martes, 25 de febrero de 2014



CC.OO. solicita por registro de entrada la anulación de la convocatoria de seis plazas de Técnico en Educación Infantil para el curso escolar 2014/2015

A LA DELEGACIÓN DE PERSONAL DEL AYTO. DE ESTEPONA.

JOSE CARRASCO PEREZ, Presidente del Comité de Empresa del Ayuntamiento de Estepona, expone lo siguiente:


PRIMERO.-  El Ayuntamiento de Estepona realizó en el mes de Julio de 2012 un ERE donde se vieron afectadas por despidos trabajadores de guarderías municipales   y que venían ocupando puestos de trabajo con experiencia de años de trabajo y que han obtenido su acreditación profesional y homologación a titulación exigida en la convocatoria para contratación temporal de SEIS PLAZAS de Técnico de Educación Infantil para el próximo curso escolar 2014/2015.
Dicho Expediente de Regulación de Empleo se encuentra pendiente de resolución judicial en el Tribunal Supremo.

SEGUNDO.- En la Mesa General de Negociación de fecha 20/01/2014  fue objeto de propuestas sindicales de modificación en bases para una bolsa de trabajo de carácter general para la cobertura de necesidades temporales en el Ayuntamiento de Estepona, presentada por esta Administración.  

Dicha bolsa de trabajo es una exigencia y que la Administración Municipal quedaba obligada por el Plan de Acompañamiento Social y Plan de Recolocación del ERE, al indicarse “Que los trabajadores que vean extinguidos sus contratos de trabajo en este procedimiento de regulación colectiva de empleo queden inscritos en una bolsa de trabajo de carácter preferente para poder ocupar de forma temporal vacantes en la plantilla en base a las necesidades del Ayuntamiento”.

Mediante escrito de fecha 6 de febrero, dichas propuestas de modificación fueron contestadas por la Concejal de Delegada de Personal, quedando a la espera de aportaciones para ser debatidas, en la próxima reunión Mesa General de Negociación, de conformidad con el art. 37 c) de la Ley 7/2007, Estatuto del Empleado Público.

TERCERO.- Que con fecha 24 de febrero de 2014 se notifica las bases de la convocatoria efectuada por este Ayuntamiento para la contratación temporal, por duración del curso escolar 2014/15. de SEIS PLAZAS de Técnico en Educación Infantil, sin negociación previa. Cuyas contrataciones se realizarían en el mes de Septiembre de 2014.

CUARTO.- El Convenio Colectivo en  su Artículo 9 COMISION DE PERSONAL en su apartado 6 reconoce  nuestro derecho a conocer e informar con carácter previo y preceptivo a la adopción de acuerdos, entre ellos, BASES Y CONVOCATORIAS DE SELECCIÓN Y CONTRATACION DE PERSONAL y en Art. 16 apartado 3 “las convocatorias de acceso, provisión, promoción y formación y sus correspondientes bases, tanto para el personal fijo como temporal, serán negociadas en Comisión de Personal. El Art. 37.1 c)  del EBEP serán materia objeto de negociación, entre otras, las normas que fijen los criterios en materia de acceso, carrera, provisión…”.

QUINTO.-  Que si bien, no sería necesaria negociar esta convocatoria o bases concretas de personal, siempre que existiera un sistema previo o criterios generales establecidos ya negociados, pero no es el caso, “ya que está pendiente de negociación  en la próxima Mesa General de Negociación”.

SEXTO.- Por tanto, esta convocatoria especifica para determinadas plazas es preceptiva la negociación previa, puesto de lo contrario, podría burlarse lo establecido en Convenio Colectivo y en el Art. 37 c) del EBEP., al arbitrarse convocatorias concretas o aisladas al margen de la exigencia contenida en el mismo de carácter general.

SEPTIMO.- Existe un importante número de empleados municipales despedidos en el ERE para optar a estas plazas, que deben tener un carácter preferente obligados por el Plan de Social aprobado por el Ayuntamiento de Estepona.

