miércoles, 18 de mayo de 2016

PARTE II. ASAMBLEA DE AFILIADOS/AS CCOO




PARTE II

ASAMBLEA GENERAL DE AFILIADOS/AS A CCOO REALIZADA EL DÍA 12 DE MAYO DE 2016.
2.- ASUNTO: EQUIPARACIÓN SALARIAL PERSONAL SUBROGADO DE LAS EXTINTAS EMPRESAS MUNICIPALES, AL FINALIZAR LA VIGENCIA DE SUS CONVENIOS COLECTIVOS DE APLICACIÓN. (31/12/2015).
- INFORMACIÓN POSICIÓN EQUIPO DE GOBIERNO MUNICIPAL EN LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN DE FECHA 3 DE MAYO, PREVIA A LA CELEBRACIÓN DEL ACTO DE CONCILIACIÓN ANTE SERCLA.
- POSICIÓN SINDICAL DE CCOO EN LA MESA GENERAL.
3.- INFORMACIÓN DE INTENTO DE CONCILIACIÓN ANTE SERCLA   DE FECHA 4 DE MAYO, SOBRE ASUNTO ANTERIOR.

ASUNTO: EQUIPARACIÓN SALARIAL PERSONAL SUBROGADO DE LAS EXTINTAS EMPRESAS MUNCIPALES, AL FINALIZAR LA VIGENCIA DE SUS CONVENIOS COLECTIVOS DE APLICACIÓN. (31/12/2015).

*CCOO mediante Registro de Entrada en el Ayuntamiento de Estepona nº 2015-E-RC-23319 de fecha 05/11/2015 “solicitó informe jurídico sobre qué Convenio sería de aplicación para el personal subrogado desde las Empresas Municipales, al expirar su vigencia los respectivos Convenios Colectivos de origen el próximo día 31/12/2015…”. Igualmente, el Comité de Empresa se une a nuestra solicitud de informe sobre esta misma cuestión.

*En la Mesa General de Negociación de fecha 9 de noviembre de 2015, sobre el Apartado sexto del Orden del Día: Borrador Capítulo I Presupuesto de la  Corporación para el ejercicio 2016 ,previa a la aprobación inicial del Presupuesto Municipal, se estudiara por la Corporación la siguiente PROPUESTA de CCOO: Que una vez conocidos los datos o avance de liquidación de 2015 , se cree un FONDO ECONÓMICO en el Presupuesto del Capítulo de Personal en el ejercicio 2016 para la equiparación salarial del personal subrogado desde las empresas municipales , dentro de las limitaciones establecidas  (55% de recaudación líquida de ingresos corrientes y sin aumentar el uno por ciento de masa salarial con respecto a 2015) y pueda dar cobertura presupuestaria a un futuro acuerdo para un proceso paulatino de homologación salarial entre el personal subrogado desde las Empresas Municipales y del propio Ayuntamiento de Estepona.

*Con Registro de  Salida nº 2015-S-RC-12286, el Ayuntamiento de Estepona da contestación mediante informe del Jefe de Recursos Humanos con fecha 18 de Noviembre de 2015, en relación con la solicitud formulada. En sus conclusiones finales en su apartado III , indica: “ El cesionario debe mantener las condiciones de trabajo pactadas mediante convenio colectivo, en la misma medida en que éste las previó para el cedente, hasta la fecha de extinción o de expiración del convenio colectivo, o de la entrada en vigor o de aplicación de otro convenio colectivo”. Además, se informa que el importe de los 247 trabajadores subrogados que tienen diferencias retributivas con respecto a la tabla salarial del Ayuntamiento supone 42.459 euros/mensuales.

*Con fecha 18 de noviembre de 2015 se publica anuncio de exposición pública en el BOP de Málaga número 222 , de aprobación inicial del Presupuesto General del Ayuntamiento de Estepona para el ejercicio 2016.
CCOO realizó reclamación al Presupuesto Municipal inicialmente aprobado mediante Registro de Entrada nº 2015-E-RC-25666, al considerar que se omitía el crédito necesario para el cumplimiento del Art. 44 del ET, en virtud de las diferencias retributivas existentes entre el personal municipal con los convenios de origen de las sociedades municipales (cuya expiración era el día 31/12/2015) , y el vigente Convenio Colectivo para el Personal Laboral del Ayuntamiento de Estepona.

