lunes, 31 de marzo de 2014



ASAMBLEA GENERAL DE AFILIADOS/AS  A  CC.OO.



ORDEN DEL DÍA:


                  ASUNTO: ELECCION DE TRES MIEMBROS                                                                  AL CONSEJO DE LA FSC-MÁLAGA


                       DÍA: VIERNES, 11 DE ABRIL

                       HORA: 17,00 HORAS

                       LUGAR: SALON DE CC.OO.


Estepona a 30 de marzo de 2014



lunes, 24 de marzo de 2014


jueves, 20 de marzo de 2014

EL CONSISTORIO ESTEPONERO HA SACADO A CONCURSO 6 PLAZAS DE GUARDERÍA SIN CONTAR CON LOS TRABAJADORES AFECTADOS POR EL ERE

CCOO denuncia ante la Inspección de Trabajo al Ayuntamiento de Estepona por incumplir el Plan de Recolocación de los trabajadores del ERE
Málaga, 20 de marzo de 2014

Nuevamente, la Sección Sindical de CCOO en el Ayuntamiento de Estepona vuelve a denunciar las actuaciones llevadas a cabo por su Alcalde. En esta ocasión, el Sindicato ha presentado una denuncia ante la Inspección de Trabajo por haber incumplido este Consistorio el Plan de Recolocación de los trabajadores afectados por el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) y sacar a concurso público cinco plazas de guardería sin haberse negociado previamente con los representantes de los trabajadores y dejar fuera a los afectados por dicho expediente, quienes según el acuerdo firmado en su momento, deben de tener preferencia

El carácter preferente de los trabajadores afectados por el ERE que presentó el pasado mes de julio de 2012 el Ayuntamiento de Estepona ha sido pasado por alto, una vez más, por esta administración. Así, según ha denunciado esta mañana el presidente del Comité de Empresa de CCOO en este Consistorio, José Carrasco, “hemos presentado una denuncia ante la Inspección laboral tras haberse sacado a concurso público, sin previa negociación con nosotros, seis plazas de guardería”.
Esta medida, según ha explicado el representante sindical, “supone una vez más el incumplimiento del ERE y a su vez del Plan de Recolocación y del Plan de Acompañamiento Social que fue aprobado por el Alcalde del Ayuntamiento de Estepona”.
Carrasco ha recordado que “dentro del ERE que se firmó fueron despedidos varios trabajadores de guarderías municipales, los cuales venían ocupando este cargo desde hacía años y contaban con su acreditación profesional y la homologación exigida”. Por tanto, ha defendido que “el Ayuntamiento está obligado a contar en primer lugar con estos profesionales, ya que cumplen los requisitos para dichas plazas que ha ofertado”.

Es por ello que CCOO ha solicitado a la Inspección de Trabajo que admita a trámite esta denuncia y acelere el proceso para que se cumpla lo pactado y se anule la nueva convocatoria que está fuera del marco legal aprobado en el ERE.

miércoles, 19 de marzo de 2014




Campaña Informativa sobre la Acreditación de Competencias Profesionales
     ·         Se van a ofertar 6.500 plazas de diferentes categorías laborales en Andalucía
Con el fin de profundizar en ésta información y comentaros los dispositivos informativos que la Junta de Andalucía pondrá a vuestra disposición, CCOO Málaga realizará una ASAMBLEA INFORMATIVA el miércoles día 19 de marzo a las 17:30 h en el Salón de Actos del Edificio de usos múltiples ("Edificio Negro") sede de la Delegación Territorial de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía en Avda. de la Aurora.
Se prevé que en breve la Consejería de Educación ponga en marcha un nuevo procedimiento de evaluación para el reconocimiento y acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral y de aprendizajes no formales y cuyo fin es obtener la correspondiente acreditación oficial.
En ésta ocasión se ofertarán un total de 6.500 plazas, en el documento anexo (cuadrante) aparecen las cualificaciones que se van a ofertar, detalladas en un cuadro resúmen.


