viernes, 29 de noviembre de 2013



martes, 26 de noviembre de 2013

PARTE II. MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN 22/11/2013.





(PARTE II).  MESA GENERAL DE FECHA 22/11/2013.

6.- COMITÉ DE EMPRESA. DEBATE ASUNTOS REUNIÓN 14/11/2013.

En reunión mantenida por el Comité de Empresa el día 14 de noviembre de 2013, entre otros, se adoptaron los siguientes acuerdos.
a. Aclaración circular turnos de navidad.
b.- Firma nuevo protocolo de Programa de Productividad para el abono de la deuda, conforme a lo acordado en Asamblea de fecha 3 de Octubre. (Ampliación de plazo compensación en días y calendario de pagos).
c.-Aclaración circular vacaciones.
d.-Cumplimiento convenio sobre dotación vestuario en la Delegación Deportes.

a) ACLARACION CIRCULAR TURNOS DE NAVIDAD.
Ante la propuesta de Equipo de Gobierno en la circular sobre el  “carácter graciable” establecer dos turnos de Navidad. Lo que en la práctica resultaría tener dos días de permiso adicionales. 
1º Turno.- 23 y 24 de diciembre y 2º Turno 30 y 31 de diciembre.
Desde CC.OO. consideramos que durante el año 2013 se excederá lo establecido en la Resolución de 28 de diciembre de 2012 de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas, por la que se dictan instrucciones sobre jornada y horarios de trabajo del personal al servicio de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos. En cuanto al equivalente en cómputo anual establecido en 1.664 horas anuales.
Además, se establece que los días 24 y 31 permanecerán cerradas las oficinas públicas, la excepción de los servicios de información, registro general…”.
Debemos tomar en consideración la que la jornada general de trabajo del personal del Sector Público no podrá ser inferior a 37,5 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual para todas las Administraciones Públicas.
En el ámbito de la Administración Local, partimos siempre de su regulación específica, que se recoge en el art. 94 de la Ley de Bases de Régimen Local. Así, el art. 94 de la Ley 7/1985, de 12 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local (LRBRL) establece que la jornada de trabajo de los funcionarios de la Administración local será en cómputo anual la misma que se fije para los funcionarios de la Administración Civil del Estado y se les aplicarán las mismas normas.
Por tanto, desde CC.OO. para los funcionarios locales en cumplimiento de ley debe aplicarse la citada Resolución de 28 de diciembre de 2012.En cuanto al personal laboral debe negociarse (estos dos días de permiso adicional) y pactarse al no ser una medida de carácter graciable, sino un derecho para no excederse en la cuantía en cómputo anual establecido para el año 2013 (1664 horas).
Jornadas de trabajo efectivo realizado: Enero (21), Febrero (19), marzo (19), Abril (22), Mayo (21), Junio (20), Julio (22), Agosto (21), Septiembre (21), Octubre (24), Noviembre (20) y Diciembre (17 al restar dos días permiso adicional).
Total días efectivos trabajados 247 días x 7.5 horas =         1852.50 horas
22 días vacaciones                                                                165 horas
3 días asuntos propios                                                           22.5 horas
Total… 1665 horas.Por tanto, según nuestros cálculos  incluso con los 2 días adicionales de permiso el Ayuntamiento de Estepona debe a cada trabajador 1 hora. Por ello, mantenemos que no es graciable tener antes de finalizar el año dos días adicionales de permiso.
El Equipo de Gobierno contesta  que no dispone de estos datos.
b).- FIRMA DE PROTOCOLO sobre atrasos programa 2010-2011 conforme al acuerdo alcanzado en la Asamblea General de Trabajadores (ampliación plazo compensación en días y/o abono del mismo), con las excepciones expuestas en el escrito con número Registro General 20004 de 09/10/2013).
Por el Equipo de Gobierno realiza una propuesta sobre deuda pendiente al personal del ERE donde se indica que se abonaría en dos plazos (Marzo y Junio de 2014). Y al personal privatizado (Septiembre y Diciembre de 2014).
Por CC.OO. se reitera en lo manifestado por la Asamblea General de Trabajadores, que al personal del ERE debería abonarse de forma inmediata ya que algunos de los trabajadores afectados tienen graves situaciones personales y familiares.  
Además, tanto el  personal del ERE y “privatizado” no ostentamos representación en esta Mesa General, pero están organizados en una Plataforma de Afectados y otros en distintos Comités de Empresa (Playas-Jardines, Infraestructuras, Limpiadoras...), y deben ser estos quienes deben llegar, si lo estiman oportuno,  algún tipo de acuerdo.
Por el Equipo de Gobierno, se expone la dificultad de la propuesta al personal despedido,  ya que la Plataforma del ERE tampoco representa a la “totalidad de los afectados”.
c).- ACLARACION CIRCULAR VACACIONES.
Al existir la posibilidad de tomar periodos en días de vacaciones menores a 5 días dejar flexibilidad a los empleados para disfrutar algunos de  estos días durante el año fuera del periodo Junio a Septiembre.
Por el Equipo de Gobierno se indica que ya existe esta flexibilidad para disfrute de vacaciones fuera de los mencionados meses.
d).- DOTACION DE VESTUARIO. Desde hace dos años que no se dota de vestuario a personal de la Delegación de Deportes. Se solicita cumplimiento convenio en esta materia.
El Equipo de Gobierno expone que desde la Delegación de Deportes se ha solicitado y está realizando las gestiones para la dotación de vestuario.


