negociación de fecha 9 de noviembre de 2015, con motivo de
presentación del Borrador Presupuesto para 2016. El Ayuntamiento de Estepona no
consideró en dos ocasiones, ante dicha Mesa de Negociación y en la
desestimación de alegaciones al Presupuesto inicialmente aprobado.
No
obstante, ante esta Convocatoria Extraordinaria de Mesa General de Negociación
para tratar este asunto, estamos dispuestos a estudiar propuesta del
Ayuntamiento de Estepona e intentar conciliarla ante el SERCLA, que evite la
futura judicialización ante los Tribunales de Justicia”.
Por parte del Equipo de
Gobierno no se realizó ninguna propuesta.
3.- INFORMACIÓN DE
INTENTO DE CONCILIACIÓN ANTE SERCLA DE FECHA 4 DE MAYO, SOBRE ASUNTO ANTERIOR.
Con
fecha 4 de mayo, se constituye la Comisión de Conciliación-Mediación del SERCLA
integrada por 5 componentes y asistimos una representación del Comité de
Empresa de todos los sindicatos. El Ayuntamiento de Estepona estuvo
representado por el Jefe de Recursos Humanos.
El
SERCLA es un sistema de resolución de conflictos laborales y sirve como
instrumento de conciliación-mediación, bajo los principios de diálogo y la
negociación, para evitar tener que acudir a la vía judicial.
Después
del intento de llegar acuerdo, que se hacía inviable. Por parte de la Comisión
de Conciliación-Mediación del Sercla, nos realizan una propuesta para nombrar
un arbitraje de “mutuo acuerdo”, del listado del Colegio de Árbitros que está
integrado por juristas y/o profesionales de reconocido prestigio en Andalucía,
expertos en relaciones laborales y contrastada imparcialidad.
Por
parte del Comité de Empresa habría aceptación sobre esta propuesta y a la
espera de que por parte del Ayuntamiento se sometiera a dicho arbitraje. El Jefe
de Recursos Humanos como representante del Ayuntamiento, realiza gestión y
consulta telefónica y rechaza la
propuesta de arbitraje.
Por
tanto, se finaliza el procedimiento: SIN AVENENCIA.
Lamentable,
quedó abierta como única vía de solución, el procedimiento judicial instado
desde el Comité de Empresa y ya debe estar registrado ante los Tribunales de
Justicia.