lunes, 15 de diciembre de 2014
domingo, 14 de diciembre de 2014
José Carrasco Pérez, ante la Unidad de
Atención Ciudadana del Consejo General del Poder Judicial, expone :
PRIMERO.- Con fecha de Junio de 2014, se expuso lo siguiente:
José Carrasco Pérez, cuyas circunstancias ya constan acreditadas en el proceso núm. 4/2012 sobre despido colectivo ante la Sala de lo Social del TSJA de Málaga, formula la siguiente, QUEJA:
José Carrasco Pérez, cuyas circunstancias ya constan acreditadas en el proceso núm. 4/2012 sobre despido colectivo ante la Sala de lo Social del TSJA de Málaga, formula la siguiente, QUEJA:
Referida al retraso en dar una resolución a nueva documentación aportada en
escrito de fecha 5 de diciembre de 2013 y con Registro ante la Sala de lo
Social del Tribunal Supremo el día 8 de diciembre de 2013, al objeto de
unirse a los Autos del procedimiento bajo núm. de recurso de casación ordinario
97/2013, Secretaría Torres Ruiz y ponente Sr. Luelmo Millán.
Este retraso conlleva la consiguiente demora en la fijación de fecha para
votación y fallo por el Tribunal Supremo, sobre nuestro recurso interpuesto
contra la sentencia nº 1662/12 de fecha 25/10/2012, ante la Sala de lo Social
de Málaga del TSJA, despido colectivo nº 4/2012.
Ante situaciones personales y familiares muy críticas de afectados/as por
los despidos, se solicita se tramite esta queja debido al tiempo transcurrido y
sirva para agilizar en lo posible dicho proceso, que cumplirá el próximo 6 de
Junio dos años desde su inicio con la notificación del Expediente de Regulación
de Empleo al Comité de Empresa del Ayuntamiento de Estepona.
Sin otro particular, reciban cordiales saludos.
SEGUNDO.- Con fecha de 27
Agosto de 2014 , se resuelve:
Comunicación
de la Unidad de Atención Ciudadana del CGPJ Ref núm. 27532/2014
Madrid,27 de agosto de 2014
“Estimado Sr. D. José Carrasco Pérez:
Con relación a su escrito de queja por el
funcionamiento de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo le comunicamos que
hemos recibido el informe solicitado en el que se indica que tras los traslados
correspondientes a las partes personadas y al Ministerio Fiscal, se dictó en
fecha 28 de mayo de 2014 Auto resolviendo sobre la aportación de documentos
solicitada; quedando el recurso pendiente señalamiento para votación y
fallo.
Por lo que, una vez comprobado que el órgano ha
adoptado las medidas necesarias para solventar el problema expuesto en su
queja, y no apreciando irregularidad imputable al órgano judicial damos por
concluida con la presente carta nuestra intervención.
No obstante, su queja ha permitido al Consejo General
del Poder Judicial conocer su valiosa percepción del problema y de este modo
contribuir a impulsar el proceso de modernización de la Administración de
Justicia que en este momento abordan las administraciones competentes con la
reforma integral de las oficinales judiciales para implantar criterios de
calidad, eficacia en la gestión y uso de nuevas tecnologías.
Esta comunicación tiene carácter meramente informativo
y no afecta a cuantas acciones pudiera ejercer si considera que, a pesar de la
explicación expuesta, ha concurrido alguna disfunción que pueda ser corregida
por otro órgano distinto de la Unidad de Atención Ciudadana.
Agradeciendo su colaboración y quedando a su
disposición, reciba un cordial saludo. Ana María Pérez Blanco, Letrada de
la Unidad de Atención Ciudadana” .