7).- SECCION SINDICAL DE ATAE. PETICIÓN SOBRE ABONO PRODUCTIVIDAD.
(Se amplia información para un mejor detalle del asunto y posterior análisis de la Sección Sindical de CC.OO.).
Antecedentes.-
En Mesa General de Negociación de fecha 8 de noviembre de 2011 se realizó por el Equipo de Gobierno una propuesta para establecimiento de un Programa de Productividad estableciéndose definición, distribución, procedimiento y fijándose un límite por empleado/a y mensualidad, entre  2.000 euros y 6.000 euros/anuales.
CC.OO., único sindicato que  votó en contra en la Mesa General, al desconocer la cuantía global fijada por este concepto en el Presupuesto, al objeto de comprobar si la cantidad beneficiaría a la mayoría de los servicios o se trataba de “repartir productividades” de forma individual  a determinado personal  y tampoco estaba de acuerdo con los criterios. Los sindicatos  CSIF- ATAE y UGT  votaron favorablemente la propuesta del Equipo de Gobierno.
En la Mesa denominada “Única” que representa a empresas municipales, donde CC.OO. es mayoritaria se voto en contra y no aprobó la propuesta del Equipo de Gobierno, con el mismo argumento anterior.
En el pleno de fecha 30 de noviembre de 2011 se acuerda aprobar el programa de productividad  a la plantilla municipal del Ayuntamiento, pero no al personal de las empresas municipales. (17 votos a favor (PP) y 8 en contra  (PSOE-CIE).
- En la reunión del pasado Viernes, 22 de noviembre nuevamente se trata este asunto debido a esta propuesta desde ATAE. .
La Sección Sindical de ATAE a través de Registro General nº 20723 de 18 de Octubre de 2013 solicita la extensión del programa de productividad a todo el personal laboral, tanto del Ayuntamiento como del personal subrogado de las extintas sociedades municipales.
Nuevamente, los sindicatos (CSIF-ATAE y UGT) estaban de acuerdo en aceptar la propuesta inicial del Equipo de Gobierno, (noviembre 2011) para repartir productividades entre 2.000 y 6.000 euros por empleado, argumentado una supuesta desigualdad entre personal del Ayuntamiento (al tener este programa) y el personal subrogado de las empresas municipales.
Desde CC.OO. suponemos que ATAE tendrá un conocimiento previo de un nuevo reparto de productividad dentro de escaso tiempo (2000 a 6000 euros)  y reiteramos nuestro voto negativo y sin entender como es posible que desde el propio Equipo de Gobierno se apoye esta iniciativa para un mayor gasto de personal e incluso critique nuestra posición sindical, cuando por responsabilidad de todos/as los/as trabajadores/as, ante la situación económica hemos suspendido el programa de productividad que afecta a toda la plantilla, suspendido derechos sociales y económicos del Convenio Colectivo e incluso aceptado el abono de la deuda del programa de productividad (2010-2011)  en 12 mensualidades (junio 2014-Mayo 2015). Que precisamente, consideramos que conforma el ahorro del Capitulo de Personal para 2014 respecto al ejercicio de 2013, debido  al incumplimiento en las previsiones de  pago a los empleados municipales, de esta deuda generada en Agosto de 2011 y que debió abonarse en la nómina de Septiembre de 2011 por este Equipo de Gobierno.
Desde CC.OO. opinamos que es contradictorio que después de un ERE llevado a cabo en 2012 que afectó a 176 compañeros/as motivado por un plan de ajuste en  6 millones de euros en el Capitulo de Personal, ahora se pretenda aumentar el gasto de personal con abonos a través del  concepto variable (productividad) para repartir entre 2.000 y 6.000 euros por empleado.
En los casi dos años de funcionamiento de este programa de productividad en el Ayuntamiento de Estepona se han beneficiado muy pocos compañeros/as y dirigido a determinados servicios y/o  puestos de trabajo, en lugar de asignar cuantías a los distintos departamentos y servicios municipales para un reparto más equitativo. Un ejemplo, desde Enero a Octubre del año 2013 se abonó a sólo a dos puestos de trabajo en Urbanismo y a cuatro de la Asesoría Jurídica,  con seguridad de forma merecida, pero al parecer el resto de los servicios y/o empleados municipales, no deben alcanzar ninguno de los objetivos de este programa de productividad  para  percibir cuantías por este concepto.
Aunque vistas las expectativas expuestas en medios de comunicación  por el Concejal de Hacienda sobre el Presupuesto para 2014,  no llegamos a entender, la “alegría económica” del Equipo de Gobierno para apoyar y aplicar “productividades” entre 2000 y 6000 euros por empleado. . En todo caso, debería realizarse sin que exista ningún posible elemento discriminatorio entre servicios ni compañeros/as. Por tanto, si lo estima conveniente el Equipo de Gobierno, y  necesario la  ampliación del programa y su dotación de crédito concreta por servicios y departamentos que evite dicha desigualdad y  CC.OO. pueda valorar la propuesta.
O bien,  para evitar la desigualdad expuesta por ATAE se anule dicho programa y se confeccione uno distinto que beneficie a la totalidad de los servicios municipales .Para CC.OO. el apoyo del Equipo de Gobierno para abonar a empleados entre 2000 y 6000 euros/anuales por productividad,  puede entenderse que han terminado los  problemas económicos del Ayuntamiento de Estepona. Aunque, no compartamos esta visión tan poco realista.
No se aprueba la propuesta de ATAE al mantener CC.OO. la mayoría en la denominada “Mesa Única” de negociación de las extintas empresas municipales, ya que se considera que este programa de productividad está dedicado al abono a determinados servicios o puestos de trabajo, excluyendo a la inmensa mayoría de departamentos y empleados municipales, y esto es realmente lo que provoca la desigualdad. Y a los hechos nos remitimos con el reparto de productividad abonada desde Enero a octubre de 2013.