Para acceder a éste proceso de evaluación es necesario:

   A )Tener 18 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción, cuando se trate de unidades de competencia correspondientes a cualificaciones de nivel I y 20 años para los niveles II y III.

   b) Tener experiencia laboral y/o formación relacionada con las competencias profesionales objeto de la convocatoria que se quieren acreditar, en los ultimos 10 años:

   1º. En el caso de experiencia laboral. Para las unidades de competencia de nivel II y III, justificar, al menos 3 años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los últimos 10 años transcurridos antes de realizarse la convocatoria. Para las unidades de competencias de nivel I, se requerirán 2 años de experiencia profesional con un mínimo de 1.200 horas trabajadas en total.

2º. En el caso de formación relacionada con las competencias profesionales. Para las unidades de competencia de nivel II y III, justificar, al menos 300 horas, en los últimos 10 años. Para las unidades de competencia de nivel I, se requerirán al menos 200 horas.

No podrán participar en el proceso quienes ya estén en posesión o cursando el titulo de formación profesional o certificado de profesionalidad que contengan las unidades de competencia cuya acreditación se pretende.

El plazo para presentar las solicitudes de inscripción en el procedimiento será de quince días, a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y que en esta convocatoria se ofertarán seis mil quinientas plazas para Andalucía, distribuidas en las siguientes cualificaciones.

Nivel I
• Operación Básica de Cocina: 115 plazas

Nivel I
• Atención sociosanitaria para personas dependientes en el domicilio: 3.060 plazas
• Atención sociosanitaria para personas dependientes en instituciones sociales: 1.530 plazas
• Transporte Sanitario: 230 plazas
• Atención sanitaria a múltiples víctimas y catástrofes: 100 plazas
• Montaje y mantenimiento de instalaciones eléctricas de baja tensión: 220 plazas
• Cocina: 300 plazas
• Montaje y mantenimiento de instalaciones frigoríficas: 110 plazas
• Montaje y mantenimiento de instalaciones de climatización y ventilación extractiva: 100 plazas
• Instalación y mantenimiento de ascensores y otros equipos fijos de equipamiento y transporte: 50 plazas
• Peluquería: 100 plazas
• Atención al cliente y organización de actos de protocolos en servicios funerarios: 50 plazas
• Montaje de andamios tubulares: 150 plazas

Nivel III

• Educación Infantil: 110 plazas
• Promoción y participación de la comunidad sorda: 75 plazas
• Control de Ejecución de obras de edificación: 150 plazas

   Con el fin de profundizar en ésta información y comentaros los dispositivos informativos que la Junta de Andalucía pondrá a vuestra disposición, FSC-CCOO Málaga realizará una ASAMBLEA INFORMATIVA el miércoles día 19 de marzo a las 17:30 h en el Salón de Actos del Edificio de usos múltiples (“Edificio Negro”) sede de la Delegación Territorial de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía en Avda. de la Aurora.

martes, 18 de marzo de 2014


PARA DESCARGAR EL ENLACE PARA EL DOCUMENTO 

Desde los sindicatos se propuso eliminaciones y modificaciones al texto, en los siguientes apartados.

1.- En el art. 1. Objeto de la convocatoria. (Página 1).

Añadir:           Las presentes Bases tiene por objeto regular un procedimiento para la creación de una Bolsa de Trabajo , por medio de la cuál y durante su periodo de vigencia, se cubrirán plazas de carácter temporal que, por circunstancias o atendiendo a programas concretos, surjan en el Ayuntamiento “Y SE OFRECERA”  a las empresas concesionarias que presten servicios para éste….”.

Justificación: De acuerdo con lo expuesto en el Plan de Recolocación del ERE, donde se indicaba lo siguiente: “Esta bolsa de trabajo, a la que solicitaran su acceso de forma directa los trabajadores que cederán sus datos personales a la misma, también servirá para ofrecer los servicios de los mismos a las empresas con la que subcontrate obras o servicios el Ayuntamiento….”

2.- En el Art. 2. Definición y finalidad de la bolsa. (Página 1). Se reitera lo expuesto en la Mesa General con fecha 23 de Enero de 2014.

Eliminación, del apartado 5) “En ningún caso la mera pertenencia a la bolsa implicará derecho alguno a obtener nombramiento o contrato laboral, garantizándose únicamente que, cuando el ayuntamiento considere conveniente su utilización por los motivos que fueren, se respetará el sistema de llamamiento regulado en el Reglamento de Bolsa de Trabajo del Ayuntamiento de Estepona, pudiendo el Ayuntamiento cuando lo considere conveniente, de forma justificada para cubrir puestos vacantes o contratos temporales, aunque hubiere constituida una bolsa concreta, convocar ex profeso un proceso selectivo”.