POR LO EXPUESTO,

SOLICITA se anule la convocatoria de seis plazas de Técnico en Educación Infantil para el curso escolar 2014/2015, ya que no han sido negociadas y estas sean cubiertas a través de las bases generales para necesidades temporales en el Ayuntamiento de Estepona.

En Estepona a 25 de febrero de 2014.


miércoles, 12 de febrero de 2014



El Ayuntamiento de Estepona reitera al presidente del Comité de Empresa, la exigencia del abono de la tasa por expedición de documentos al solicitar información. Aunque el Consistorio Esteponero fue advertido expresamente por la Inspección Provincial de Trabajo de que el derecho de información, consulta y participación de los representantes de los trabajadores/as no debe tener coste alguno.
El Comité de Empresa presidido por CCOO, ha solicitado en reiteradas ocasiones mediante escritos, registrados en el Ayuntamiento de Estepona, diversa información económica. A finales de octubre se procedió a su denuncia en la Inspección Provincial de Trabajo por la negativa a facilitar dicha información obligatoria.


La información económica sobre el funcionamiento de cualquier empresa es materia de conocimiento obligatorio para sus trabajadores según recoge la Ley del Estatuto de los Trabajadores, máxime cuando se da el caso de que por motivos económicos se pueden producir despidos, como ocurre en este Ayuntamiento que despidió, amparándose en esa causa, a 176 empleados y empleadas públicos/as.



Tras la denuncia a la Inspección de Trabajo ésta requirió al Ayuntamiento de Estepona, bajo advertencia expresa de extensión de acta de infracción por incumplimiento de la normativa laboral relativa a los derechos de información, consulta y participación de los representantes de los trabajadores,  que “con carácter inmediato y de forma gratuita – toda vez que las solicitudes de información se habían realizado en ejercicio de los derechos y facultades de que gozan los representantes de los trabajadores - procediera a facilitar la información económica solicitada”.



Sin embargo, el pasado 4 de febrero se notificó al presidente del Comité de Empresa y responsable de la sección sindical de CCOO en el Ayuntamiento de Estepona mediante Decreto de Alcaldía, que continuaban pendientes de pago las tasas por expedición de documentos “al haberse producido el hecho imponible conforme a la Ordenanza Fiscal. Y que, vencido el plazo en voluntaria que fija el artículo 62.2 de la Ley General Tributaria para su ingreso sin que este se haya producido, se iniciará la vía de apremio, a través del Patronato de Recaudación Provincial de Málaga, junto con los recargos, intereses y costas devengadas”. Es decir, se intenta bordear la ley del Estatuto de los Trabajadores a través de leyes tributarias, produciéndose una total indefensión de los representantes de los trabajadores, pareciendo cada vez más  una clara persecución sindical contra el Comité de Empresa y contra CCOO.



Se da la circunstancia que CCOO, mayoritaria en el Comité de Empresa, viene denunciando todas las acciones que en contra de los trabajadores y trabajadoras ha realizado el Ayto. de Estepona, como los presupuestos sin negociación de vacantes, incumplimientos del ERE, programas de productividad opacos y no negociados, traslados, atrasos, etc., por lo que más bien parece un caso de persecución sindical.



Desde el Comité de empresa aclaran que - la información económica solicitada ya ha sido recogida, mediante su copia en un “pen-drive” propiedad del Presidente del Comité de Empresa, conforme a lo manifestado por el Concejal de Hacienda en una comunicación donde se notificaba “que aporte el soporte informático que estime pertinente para la retirada de forma gratuita de toda la documentación económica solicitada…”. A pesar de eso, se decreta por el Sr. Alcalde, el pago de la tasa correspondiente por dicha información, más los recargos de intereses y costas-.



El Comité de Empresa ha puesto en conocimiento de la Inspección de Trabajo estos nuevos hechos,  ya que a pesar de su advertencia,  el Ayuntamiento hace caso omiso y exige el pago por la “obligatoria información a los órganos legales de representación”.
ORDEN DEL DÍA REUNIÓN COMITÉ DE EMPRESA JUEVES, 13 DE FEBRERO 2014
  
1.- Dar cuenta contratos de trabajo subvención Junta Andalucía “Atención a personas en situación de dependencia” y Convenio de Colaboración en materia de drogodependencias.