lunes, 25 de noviembre de 2013

MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN CELEBRADA 22 DE NOVIEMBRE DE 2013.


Debido a lo extenso de la reunión se publicará en nuestro blog en dos partes (Del 1 al 5) y (6 al 8).

MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN CONVOCADA CON EL SIGUIENTE ORDEN DEL DÍA Y POSICIÓN DE LA SECCIÓN SINDICAL DE CC.OO. EN EL AYUNTAMIENTO DE ESTEPONA
1.- Lectura y aprobación, si procede, de acta de sesión 20/09/2013.

2.- Borrador Capitulo I Presupuesto de la Corporación para 2014.

3.- Solicitud de pase a segunda actividad.

4.- Dar cuenta concesión anticipos reintegrables.

5.- Dar cuenta publicación acuerdos prórroga convenios colectivos.

6.- Comité de Empresa. Debate asuntos reunión 14/11/2013.

7.- Sección Sindical ATAE. Petición sobre abono de productividad.

8.- Ruegos y Preguntas.


1.- LECTURA Y APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE ACTA DE SESIÓN 20/09/2013 Se firma  acta de fecha 20/09/2013.

2.- BORRADOR CAPITULO I PRESUPUESTO DE LA CORPORACION PARA 2014.
a) Respecto a la ampliación de jornada a profesor de Lenguaje Musical y Piano.
Estamos de acuerdo con la propuesta de ampliar el servicio a los ciudadanos para formación de educación musical. Y nuevamente criticamos el cierre de la escuela municipal de educación de Adultos en el ERE de 2012.
b) En el párrafo sexto del Anexo de Personal del Presupuesto del ejercicio de 2014 se indica:
En virtud de los acuerdos tomados en sesiones de la Mesa General de Negociación, se han contemplado las cantidades a abonar durante el ejercicio 2014, correspondientes al “Complemento de puntualidad y reducción del absentismo” del período 2010-2011. La previsión de gastos es de 436.381.98 euros.
En la Mesa General de Negociación de fecha 20 de septiembre de 2013 se propone por el Equipo de Gobierno un calendario para el abono mensual de la deuda del programa de productividad de puntualidad y reducción del absentismo del periodo 2010-2011 desde Junio de 2014 a Mayo de 2015. Finalmente, se acordó someter a consideración de la Asamblea de Trabajadores.
Este Comité de Empresa trasladó al Ayuntamiento de Estepona lo acordado por la Asamblea de Trabajadores mediante escrito con nº de Registro 20004 de fecha 9 de octubre de 2013.