*CCOO convocó Asamblea General de Afiliados/as con fecha 1 de diciembre de 2015, aprobándose, entre otros, el siguiente Acuerdo:
Una vez expuestas las reclamaciones realizadas al Presupuesto Municipal para el ejercicio 2016 en materia de Personal, entre otras, la propuesta de equiparación salarial a los trabajadores/as que fueron subrogados desde las extintas sociedades municipales.
SE ACORDÓ trasladar al Comité de Empresa y resto de secciones sindicales, al objeto de mantener una posición conjunta en la Mesa General de Negociación lo siguiente:
1.- Que se suspendan las reuniones previas sobre Negociación Colectiva, hasta conocer la resolución del Ayuntamiento Pleno sobre dicha reclamación, ya que si son aceptadas modificaría sustancialmente la futura negociación.
2.- En el supuesto caso, que las alegaciones al Presupuesto Municipal sean rechazadas. CCOO solicitará al Presidente del Comité de Empresa, en representación de conjunto de trabajadores/as instar a la iniciación de procedimiento de conflicto colectivo de interpretación y aplicación de esta norma legal (art. 44.4 ET) ante el SERCLA, a la que se adheriría CCOO.

*Mediante escrito de fecha 23/02/2016 y Registro de Salida nº 2016-S-RC-2806, el Ayuntamiento resuelve desestimar la alegación realizada por CCOO al Presupuesto Municipal. Y por tanto, conforme al Acuerdo de Asamblea General de Trabajadores, se puso en marcha el procedimiento de Conflicto Colectivo.

*Mediante escrito de fecha 17/03/2016 con nº 2016-E-RC-7899 de Registro Entrada, CCOO solicita informe de la Delegación de Personal, entre otros, para conocer su desestimación del derecho a equiparación salarial por aplicación del Art. 44 del ET del personal subrogado desde las sociedades municipales disueltas. El Ayuntamiento de Estepona aún no ha contestado.

*Con fecha 22 de Abril de 2016, Luis Carlos Barea, en calidad de Presidente del Comité de Empresa, presenta escrito ante el SERCLA (Sistema Extrajudicial de Resolución de Conflictos Labores de Andalucía). La celebración ante el SERCLA se notificó para el día 4 de mayo de 2016, a las 11,30 horas en Málaga.

-INFORMACIÓN POSICIÓN EQUIPO DE GOBIERNO MUNICIPAL EN LA MESA DE NEGOCIACIÓN DE FECHA 3 DE MAYO, PREVIA A LA CELEBRACIÓN DEL ACTO DE CONCILIACIÓN ANTE SERCLA.

Con fecha 29 de abril de 2016 nos convocan para la asistencia a sesión Extraordinaria de la Mesa General de Negociación, cuya celebración se realizó el Martes, 3 de mayo de 2016, a las 18,00 horas, con el Único Asunto: Reunión previa a celebración Acto de conciliación ante el SERCLA, expediente nº. 29/2016/55.
Dicha reunión fue presidida por el Sr. Alcalde y por tanto en nombre del Equipo de Gobierno Municipal.
Parte de su exposición se reproduce en nota informativa de la web municipal en fecha 5 de mayo. Considera que es un planteamiento inoportuno y que hay que situar el interés general por encima de los intereses particulares de un colectivo. Indica, que “no hay razones económicas, laborales o motivos jurídicos”. “Que el Equipo de Gobierno desea eliminar la provisionalidad de los empleados laborales, que debe pasar por la convocatoria de oposiciones libres”.
El Sr. Alcalde manifestó que no es una medida inocua (equiparación salarial) y que provoca inestabilidad, y entiende que se rompe el “status quo” existente de consenso y se modifica hacia el conflicto, manifestando sobre el derecho a la igualdad salarial, que la igualdad deber ser total entre todos los españoles, en clara referencia a lo manifestado con anterioridad sobre convocatoria de oposiciones libres. 

-POSICIÓN SINDICAL DE CCOO EN LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN.