2.- Resoluciones de Alcaldía. Materia de traslados, jubilación voluntaria, expediente disciplinario y reducción horaria.

3.- Respuesta Ayto. a CC.OO. y ATAE sobre confección de bolsa de trabajo temporal. Propuesta conjunta del Comité de Empresa.

4.- Denuncia a Inspección Provincial de Trabajo relativo a la persistencia del Ayuntamiento de Estepona por mantener la liquidación de cobro por tasas de expedición de documentos (167,10 euros) por información sindical.

5.- Dar cuenta al Comité de Empresa de notificación del Tribunal Supremo, sobre nuevos documentos aportados por CC.OO., en relación con el ERE.

6.- Dar cuenta al Comité de Empresa de notificación Ayuntamiento de Estepona relativo a alegaciones presentadas por CC.OO. al Presupuesto Municipal para el ejercicio de 2014.

      Ruegos y Preguntas.


Estepona, 11 febrero de 2014.

viernes, 7 de febrero de 2014

El Gobierno "regala en la AGE" un día más de asuntos propios para 2014
La Secretaría de Estado de Administraciones Públicas (SEAP) acaba de emitir una Resolución por la que reconoce un día de permiso adicional al personal al servicio de la Administración General del Estado (AGE) y sus organismos públicos por la coincidencia en sábado de dos festivos nacionales no recuperables y no sustituibles en 2014.
Esta resolución se dicta como consecuencia de lo establecido en las instrucciones sobre jornada y horario de trabajo del personal al servicio de la AGE, que reconoce este derecho, en el caso de coincidir uno o varios festivos en sábado, siendo necesario para la efectividad de su disfrute que sea así determinado en una resolución de la SEAP. Esta misma instruccion establece la limitacion a un dia de permiso de asuntos propios al margen del número de festivos que coincidan en sábado.

Para CCOO, sindicato mayoritario de la Administración del Estado, el reconocimiento expreso del disfrute de este día, junto con el “regalo” del ministro Montoro devolviendo, como si fuese el dueño del cortijo, un día de los que nos arrebató antes unilateralmente y sin justificación, es un insulto al personal de la AGE, y un desprecio a su condición de trabajadores y trabajadoras con derechos conseguidos a través de la negociación colectiva.

El Gobierno tiene que saber que el personal no se deja convencer con “limosnas”, y mucho menos se deja engañar por quien pretende convertir en dádiva lo que solo es la devolución de una muy pequeña parte de sus derechos despojados.

Hay  que recordar que este año 2014, tal y como se recoge en el calendario, hay dos festivos que caen en sábado, el 1 de noviembre y el 6 de diciembre, por lo que, tal y como CCOO siempre ha defendido y sigue reivindicando, deberían recuperarse todos los festivos que caen en sábado, evitando así que de facto se reduzca su número y, por lo tanto, se incremente de manera unilateral la jornada de trabajo en cómputo anual.


Por otra parte, desde CCOO seguiremos luchando para recuperar todos los derechos perdidos en los últimos años. Para ello haremos usos de todas las herramientas de que disponemos, haciendo un llamamiento a todos los trabajadores y trabajadoras de la AGE para que participen activamente en las movilizaciones que se convoquen.

jueves, 6 de febrero de 2014

CCOO publica la nueva Guía de Prevención de Riesgos en los lugares de trabajo
Consciente de la importancia de la tarea que desarrollan las delegadas y delegados de prevención, CCOO, a través de su Instituto Sindical de Trabajo, Ambiente y Salud (ISTAS), ha editado esta guía está dedicada a tratar cada uno de los riesgos para la salud derivados del trabajo, desde los locales e instalaciones a la maquinaria, las sustancias, las posturas o el ambiente de trabajo.
      Detalle de la portada de la guía.
Las condiciones de trabajo y empleo constituyen fuertes determinantes de la salud. La evidencia muestra que, en términos generales, las personas con trabajo tienen mejor salud que las desempleadas y que las buenas condiciones de trabajo están asociadas a mejores niveles de salud y bienestar, no solo entre los trabajadores, sino también entre sus familias y el conjunto de la sociedad.