“Se aprobó la propuesta del Equipo de Gobierno con las excepciones siguientes que tendrá que constar en el documento de calendario de pagos:
-Al personal subrogado desde el Ayuntamiento a empresas privadas, al estimarse que debió liquidarse en su última nómina las cantidades adeudadas por este concepto.
-Al personal del ERE que debió abonarse dicha cantidad adeudada en su finiquito al tiempo de su despido. Y ante situaciones personales y familiares de los despedidos, se solicita el abono inmediato de la deuda a estos trabajadores.
-Asimismo dicho acuerdo se efectúa sin perjuicio del derecho individual de cada trabajador para ejercer la reclamación vía judicial por dicho concepto.
Mediante correo electrónico se remite los acuerdos del Comité de Empresa en reunión celebrada el día 14 de noviembre de 2013, entre otros, se solicitaba la firma de un nuevo protocolo sobre la deuda del citado programa de productividad (ampliación plazo para compensación días libres y nuevo calendario de pagos) conforme a lo aprobado por la Asamblea de Trabajadores.
En el resumen de Capitulo I del Presupuesto de 2014 hace una previsión de gastos para abonar la deuda de dicho programa por 436.381.98 euros.
Cantidad que consideramos insuficiente para abonar la deuda al personal no vigente (ERE, personal privatizado..) que asciende a la cuantía de 461.495,69 euros y al menos el 50% de personal vigente resultaría una cuantía de 203.966.47 euros. Por tanto, solicitamos que la previsión de gastos debe contener la cuantía de 665.462.16 euros en lugar de 436.381.98 euros.
- Si se diera estas circunstancias por el Equipo de Gobierno indica que no existiría ningún problema en una modificación presupuestaria posterior.
c) En el 7º Párrafo del Anexo de Personal indica:
 “Igualmente se ha contemplado una partida para hacer frente a los acuerdos tomados en sesiones de la Mesa General de Negociación, referidos al abonos de los premios de permanencia perfeccionados en el período comprendido entre los meses de Agosto 2011 y Diciembre 2013, y que se harán efectivos en el transcurso del ejercicio de 2014.
El 16 de agosto de 2011 se adoptó por los representantes de los trabajadores una serie de “recortes”  en derechos de convenios colectivos a la vista de la situación económica que produjo un ahorro estimado en 3,5 millones de euros/año en Gastos de Personal y bajo nuestra inicial idea que beneficiaría a la estabilidad en el empleo. 9 meses después se presentó un ERE en esta Administración.
En dicho acuerdo se establecía que el abono de los importes que se perfeccionen por el premio de permanencia que serían abonados a partir del 31 de diciembre de 2013. Es decir, que podría abonarse de una sola vez en la nómina de Enero de 2014 y no como se indica “en el transcurso del ejercicio 2014”.
Se solicita se modifique y “que se harán efectivos en el transcurso del ejerció de 2014”, por  “que se harán efectivos en Enero de 2014”. Al entender, ese era el “espíritu del acuerdo”.
- Se nos contesta por el Equipo de Gobierno que se tramitará el expediente administrativo inmediatamente posterior a la publicación definitiva del Presupuesto del ejercicio 2014.
d) En el 8º Párrafo del Anexo de Personal indica:
Por otro lado, si bien pendiente de su concreción definitiva, se ha estimado, al igual que en ejercicios anteriores, una cantidad a tanto alzada para afrontar el programa de productividad de la Policía Local y bomberos del ejercicio de 2014, conforme a los acuerdos alcanzados al efecto con la representación legal de los funcionarios.