Justificación: Estamos ante unas bases para la confección de una bolsa de trabajo para cobertura de contratación temporal y no de puestos de estructura en la administración para contratación indefinida a través de ofertas públicas de empleo.
 Por tanto, dejar a la conveniencia de la administración las contrataciones temporales mediante convocatoria ex profeso de procesos selectivos, comportaría inseguridad de los derechos a trabajadores admitidos en esta bolsa o directamente estas bases podrían carecer de utilidad, al dejar a la discrecionalidad su utilización.

3.- En página 7 del Art. 8.7 apartado 4. “Baremo personal”. Máximo 25 puntos.


El Comité de Empresa propone un incremento de la puntuación al criterio “Haber sido afectado por despido colectivo 40/2012” Elevarla a 24 puntos. Adoptando una discriminación positiva como medida para eliminar  los obstáculos en la medida de lo posible con el fin de facilitar  a los integrantes del colectivo Ere a obtener empleo.

La constitución (1978) en sus artículos 9.2 y 14 se ocupan de ello “Los poderes públicos están obligados a remover todos los obstáculos que impidan o dificulten las condiciones de igualdad…” Por otra parte el Tribunal Constitucional en sentencia STC 128/1987 y otras posteriores establece unos requisitos básicos que toda acción positiva debe cumplir para ser compatible con el principio de igualdad:

Ø      Necesidad de motivación (existencia de una situación de real de discriminación del colectivo).
Ø      Necesidad de proporcionalidad (suficiencia y adecuación entre la medida adoptada y el objetivo perseguido).
Ø      Carácter temporal.

Justificación:       En el plan de recolocación exponía “que los trabajadores que vean extinguidos sus contratos de trabajo en este procedimiento de regulación colectiva de empleo queden inscritos en una bolsa de trabajo de carácter preferente para poder ocupar de forma temporal vacantes en la plantilla en base a las necesidades del Ayuntamiento”.

  Igualmente el Real Decreto 1483/2012 sobre el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo referente a las Medidas Sociales de Acompañamiento obliga a la empresa  “El derecho de ingreso preferente en las vacantes del mismo grupo profesional que se produzcan en la empresa..”.

Consideramos que el carácter preferente debe atenderse con la modificación propuesta de alcanzar por esta circunstancia personal (afectados del ERE) con la puntuación mayor “24 puntos “ en la baremación personal.

4.- Turno de reserva para personas con discapacidad.

Nos reiteramos en la propuesta de la mesa general con fecha 23 de Enero e 2014  “Para acogerse a este turno, será necesaria la presentación del certificado acreditativo del grado de minusvalía expedido por el organismo competente y de adecuación a las circunstancias del puesto de trabajo solicitado”.

La Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece la obligatoriedad de la adaptación del puesto de trabajo a la persona. Pero, no existe ningún órgano para “certificar” la adecuación a las circunstancias del puesto de trabajo que podrían solicitar personas con discapacidad”.

Propuesta de Modificación: Eliminar “ y de adecuación a las circunstancias del puesto de trabajo solicitado” por “ y se adecuará el puesto de trabajo a la persona con discapacidad”.

El Ayuntamiento aceptó las propuestas sobre ofrecer la bolsa de empleo a las empresas concesionarias y la modificación sobre turno de reserva para personas con discapacidad.

El Ayuntamiento de Estepona NO ACEPTÓ  las propuestas sindicales sobre la eliminación del Art. 2 párrafo 5 y el aumento de puntos en la baremación personal, al entender que no se cumplirán con 5 puntos de 25 totales, el carácter preferente a los despedidos en el ERE y que estábamos dispuestos a negociar un término medio entre la propuesta del Ayuntamiento (5 puntos) y la propuesta sindical (24 puntos).


Además, desde CC.OO. se criticó que se haya realizado fuera de estas Bases Generales,  la convocatoria de 5 plazas en guarderías y entendemos que se estaría incumpliendo el Plan de Recolocación al no tener carácter preferente a despedidos en ERE. Especialmente, cuando la contratación no se realizaría hasta Septiembre y que fue denunciada ante la Inspección Provincial de Trabajo.