CCOO presentó escrito para dejar constancia de su posición ante esta Mesa General, exponiendo lo siguiente:
“Como siempre, CCOO apuesta por el acuerdo, desde el reconocimiento del derecho de los trabajadores subrogados desde la extintas empresas municipales a la aplicación del vigente Convenio Colectivo de Personal Laboral del Ayuntamiento de Estepona, debido a la fecha de extinción o expiración de sus convenios de origen el día 31/12/2015, en cumplimiento del Art. 44.4  del ET. Estando abierto a la negociación de un acuerdo de homologación salarial paulatina, como ya se expuso en la Mesa General de Negociación de fecha 9 de noviembre de 2015, con motivo de presentación del Borrador Presupuesto para 2016. El Ayuntamiento de Estepona no consideró en dos ocasiones, ante dicha Mesa de Negociación y en la desestimación de alegaciones al Presupuesto inicialmente aprobado.
No obstante, ante esta Convocatoria Extraordinaria de Mesa General de Negociación para tratar este asunto, estamos dispuestos a estudiar propuesta del Ayuntamiento de Estepona e intentar conciliarla ante el SERCLA, que evite la futura judicialización ante los Tribunales de Justicia”.
Por parte del Equipo de Gobierno no se realizó ninguna propuesta.

3.- INFORMACIÓN DE INTENTO DE CONCILIACIÓN ANTE SERCLA DE FECHA 4 DE MAYO, SOBRE ASUNTO ANTERIOR.

Con fecha 4 de mayo, se constituye la Comisión de Conciliación-Mediación del SERCLA integrada por 5 componentes y asistimos una representación del Comité de Empresa de todos los sindicatos. El Ayuntamiento de Estepona estuvo representado por el Jefe de Recursos Humanos.
El SERCLA es un sistema de resolución de conflictos laborales y sirve como instrumento de conciliación-mediación, bajo los principios de diálogo y la negociación, para evitar tener que acudir a la vía judicial.
Después del intento de llegar acuerdo, que se hacía inviable. Por parte de la Comisión de Conciliación-Mediación del Sercla, nos realizan una propuesta para nombrar un arbitraje de “mutuo acuerdo”, del listado del Colegio de Árbitros que está integrado por juristas y/o profesionales de reconocido prestigio en Andalucía, expertos en relaciones laborales y contrastada imparcialidad.
Por parte del Comité de Empresa habría aceptación sobre esta propuesta y a la espera de que por parte del Ayuntamiento se sometiera a dicho arbitraje. El Jefe de Recursos Humanos como representante del Ayuntamiento, realiza gestión y consulta telefónica  y rechaza la propuesta de arbitraje.
Por tanto, se finaliza el procedimiento: SIN AVENENCIA.
Lamentable, quedó abierta como única vía de solución, el procedimiento judicial instado desde el Comité de Empresa y ya debe estar registrado ante los Tribunales de Justicia.



martes, 17 de mayo de 2016

PARTE I. ASAMBLEA DE AFILIADOS/AS CCOO



PARTE I

ASAMBLEA GENERAL DE AFILIADOS/AS A CCOO REALIZADA EL DÍA 12 DE MAYO DE 2016.

1.- INFORMACIÓN  PRESUPUESTO MUNICIPAL 2016. CAPITULO DE PERSONAL. DESESTIMACIÓN DEL AYUNTAMIENTO A LAS ALEGACIONES DE CCOO.