TERCERO.- El día 27 de
noviembre de 2014, a través de esta comunicación del CGPJ:
“jueves, 27 de noviembre de 2014
El Supremo anula las sentencias que avalaron los ERE del ayuntamiento de
Estepona y de UGT de Andalucía
El alto tribunal ordena repetir ambos
juicios por no practicar determinadas pruebas documentales o periciales
Autor
Comunicación Poder Judicial
El Tribunal Supremo ha anulado las
sentencias del TSJ de Andalucía que declararon ajustados a derecho los ERE
llevados a cabo en el ayuntamiento de Estepona (Málaga) y en la UGT de
Andalucía, respectivamente. La Sala de lo Social del Supremo ordena al TSJ andaluz
repetir los juicios relativos a ambos ERE, por no practicar determinadas
pruebas documentales o periciales, que ahora deberán llevar a cabo en
el juicio antes de que se dicten las nuevas sentencias por el propio TSJ
andaluz. El ayuntamiento de Estepona llevó a cabo un despido
colectivo de 176 trabajadores, y la UGT de Andalucía, de 159”.
CUARTO.- En definitiva y
según entiendo que el ERE del Ayuntamiento de Estepona, deberá celebrarse
nuevamente juicio, al parecer por un supuesto “error judicial” de la Sala
Social del TSJA en Málaga, al no admitir pruebas periciales propuestas por
CC.OO. ,en el acto del juicio celebrado en Octubre de 2012.
QUINTO.- Casi dos años y
medio después de las notificaciones de los despidos (Julio de 2012), con
trabajadores agotadas las prestaciones de desempleo , muchos de ellos, con
grave riesgo de exclusión social. Como digo, aún no han encontrado respuesta de
la JUSTICIA a sus despidos, si fueron o no ajustados a
derecho.
SEXTO.- El pasado día viernes,
12 de diciembre de 2014, he llamado telefónicamente a la Secretaría del
Tribunal Supremo (Torres Ruiz) para conocer el estado de la notificación
de la sentencia a las partes y su trámite para su devolución al TSJA de Málaga,
comunicándome que aún no estaba la sentencia a disposición de la Secretaría,
para proceder a su notificación.
SÉPTIMO.- Dada las
circunstancias especiales a tenor del fallo del TS, que anula la sentencia del
TSJA y su devolución para iniciar el proceso, se debería tener más
sensibilidad con las 174 familias afectadas y el tiempo transcurrido, proceder
de la forma más diligente posible y máxima urgencia para las notificaciones a
la partes y devolución del Expediente al TSJA, para nueva citación a juicio,que
evitara nueva dilatación del procedimiento judicial en varios meses, como no se
adopte alguna tipo de medida para una mayor eficacia en esta gestión.
Por lo expuesto, esperando la ayuda de esa Unidad del Consejo General de Poder
Judicial, que evite una prolongación y dilatación de este proceso judicial sobre
despidos y se realice un procedimiento de notificaciones urgentes, atendiendo a
las especiales circunstancias por lo que parece un error judicial, al no
admitir pruebas en el acto de juicio celebrado en Octubre de 2012, por la Sala
Social del TSJA de Málaga.
Sin otro particular, reciba un cordial saludo.
Estepona, 13 de diciembre de 2014
jueves, 4 de diciembre de 2014
lunes, 1 de diciembre de 2014
El Presupuesto del Ayuntamiento de Estepona para el ejercicio 2015 proyectan un
Gasto Total de 89 millones de euros. En relación con el último Presupuesto
Liquidado de 2013 que fue de 79 millones de euros, aumentan los Gastos
en más de 10 millones de euros (10,2 millones de euros). Sin contemplar
siquiera como eventualidad que trabajadores del ERE puedan ganar juicio de sus
despidos en demanda colectiva, y podríamos encontrarnos ante un presupuesto
ficticio, debido a esta posible circunstancia.
Mientras que
los Ingresos descienden de 116,3 total liquidados en 2013 a los
Presupuestados en 2015 en la cuantía de 94 euros, es decir, se produce
una disminución de Ingresos en 22,3 millones de euros.
Presentando
un superávit de sólo 4,8 millones de euros, que serían insuficientes para
asumir el remanente negativo de tesorería de 14 millones de euros del ultimo
ejercicio liquidado (2013). Hay que valorar de forma positiva su rebaja inicial
desde los 55 millones de euros en 2011 , aunque parte puede haber contribuido
el “plan de pagos a proveedores”, que deberá abonarse “en diferido” a bancos
junto con sus correspondientes intereses, con un notable incremento de la deuda
viva a 81,2 millones de euros en 2013.