Se hace una previsión de gastos para productividad para Policía Local de 384.407.04 euros y para Bomberos 130.464 euros que ascienden a la cuantía de 514.871.04 euros.
De nuevo recordar que en fecha 30 de marzo de 2012, el Pleno del Ayuntamiento acordó la aprobación del denominado Plan de Ajuste de conformidad con el Real Decreto Ley 4/2012, de 24 de febrero, con el objetivo de poder acceder a la financiación en las condiciones reguladas para hacer frente a obligaciones de pago a proveedores.
La postura del Ayuntamiento de Estepona durante el proceso de negociación para los 176 despidos permaneció invariable sin atender a nuestra propuesta de suspender estos programas de productividad y sirviera para evitar despidos.  Por tanto, el único “ajuste” emprendido fue contra el personal laboral del Ayuntamiento de Estepona.
Igualmente, nos reiteremos en los mismos términos del ejercicio 2012, al existir un informe desfavorable de la Intervención Municipal de fecha 19/10/2011, por cuento pone de manifiesto que dicho programa de productividad “no fijan resultado objetivables sino que se centra en circunstancias que están relacionadas con el complemento especifico (peligrosidad, condiciones de jornada…).
- Por el Secretario de la Mesa, se contesta que igualmente existe un informe del Secretario Adjunto respecto a la legalidad del programa de productividad.
e) En el párrafo 9º se indica lo siguiente:
Tanto en la plantilla de funcionarios como de personal laboral, únicamente se ha procedido a la amortización de aquellas plazas correspondientes a los empleados que causaron baja durante el presente ejercicio por jubilación, Incapacidad Permanente y fallecimiento etc... y cuyo destino eran servicios cuya gestión ha sido externalizadas, por lo que se considera que estas plazas son a extinguir, o bien estaban ocupadas por personal laboral cuando corresponden a plazas a desempeñar por funcionarios.
En concordancia con lo anterior, las bajas producidas correspondientes a personal subalterno o de oficios, pasan a consignarse como vacantes en categoría de “conserje” y dotadas con las retribuciones que el Ayuntamiento tiene pactadas para este colectivo.
En conformidad con el art. 35.4 del Convenio Colectivo. Jubilación. “La corporación realizará las previsiones con un año de antelación informando de ello a los representantes de los trabajadores…” Se solicita se identifique las plazas y los empleados que integran estos párrafos así como las previsiones para 2014.
Al igual que en ejercicio anterior se amortizan vacantes por jubilación incumpliendo el Convenio Colectivo.
-          El Equipo de Gobierno contesta que enviará comunicación desde la Delegación de Personal como información adicional de relación nominal y plazas que se amortizan. 
f) En el párrafo 11º se indica lo siguiente:
En la plantilla de funcionarios se contempla una vacante de funcionario de libre designación que, a día de la fecha, se halla incursa en un proceso judicial.
Por CC.OO. se indica que igualmente en la plantilla de personal laboral, a día de la fecha, existen procesos judiciales, entre otros, el personal despedido en el ERE y no se contemplan sus vacantes y que fueron amortizadas en 2013. Por ello, se solicita la creación de las mismas y su crédito correspondiente en el Presupuesto.
            - No dan contestación.
g) Otras cuestiones:

1.- Al igual que el año anterior se desconoce el crédito para dar cumplimiento a Convenio Colectivo en materia de vigilancia de la Salud. Y consideramos, se continúa incumpliendo Anualmente, en cumplimiento del art. 22 de la ley 31/95 de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales el Ayuntamiento de Estepona está obligado a realizar un reconocimiento médico….”.
            - El Equipo de Gobierno indica que se dispone de crédito en el Capitulo II, aunque no nos facilitan el crédito previsto.   
2.- Asimismo la cantidad prevista para dotación de vestuario.
            -  El Equipo de Gobierno indica que se dispone de crédito en el Capitulo II, aunque no nos facilitan el crédito previsto. .  
3.-  Se desconoce si el Ayuntamiento de Estepona cumple el artículo 7 del RD 861/86, de 25 de abril, por el que se establece el régimen de las retribuciones de los funcionarios de la Administración local, “los créditos destinados a complemento específico, complemento de productividad, gratificaciones...”. Hasta un máximo del 75 % para complemento específico. Hasta un máximo del 30 % para complemento de productividad.  Hasta un máximo del 10 % para gratificaciones.”
            - El Secretario de la Mesa indica que los datos y cuantías se encuentran en el Informe de la Intervención de Fondos.  
Para CC.OO. debería constar este dato en el Anexo de Personal del Presupuesto.
4.-  Rectificar error en la dotación de retribuciones  para la plaza de Tesorero cuya cuantía tiene asignada la cantidad 6.960.15 euros.
            - El Equipo de Gobierno indica que se trata de un error.
5.-Se solicita aclaración sobre información sobre acuerdo sobre pago deuda Tesorería Seguridad Social y Agencia Tributaria en 60 meses.  En 2014 se abonaría 216.928.42 euros como atrasos de la deuda? Cual es el calendario de pagos anual?
            - El Equipo de Gobierno indica que el pago de la deuda en concepto de atrasos a la Tesorería de la Seguridad Social y Agencia Tributaria será en cuantía aproximada de más de 6 millones en el ejercicio 2014.
El Comité de Empresa solicitó información económica de liquidación y  cierre del ejercicio de 2012 y  estos acuerdos, que ha motivado su denuncia ante la Inspección de Trabajo.
-Se solicita información sobre concepto en resumen del Capitulo sobre  Previsión  de atrasos funcionarios y laborales?
            - Se nos contesta que se enviará desde Delegación de Personal la motivación y conceptos.
6.- Se solicita se envíe un correo electrónico con el resto de documentación que conforma el Presupuesto de 2014 como información sindical para tener una amplia visión del mismo y  efectuar cualquier otra consideración o sugerencias por los representantes de los trabajadores. 