En Estepona a 18 de marzo de 2014.






lunes, 17 de marzo de 2014


EL COMITE DE EMPRESA PIDE VESTUARIO PARA EL PERSONAL DE GUARDERIAS, AYUDA A DOMICILIO Y CONSERJES



CCOO SOLICITA CERTIFICADO DEL SECRETARIO MUNICIPAL SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE LA RESOLUCION FINAL DEL PRESUPUESTO DEL PRESENTE EJERCICIO



'

EL COMITE PIDE EL EXPEDIENTE DE CIERRE Y LIQUIDACIÓN CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2013 DEL PRESUPUESTO MUNICIPAL

viernes, 14 de marzo de 2014

CONVOCADA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN PARA LA APROBACION, SI PROCEDE, DE LAS PROPUESTAS DE LA BOLSA DE TRABAJO DEL REGLAMENTO DEL PLAN SOCIAL DE ACOMPAÑAMIENTO

miércoles, 12 de marzo de 2014


     COMITÉ DE EMPRESA DEL  ILMO AYUNTAMIENTO DE ESTEPONA




ORDEN DEL DÍA COMITÉ DE EMPRESA JUEVES, 13 DE MARZO DE 2014.

1.- Dar cuenta de Resoluciones de Alcaldía. Reducción jornada. Licencias no retribuidas, Expediente disciplinario.

2.- Dar cuenta de Recurso de Reposición ante Alcaldía por tasas de expedición de documentos (información sindical) y solicitud que plazas guarderías sean cubiertas a través de bases generales de contratación temporal.

3.- Denuncias ante Inspección Provincial de Trabajo. (Tasas por expedición de documentos e incumplimiento Plan de Recolocación del ERE).

4.- Dar cuenta notificación del Tribunal Supremo al Comité de Empresa con fecha 4 de marzo de 2014.

5.- Dar cuenta de solicitud de CC.OO. de información económica del cierre y liquidación de ejercicio 2013. Igualmente solicitar dicha información por el Comité de Empresa.

6.- Acuerdo para solicitar convocatoria Mesa General de Negociación al objeto de ultimar bases generales de contratación temporal, ya enviadas a Delegación de Personal.

Ruegos y Preguntas.

Estepona, 12 de marzo de 2014.
La Federación de Servicios a la Ciudadanía (FSC) de CCOO de Málaga ha vuelto a criticar la actuación por parte del Ayuntamiento de Estepona, en este caso por continuar incumpliendo sentencias judiciales firmes. Así, según esta organización sindical el Juzgado de lo Social nº 9 de Málaga le ha requerido dos veces el cumplimiento de una sentencia. En concreto, este Consistorio debe a 25 de sus trabajadoras más de 16.000 euros en concepto de productividad.
Trabajadores del Ayuntamiento de Estepona durante una concentración
Según han informado desde el Comité de Empresa de CCOO en el Grupo Raga (Empresa concesionaria del servicio de limpieza en edificios públicos en el Ayuntamiento de Estepona), mediante sentencia judicial de 13 de septiembre de 2013 se estimó la demanda interpuesta por 25 trabajadoras con categoría de limpiadoras en la cantidad total de 16.058.59 euros, en concepto de deuda por programa de puntualidad y reducción del absentismo laboral, cuyo abono debió producirse en sus nóminas de septiembre de 2011 conforme a lo establecido en Convenio Colectivo. En relación a ello, el Ayuntamiento de Estepona reconoció en el propio acto de juicio esta deuda y fue condenado a su abono.

Sin embargo, la Asesoría Jurídica de CCOO de Málaga ante el incumplimiento de esta sentencia firme y tras llegar a ser infructuosas las gestiones amistosas para lograr el cumplimiento voluntario de los términos de la condena, con la negativa de la condenada a proceder al abono de la citada cantidad, se realiza escrito de ejecución de sentencia con fecha 4 de noviembre de 2013.

Más tarde el Juzgado de lo Social, con fecha 26 de noviembre de 2013, dicta resolución para que se proceda a la ejecución de la sentencia, requiriendo al citado Consistorio para que en el plazo de un mes acredite haber dado cumplimiento a la sentencia.