Por tanto,
debería haberse elaborado un nuevo Plan de Saneamiento Económico Financiero,
que nos informan se confeccionará en el primer semestre de 2015. Pensando bien,
en espera de la liquidación del ejercicio presupuestario 2014, que mejora los
diversos parámetros económicos establecidos. Aunque hay otras opiniones, se
trataría de aprobar y conocer a partir de junio de 2015, su diseño y nuevos
objetivos en función de resultados electorales.
Además, el
Ayuntamiento de Estepona ha solicitado 4 créditos a “corto plazo”
durante el año 2014, (2 en Junio y 2 en noviembre) con distintas entidades
bancarias que ascienden a 9 millones de euros, cuya devolución (8 de ellos) en
amortización más los correspondientes intereses se tendrá que pagar en el año
2015, no presupuestados al ser “operaciones de tesorería”.Con la duda razonable
sobre la capacidad de la entidad local, para atender a estas obligaciones que
se derivan de estas operaciones a corto plazo y que garantías o recursos se han
afectado para sus cancelaciones en el ejercicio 2015. Se ha solicitado
información al respecto. En principio, la respuesta del gobierno del PP ha sido
con otra pregunta. ¿Si anteriormente , solicitamos información cuando se
utilizaron fondos del patrimonio municipal del suelo?. Si, nos trasladaron
información de un acuerdo para su devolución a través del Patronato de
Recaudación Provincial. Intuimos no van a proporcionar los informes de
intervención solicitados sobre estas operaciones. En próxima reunión del Comité
de Empresa, se propondrá interponer denuncia a la inspección de trabajo
para que obliguen a facilitar dicha información económica.
Es fácil, pueda
generarse graves tensiones a “corto-medio plazo” en la tesorería
municipal y en materia de cumplimiento de la Ley de Estabilidad
Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera , dará lugar en el nuevo Plan
Económico Financiero a nuevos y fuertes ajustes, sino aumentan
extraordinariamente los ingresos. Que ni están, ni se les esperan.
Por otra
parte, el Ayuntamiento de Estepona comenzará abonar la amortización de los
créditos del denominado “plan de pago a proveedores” a partir del año 2016.
Añadida la deuda de “todas” las corporaciones con la
Tesorería de la Seguridad Social y la Agencia Tributaria. El
plan plurianual de inversiones aprobado para el periodo 2015-2017, asciende a
una cuantía de más de 30 millones de euros.
Desde CC.OO y
en nuestra opinión son motivos suficientes para mostrar nuestra preocupación,
en todo caso, conocer con carácter previo a su aprobación las medidas del
nuevo Plan de Saneamiento Económico Financiero, junto a las consecuencias del
cumplimiento de los requisitos del último Plan de Ajuste aprobado por el
Ayuntamiento Pleno en fecha 5/06/2014.
Como se
comentó anteriormente, el Gobierno Local del PP, debería hacer caso a la
advertencia en el informe del interventor Municipal sobre Presupuesto para
2015, donde indica que el aumento de inversiones en un 73,95% con respecto al
ejercicio 2014, podría poner en riesgo la Tesorería Municipal, en el
caso, de un elevado grado de ejecución del Capítulo de Inversiones.
Nos tememos,
debido a la cita electoral a finales de Mayo para municipales, “Panem et
circenses”, marcará un alto nivel de ejecución de las inversiones y una mayor
alegría en gastos, hasta cumplirse como una predicción infalible del
interventor municipal. En espera, de una invernal ciclogénesis explosiva
notificada desde la Sala Social del TSJA de Málaga o una
diseñada tormenta perfecta para el próximo verano.
Esta vez, con
seguridad, sin falsas apariencias. El Capítulo de Personal convertido en “fondo
de reserva”, ante cualquier futura contingencia económica negativa. Al final,
comprenderemos que Estepona no se localizaba a la orilla de Galilea, para
obrarse el milagro de la multiplicación de panes y peces.
Estepona, 1
de diciembre de 2014
José Carrasco Pérez
Secret General de la Sección Sindical de
CC.OO.
Ayuntamiento Estepona
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