El presupuesto fue inicialmente aprobado en fecha 12 de noviembre de 2015 y cuyo Capítulo de Personal ascendía a 34.290.487.
En noviembre de 2015, CCOO presentó 3 alegaciones al Presupuesto:
1.- Solicitud de prever dotación presupuestaria para cumplimiento de obligaciones exigibles, de las diferencias retributivas existentes entre personal subrogado de las empresas municipales y personal laboral del Ayuntamiento. Ello, conforme al art. 44.4 del Estatuto de los trabajadores, por finalización y  expiración de los convenios de las empresas municipales a fecha 31 de diciembre de 2015.
2.- Solicitud de prever dotación presupuestaria para compra de vestuario al personal que lo precise y reconocimiento médicos.
3.- Solicitud si cumplen la ley los créditos destinados a productividad, cuyo crédito presupuestario para 2016 es de 514.000 euros. Además, se solicitaba se consignara la paga extra suprimida en 2012.
Desestimándose todas las alegaciones presentadas.
Dicho Presupuesto Municipal no fue sometido a su aprobación definitiva hasta el 18 de febrero de 2016, debido a escrito del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas,  preceptivo y vinculante. E imaginamos que el Presupuesto inicial contendría algún error, si bien, desconocemos ya que no se nos convocó para darnos esta información a los representantes sindicales en la  Mesa General de Negociación y conocer del condicionante exigido por el Ministerio de Hacienda.
En definitiva, lo resuelven “recortando” nuevamente el Capítulo de Personal, amortizando otras 18 plazas vacantes, a las que habría que sumar las amortizaciones realizadas inicialmente de 28 plazas. Por tanto, el número totales de plazas amortizadas en Presupuestos de 2016 han sido de 46 plazas.
Mediante escrito de fecha 17 de marzo de 2015, solicitamos informes de la Delegación de Personal para conocer los motivos de desestimación de las alegaciones por CCOO. Aún no se ha recibido contestación.
Con fecha 21 de Abril de 2015, CCOO se dirige al Comité de Empresa, solicitando que el Ayuntamiento se pronuncie sobre los motivos de la falta de convocatoria de la Mesa General de Negociación, ya que las modificaciones introducidas respecto al Presupuesto inicialmente aprobado en Noviembre de 2015 eran totalmente distintas a las de su aprobación definitiva en Febrero de 2016, con la amortización de otras 18 vacantes.
Por otra parte, es interesante conocer información del contexto y tener una visión de políticas a nivel nacional y su importancia de la remisión a la Unión Europea y a la Comisión del apartado de Entidades Locales. En resumen, el Plan de Estabilidad 2016-2019 del Reino de España, presentado ante la Comisión Europea por el Gobierno de España (PP) y su incidencia en las políticas locales que se desarrollaran en este periodo.
El Gobierno de España incide en el seguimiento de medidas en el ámbito local enmarcada dentro de los planes que ajustes por el acogimiento al Fondo de Pago a Proveedores,  que conllevan una “estricta condicionalidad”.
 A las que añade “la reforma de la Administración Local”, aprobada a través de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración. Según se indica “su objetivo es mejorar la eficiencia en la prestación de los servicios públicos, fundamentalmente a través de la reorganización de competencias y eliminación de duplicidades entre los distintos niveles de las Administraciones Públicas.
Decir,  que se ha suprimido los efectos del traspaso de competencias en materia de sanidad, servicios sociales y educación a las Comunidades Autónomas por declaración de inconstitucionalidad por el Tribunal Constitucional en Sentencia dictada el 3 de marzo de 2016.
El impacto presupuestario de la Reforma Local esperado conlleva un menor Gasto de Retribuciones (futuras congelaciones salariales) , no reposición de efectivos (congelaciones Ofertas Públicas de Empleo)  y supresión de servicios que no son de competencia local, durante este periodo 2016-2019.

Por tanto, los ahorros estimados por el actual Gobierno en las entidades locales que podrían realizarse serian por la aplicación de la “reforma local”. Aunque se presentó Propuesta no de Ley en la Comisión de Hacienda y Administraciones Públicas del Congreso , con fecha 16 de marzo de 2016, en la que se abogaba por la derogación de esta Ley. Quedó sólo los votos favorables del PP y UPN, el resto de partidos votaron a favor de dicha derogación. Por tanto, aunque existía una representación mayoritaria para su derogación, la disolución de las Cortes y la convocatoria de nuevas elecciones para el 26 de Junio, queda esta cuestión sin su consiguiente tramitación y plenamente en vigor, con la excepción mencionada del traspaso de competencias a las Comunidades Autónomas por declaración de inconstitucionalidad.

miércoles, 11 de mayo de 2016

INFORMACIÓN SINDICAL




ASAMBLEA GENERAL INFORMATIVA DE AFILIADOS/AS A CCOO


DÍA:           JUEVES, 12 DE MAYO DE 2016.

HORA:        13,30 HORAS.

LUGAR:      UNIÓN LOCAL CCOO EN C/ HUERTA NUEVA.

ORDEN DEL DÍA:

1.-INFORMACIÓN PRESUPUESTO MUNICIPAL 2016. CAPITULO DE PERSONAL. DESESTIMACIÓN DEL AYUNTAMIENTO A LAS ALEGACIONES PRESENTADAS POR CCOO.