La extensa y diversa regulación legal exige a los empresarios no poner en riesgo la salud y la vida de los trabajadores, y regula la participación de estos y sus representantes en todo el recorrido de la gestión preventiva.

La falta de aplicación de medidas preventivas, es decir, el incumplimiento de la normativa por parte de los empresarios, es la causa directa más importante de los accidentes y otros daños a la salud que los trabajadores padecen en relación con su trabajo.

El esfuerzo, la determinación y la valentía de muchos miles de delegados de prevención han sido el motor de cambios sustanciales, y esperemos que irreversibles, en el perfil de la siniestralidad de este país, de la mejora de las condiciones de salud laboral en muchísimos centros de trabajo y, también, de la creciente visibilidad social del peaje que pagamos en términos de enfermedades, incapacidades y muertes. En estos momentos de profunda crisis, agravada por las reformas laborales que atentan contra los derechos y garantías que tanto nos costó conseguir, la acción sindical en salud laboral adquiere una importancia vital para la defensa de la salud de los trabajadores.

La acción sindical que desarrolláis como delegados de prevención, a quienes se dirige fundamentalmente esta publicación, sitúa nuestro sindicato en la empresa y lo enriquece.

Conocer los procedimientos para organizar la prevención es básico para todo delegado de prevención, ya que la función principal es representar a los trabajadores en dicho proceso, desde la planificación de la prevención en la empresa hasta la valoración de los resultados de las intervenciones.
Los planes de prevención, las evaluaciones de riesgo, la formación, en fin, todas las actividades preventivas tienen que tener el objetivo final de mejorar las condiciones de trabajo. Más actividad no significa mejor protección; la calidad de la acción preventiva se debe medir en términos de salud y bienestar.

Esta guía está dedicada a tratar cada uno de los riesgos para la salud derivados del trabajo, desde los locales e instalaciones a la maquinaria, las sustancias, las posturas o el ambiente de trabajo. Desde el riesgo de incendio al de electrocución, caída, contaminación química y biológica, a las condiciones psicosociales o las desigualdades.

La mayor parte de los temas de esta guía tiene desarrollos específicos en publicaciones de CCOO e ISTAS que pueden ser consultadas a través de la página web en las áreas de salud laboral.

La gran variedad de situaciones y riesgos posibles en una tarea plantea una cierta complejidad en la elección de las medidas preventivas más adecuadas. Conocer la variedad de riesgos y desenvolverse con cierta soltura a la hora de proponer las medidas más eficaces sin encontrarse paralizados por la posible complejidad, es vital para poder ejercer adecuadamente las funciones representativas del delegado de prevención.

Nuestro sindicato, consciente de la importancia de la tarea que desarrollan los delegados de prevención, recoge su experiencia y dispone de una red de gabinetes de salud laboral y jurídicos, como herramientas de apoyo para vuestro trabajo.



lunes, 27 de enero de 2014

El plazo de entrega de solicitudes comenzará el próximo 3 de Febrero

Nuevos cursos en Málaga para desempleados

·        Los cursos ofertados por CCOO de Málaga son auxiliar de farmacia, técnico en dietética y nutrición, francés (gestión comercial), inglés (gestión comercial) y dos cursos de programa de retoque digital y escaneado de imagen.
     El centro de Formación y Empleo de CCOO (FOREM-A) en Málaga abrirá el próximo 3 de febrero, y hasta el 17 de febrero, el plazo para entregar las solicitudes, a excepción del curso de inglés (gestión comercial) que el plazo de entrega es del 3 al 17 de marzo y un segundo curso de programa de retoque digital y escaneado de imagen cuyas solicitudes se podrán entregar del 15 al 30 de abril. El lugar de entrega es la sede de FOREM-A, situada en calle Madre de Dios, nº 14, en horario de 9:00 a 13:00 horas.