3.- SOLICITUD PASE A SEGUNDA ACTIVIDAD.
Se acuerda pasar a la Comisión de Valoración del Comité de Salud Laboral.
4.- DAR CUENTA CONCESIÓN ANTICIPOS REINTEGRABLES.
Se dan cuenta de 13 anticipos reintegrables.
5.-DAR CUENTA PUBLICACIÓN ACUERDOS PRORROGAS DE CONVENIOS.

Se da cuenta de su publicación en BOP número 220 de fecha 18/11/2013.

jueves, 14 de noviembre de 2013

viernes, 8 de noviembre de 2013


jueves, 7 de noviembre de 2013

#espúblicoSálvalo
El Ayuntamiento de Estepona pretende cobrar 167,10 euros al presidente del Comité de Empresa por facilitarle información de la situación económica del consistorio

La ley obliga a todas las empresas, incluidos los ayuntamientos y resto de administraciones públicas, a facilitar a los representantes de los trabajadores diversa información sobre personal, situación económica, etc. El Alcalde de Estepona exige el pago de una tasa de 167,10 €, por entregar esta documentación al Comité de Empresa. Algo inaudito, que culmina una serie de estratagemas para obstaculizar la acción sindical en defensa de la plantilla esteponera.
Edificio principal del Ayuntamiento de Estepona
Edificio principal del Ayuntamiento de Estepona
"Cobrar por tener acceso a la información es un disparate, el Comité de Empresa es un organo que no dispone de recursos económicos propios"


El Comité de Empresa con fecha 21 de Octubre denunció ante la Inspección Provincial de Trabajo al Ayuntamiento de Estepona por no facilitar información económica a los representantes de los trabajadores, cuestión que es obligatoria por ley. La información no facilitada es la referente al expediente de liquidación y cierre del ejercicio económico de 2012, el estado de evolución presupuestaria de Ingresos y Gastos a fecha 30/06/2013 y el Acuerdo de aplazamiento de pagos suscrito entre el Ayuntamiento de Estepona y la Tesorería de la Seguridad Social, así como la información del importe anual previsto por Ingresos de Participación de los Impuestos del Estado.

El Comité de Empresa recibió comunicación del Concejal de Hacienda del Ayuntamiento de Estepona, donde se les comunica: “En contestación a sus solicitudes a través de los escritos números 10060, 14175 y 20004, le indicamos que el volumen de trabajo que soporta el área económica ha impedido contestarles con antelación. No obstante, por medio de la presente se les indica que:"

“Tal como solicitaron en los escritos arriba indicados, tienen a su disposición en Gestión Tributaria, previo pago de las tasas por expedición de documentos correspondientes, copia completa del expediente de liquidación y cierre del ejercicio presupuestario 2012 y copia completa del estado de ejecución de ingresos y gastos a fecha 30/06/2013”…

La ley obliga a las empresas a suministrar información trimestralmente al menos, sobre la evolución general del área económica,  los representantes de los trabajadores tienen también derecho a conocer la documentación contable de la empresa, balance, cuenta de resultados, la memoria…. En definitiva, es un derecho para garantizar el acceso a los representantes sindicales a información que resulta fundamental para el ejercicio de sus funciones, máxime si se repara en el dato de que la política de personal realizada por el Ayuntamiento de Estepona, se ampara fundamentalmente en la evolución de su situación económica financiera.

Este es un derecho de información básica y fundamental de los representantes de los trabajadores, así que cobrar por tener acceso a la documentación referente a la situación económica del Ayuntamiento de Estepona, es un disparate ya que el Comité de Empresa es un órgano de representación de los trabajadores que no dispone de recursos económicos. Nos tememos que con esta actuación se intenta evitar que puedan realizar sus funciones sindicales, lo que puede constituir una vulneración de la Ley orgánica de Libertad Sindical y del Estatuto de los Trabajadores. En 2013 existen medios técnicos para facilitar toda la información, evitando hacer copias en papel de la documentación solicitada por el Comité de Empresa.

lunes, 4 de noviembre de 2013