2.-ASUNTO: EQUIPARACIÓN SALARIAL PERSONAL SUBROGADO DE LAS EXTINTAS EMPRESAS MUNICIPALES, AL FINALIZAR LA VIGENCIA DE SUS CONVENIOS COLECTIVOS DE APLICACIÓN. (31/12/2015).
- INFORMACIÓN POSICIÓN EQUIPO DE GOBIERNO MUNICIPAL EN LA MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN DE FECHA 3 DE MAYO, PREVIA A LA CELEBRACIÓN DEL ACTO DE CONCILIACIÓN ANTE SERCLA (SISTEMA EXTRAJUDICIAL CONFLICTOS LABORALES DE ANDALUCÍA).
- POSICIÓN SINDICAL DE CCOO EN LA MESA GENERAL.

3.-INFORMACIÓN DE INTENTO DE CONCILIACIÓN ANTE SERCLA DE FECHA 4 DE MAYO, SOBRE ASUNTO ANTERIOR.

4.-INFORMACIÓN SOBRE ACTUAL SITUACIÓN CONVENIO COLECTIVO DE PERSONAL LABORAL DEL AYUNTAMIENTO DE ESTEPONA.
- ACLARACIÓN A LA NOTA INFORMATIVA EMITIDA DESDE LA DELEGACIÓN DE PERSONAL CON FECHA 5 DE MAYO, DE RECHAZO DEL EQUIPO DE GOBIERNO A “PROPUESTA DE CCOO” SOBRE DETERMINADOS ARTÍCULOS QUE FUERON SUSPENDIDOS DEL VIGENTE CONVENIO COLECTIVO.

5.-DAR CUENTA SOBRE SOLICITUDES DE CCOO REALIZADAS ANTE EL AYUNTAMIENTO DE ESTEPONA, MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN Y COMITÉ DE EMPRESA.

RUEGOS Y PREGUNTAS.


Estepona, a 11 de mayo de 2016

martes, 10 de mayo de 2016

INFORMACION SINDICAL



INFORMACIÓN  SINDICAL


El Ayuntamiento de Estepona abona en los 4 primeros meses (Enero-Abril) en concepto de productividad la cuantía de 279.354 euros

Mientras, se continúa sin percibir el resto de la paga extra de 2012 adeudada a la totalidad de la plantilla municipal y rechaza la equiparación salarial al personal de las extintas empresas municipales, cuyo coste económico total sería de 42.459 euros/mensuales

El Artículo 11.B del vigente Convenio Colectivo indica sobre el Complemento de Productividad que: “Retribuye al especial rendimiento, el interés e iniciativa con que el personal desempeñe su trabajo. La aplicación individualizada de retribuciones por este concepto así como su distribución por áreas o programas, se realizará mediante la planificación de objetivos y de común acuerdo con los representantes de los trabajadores.

Desde CCOO manifestamos no estar conforme con diversos pagos discrecionales al no haberse negociado previamente los objetivos específicos, (sólo existen unos criterios generales) que hayan cumplido los trabajadores para percibir productividad. En nuestra opinión, los objetivos son tan dispares que cualquier trabajador/a puede haber cumplido los mismos objetivos y no ha percibido cantidad alguna. En la nómina del mes de Abril se han abonado productividades a algunos/as empleados/as de hasta 2.000 euros.

CCOO expuso que si el Ayuntamiento considera oportuno realizar abonos de productividades, ya que la situación económica lo permite, manifestó plena predisposición a negociar programas de productividad, siempre que se cumplan los requisitos del Convenio Colectivo, es decir mediante distribución por Áreas o Programas y previa planificación de objetivos y de común acuerdo con los representantes de los trabajadores. En este sentido,  trasladó al Comité de Empresa que se interponga petición al objeto de interpretación del Artículo del Convenio, para evitar que ningún trabajador/a pueda considerar la existencia de diferencia de trato, al no percibir productividad.