Nueva oferta formativa 2014.
En esta ocasión, la organización sindical oferta un total de seis cursos que se impartirán en las sedes formativas ubicadas en avenida Virgen de Belén,  número 8 y calle Madre de Dios, número 14 en Málaga capital.

Las personas en situación de desempleo interesadas deberán entregar:

- Solicitud "modelo B" de la Junta de Andalucía (Original y fotocopia). 

- Cuestionario de Ajuste de la Junta de Andalucía (original). 
- DNI (dos fotocopias).
- Tarjeta de demanda de empleo en vigor (dos fotocopias).
- Titulación académica (dos fotocopias). 
- Tarjeta de la Tesorería General de la Seguridad Social o informe de datos (dos fotocopias).

CCOO también ha dispuesto todos los datos relativos a esta nueva oferta formativa en la webwww.foremandalucia.es donde se incluye la información que necesitan las personas interesadas para poder participar en cualquiera de estos cursos y pueden ponerse en contacto con FOREM en el teléfono 952  21 11 03.


jueves, 23 de enero de 2014

REUNION DE MESA GENERAL DEL 23 DE ENERO DE 2014


1º Lectura y Aprobación de la Acta de la Mesa celebrada el 22/11/2013.


2º Solicitudes pase a segunda actividad.

       Se da cuenta de la Comisión De Valoración de Segunda Actividad  de 27 de diciembre de 2013.

    CC.OO. matiza que en algunos de los casos no se puede considerar como una segunda actividad, al considerar que son adaptaciones del trabajo a la persona.

3º Ratificacion y Firma del Protocolo Plan de Pagos Productividad por Reduccion Absentismo Laboral 2010-2011

         ENLACE A PROTOCOLO PRODUCTIVIDAD 2010-2011                    


4º Dar Cuenta Reglamento de Bolsa de Trabajo para El Plan de Acompañamiento Social
ENLACE AL DOCUMENTO DE CREACIÓN DE BOLSA DE TRABAJO