Nuevamente, el pasado 10 de febrero se ordena judicialmente lo siguiente: “Visto el tiempo transcurrido sin que se haya cumplimentado por el correspondiente organismo la sentencia dictada en las presentes actuaciones, requiérase nuevamente al organismo demandado AYUNTAMIENTO DE ESTEPONA a fin de que de exacto y total cumplimiento a la sentencia dictada, ADVIRTIENDOLE que deberá comunicar a este Juzgado su cumplimiento o en caso contrario los motivos que impidan el mismo, apercibiéndole que de no verificarlo a la mayor brevedad que le sea posible, le parará el perjuicio a que hubiere lugar en derecho”.

Finalmente, a pesar de los requerimientos por el Juzgado de lo Social nº 9, CCOO quiere denunciar que el Ayuntamiento de Estepona hace caso omiso y de forma reiterada en la obligación de cumplir las sentencias y demás resoluciones firmes de los jueces y tribunales.

lunes, 10 de marzo de 2014



CC.OO. SOLICITA INFORMACIÓN DEL EXPEDIENTE DE CIERRE Y LIQUIDACIÓN CORRESPONDIENTE AL PRESUPUESTO DEL EJERCICIO 2013

viernes, 7 de marzo de 2014

Portal web de Formaci�n Continua de la Mancomunidad Municipios Costa del Sol

Curso
Plazo
Área: Específico para determinados colectivos
CERTIFICADO APTITUD PROFESIONAL (CAP) (1ª edición) (horario de mañana)Abierto
CERTIFICADO APTITUD PROFESIONAL (CAP) (2ª edición) (horario de tarde)Abierto
CERTIFICADO APTITUD PROFESIONAL (CAP) (3ª edición) (horario de tarde)Abierto
Introducción a la domótica con KNXAbierto


Área: Prevención de riegos laborales. Salud laboral
Prevención de Riesgos Laborales (on-line)                                                              Abierto

jueves, 6 de marzo de 2014

El programa de 'Emplea2' de Canal Sur ha cambiado su horario
 Actualmente se emite en Canal Sur HD los miércoles a las 18:00 horas y en Canal Sur normal en la madrugada de los miércoles.

Igualmente podéis ver todos los reportajes que realiza CCOO Andalucía en el siguiente enlace:


Al igual que en el canal de YouTube:



lunes, 3 de marzo de 2014

CCOO ha aportado nuevos documentos que supondrían el cuestionamiento a las causas esgrimidas por el Ayuntamiento de Estepona para argumentar el ERE realizado en julio de 2012, donde fueron despedidos 174 empleadas/os municipales.
 Manifestación contra el ERE del Ayuntamiento de Estepona. 2012.
Manifestación contra el ERE del Ayuntamiento de Estepona. 2012.
Los nuevos documentos aportados por CCOO consisten en Informes de la Intervención de Fondos del Ayuntamiento de Estepona y Decretos de Alcaldía, donde se desprende lo siguiente:


a) Que no fueron 176 los despidos en el ERE sino 174 empleados.
b) Que el Ayuntamiento de Estepona, cumplió los objetivos del plan de saneamiento económico financiero y que no se justifica un ERE por motivos económicos.
c) Que un año después del ERE, el Ayuntamiento de Estepona llegó a un acuerdo para el aplazamiento de pago con la Tesorería de la Seguridad Social en Septiembre de 2013, para desbloquear los fondos de participación del Estado
d) Que el Ayuntamiento de Estepona posterior a las extinciones por el ERE tuvo que contratar nuevo personal para puestos que habían sido extinguidos.
e) Que el Ayuntamiento de Estepona viene manteniendo gastos variables para parte del personal(productividades, horas extras y servicios extraordinarios)  por cuantías importantes. (600.000 euros/año).



Desde CCOO creemos que esta nueva documentación vuelve a demostrar lo innecesario y arbitrario del ERE ejecutado en Estepona, cuya intención no era mejorar las cuentas del Ayuntamiento, sino, al parecer, suprimir personal y justificar externalizaciones de servicios.



Esperamos que el Tribunal Supremo declare nulo el ERE del Ayuntamiento de Estepona por los vicios graves que padece y lo innecesario del mismo, restableciendo los derechos de los trabajadores despedidos injustamente, que han perjudicado a los servicios municipales de Estepona sin mejorar la situación económica del Ayuntamiento.
Recurso presentado por CC.OO. por el cobro indebido de fotocopias del Presupuesto Municipal al presidente del Comite de Empresa