CC.OO. solicita modificación de la Bolsa en este sentido no se  debe dar cuenta,  sino entrar en una negociación con la representación sindical en conformidad con el art. 37.c del Estatuto del Empleado Público, donde se indica que será objeto de negociación: “Las normas que fijen los criterios generales en materia de acceso…”. Y establecido en el art. 23 del Convenio Colectivo referente a Bolsa de Trabajo donde se indica que la Comisión establecerá los criterios objetivos más adecuados en referencia a contrataciones temporales.
Por tanto, es objeto de negociación y realizamos las siguientes consideraciones:
1.- En el art. 1. Objeto de la convocatoria. (Página 1).
     Añadir: Las presentes Bases tiene por objeto regular un procedimiento para la creación de una Bolsa de Trabajo , por medio de la cuál y durante su periodo de vigencia, se cubrirán plazas de carácter temporal que, por circunstancias o atendiendo a programas concretos, surjan en el Ayuntamiento y en las empresas concesionarias que presten servicios para éste….”.
    Justificación: De acuerdo con lo expuesto en el Plan de Recolocación del ERE, donde se indicaba lo siguiente: “Esta bolsa de trabajo, a la que solicitaran su acceso de forma directa los trabajadores que cederán sus datos personales a la misma, también servirá para ofrecer los servicios de los mismos a las empresas con la que subcontrate obras o servicios el Ayuntamiento….”
2.- En el Art. 2. Definición y finalidad de la bolsa. (Página 1).
    Eliminación, del apartado 5) “En ningún caso la mera pertenencia a la bolsa implicará derecho alguno a obtener nombramiento o contrato laboral, garantizándose únicamente que, cuando el ayuntamiento considere conveniente su utilización por los motivos que fueren, se respetará el sistema de llamamiento regulado en el Reglamento de Bolsa de Trabajo del Ayuntamiento de Estepona, pudiendo el Ayuntamiento cuando lo considere conveniente, de forma justificada para cubrir puestos vacantes o contratos temporales, aunque hubiere constituida una bolsa concreta, convocar ex profeso un proceso selectivo”.
    Justificación: Estamos ante unas bases para la confección de una bolsa de trabajo para cobertura de contratación temporal y no de puestos de estructura en la administración para contratación indefinida a través de ofertas públicas de empleo.
    Por tanto, dejar a la conveniencia de la administración las contrataciones temporales mediante convocatoria ex profeso de procesos selectivos, comportaría inseguridad de los derechos a trabajadores admitidos en esta bolsa o directamente estas bases podrían carecer de utilidad, al dejar a la discrecionalidad su utilización.
3.- En página 6 del Art. 8.7 valoración de méritos.
    Añadir puntuación: Falta conocer puntuación por mes trabajado en los apartados a, b y c.
4.- En página 7 del Art. 8.7 apartado 4. Baremo personal. Máximo 25 puntos.
     Se tendrán en cuenta los siguientes criterios, que atienda a circunstancias personales:
    Haber sido afectado por despido colectivo 40/2012: 5 puntos.
     Modificación: Se solicita un considerable aumento de puntos por esta circunstancia para alcanzar el máximo establecido.
     Justificación: En el plan de recolocación exponía “que los trabajadores que vean extinguidos sus contratos de trabajo en este procedimiento de regulación colectiva de empleo queden inscritos en una bolsa de trabajo de carácter preferente para poder ocupar de forma temporal vacantes en la plantilla en base a las necesidades del Ayuntamiento”.
    Igualmente el Real Decreto 1483/2012 sobre el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo referente a las Medidas Sociales de Acompañamiento obliga a la empresa  “El derecho de ingreso preferente en las vacantes del mismo grupo profesional que se produzcan en la empresa..”.
    Consideramos que el carácter preferente debe atenderse con la modificación propuesta de alcanzar por esta circunstancia personal (afectados del ERE) con la puntuación máxima en la baremación personal.
5.- Turno de reserva para personas con discapacidad.
    “Para acogerse a este turno, será necesaria la presentación del certificado acreditativo del grado de minusvalía expedido por el organismo competente y de adecuación a las circunstancias del puesto de trabajo solicitado”.
    La Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece la obligatoriedad de la adaptación del puesto de trabajo a la persona. Pero, no existe ningún órgano para “certificar” la adecuación a las circunstancias del puesto de trabajo que podrían solicitar personas con discapacidad”.
    Propuesta de Modificación: Eliminar “ y de adecuación a las circunstancias del puesto de trabajo solicitado” por “ y se adecuará el puesto de trabajo a la persona con discapacidad”.

5º RECORDATORIO TRASLADO SECCIONES SINDICALES A LOCALES UBICADOS EN AV DE LOS REALES, CEDIDOS POR EL AYUNTAMIENTO.

LAS CENTRALES SINDICALES QUEDAMOS INFORMADAS Y PENDIENTES DE NUESTROS TRASLADOS EN PRÓXIMOS DIAS.


6º RUEGOS Y PREGUNTAS

1.- Por acuerdo del Comité de Empresa se aprobó se estudie la ampliación del servicio de ayuda a domicilio durante los fines de semana ante la escasez del personal y las necesidades del servicio.

2.- Se adjunte al acta contestación  de la Inspección Provincial de Trabajo referente a la información económica solicitada por el Comité de Empresa, que como bien indicaba el Concejal de Hacienda en escrito de fecha 05/12/2013 es gratuita.
  Por ello, se reitera la anulación de las tasas por expedición de documentos del Servicio de Gestión Tributaria. (Expte. 2013/57).

martes, 21 de enero de 2014

CONVOCADA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN PARA EL JUEVES 23 DE ENERO

viernes, 17 de enero de 2014

ABIERTO  PERIODO  DE  SOLICITUDES PARA  LAS  RESIDENCIAS  TIEMPO LIBRE  PARA  LA  TEMPORADA  2014


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