Por otra parte, CCOO no está de acuerdo que mientras se abona productividad por una cuantía de 279.354 euros desde Enero a Abril de 2016. El Ayuntamiento de Estepona continúa sin pagar (50%) el resto de la paga extra suprimida en 2012 a toda la plantilla municipal o rechace la equiparación salarial en varios ejercicios económicos, del personal subrogado desde las extintas empresas municipales, cuyo coste total es de 42.419 euros/mensuales, que es lo que nos vienen solicitando estos empleados, el reconocimiento de este derecho y no premiar su productividad.
Estepona a 10 de mayo de 2016

miércoles, 27 de abril de 2016

viernes, 22 de abril de 2016


miércoles, 13 de abril de 2016

El Consistorio de Marbella abonará este mes a los trabajadores la parte de la paga extra que el Gobierno del Partido Popular suprimió en 2012

El Ayuntamiento de Marbella abonará este mes a los trabajadores municipales el cincuenta por ciento de la paga extraordinaria de diciembre que suprimió el Gobierno central en 2012.

La secret. Provincial, Carolina Ortiz con el secret. de Org.
Jose Luis  Morillas y el alcalde de Marbella, José Bernal 
El alcalde de la ciudad, José Bernal, ha anunciado en rueda de prensa que a lo largo del mes, "o en el peor de los casos, con la nómina de abril", los funcionarios y trabajadores municipales verán "resarcida" esta paga. 

Para poder llevar a cabo la devolución de la paga, el equipo de gobierno destinará cuatro millones de euros de fondos municipales y se convertirá en uno de los primeros municipios de España en abonar esta partida, según Bernal.




jueves, 7 de abril de 2016

CCOO INFORMA:



NOTA INFORMATIVA

LA  INSPECCIÓN  PROVINCIAL  DE TRABAJO  DA  LA  RAZÓN  A  CCOO

CCOO denunció a la Inspección Provincial de Trabajo en Málaga el incumplimiento de Convenio Colectivo, por la errónea aplicación del concepto del “complemento a turnos” (jornada habitual de Lunes a Domingos) a las trabajadoras del servicio de ayuda a domicilio.

El Ayuntamiento de Estepona abonaba dicho complemento en proporción al número de fines de semana trabajados mensualmente, lo que suponía unas percepciones económicas entre 6 y 42 euros mensuales para las trabajadoras, en lugar de abonarle como cuantía fija de 174,26 euros mensuales, conforme al Convenio Colectivo.

La Inspección Provincial efectuó requerimiento al Ayuntamiento de Estepona, con el objeto que procediera a la regularización de las diferencias salariales producidas por dicha circunstancia desde Junio de 2014 a Julio 2015, así como practicara liquidación complementaría a la Seguridad Social por las diferencias de cotización generadas.

Por ello, el Ayuntamiento ha satisfecho por Resolución de la Alcaldía en fecha 18/11/2015 en concepto de atrasos la cuantía de 23.696,97 euros al personal con la categoría de Auxiliar Ayuda a domicilio, quienes realizaron su jornada habitual mediante turnos de lunes a domingos, durante este periodo de Junio 2014 a Julio 2015, y la correspondiente cotización a la Seguridad Social por la cantidad de 7.820,01 euros.

Estepona, 7 de abril de 2016


miércoles, 6 de abril de 2016

CCOO INFORMA:




NOTA INFORMATIVA

CCOO SOLICITA EL ABONO DEL RESTO DE LA PAGA EXTRA SUPRIMIDA EN 2012

En la Disposición adicional duodécima sobre recuperación de la paga extraordinaria y adicional del mes de diciembre de 2012 de la Ley 48/2015, de 29 de octubre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2016 en su apartado Uno indica sobre la recuperación de la paga extraordinaria y adicional del mes de diciembre de 2012 del personal del sector público. 1. “Cada Administración Pública, en su ámbito, podrá aprobar dentro del ejercicio 2016, y por una sola vez, una retribución de carácter extraordinario cuyo importe será el equivalente a las cantidades aún no recuperadas de los importes efectivamente dejados de percibir como consecuencia de la supresión de la paga extraordinaria”, así como de la paga adicional de complemento específico o pagas adicionales equivalentes, correspondientes al mes de diciembre de 2012, por aplicación del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad, con el alcance y límites establecidos en la presente disposición.

En el Presupuesto General del Ayuntamiento de Estepona para el ejercicio 2016, se consignó un 50 por ciento del importe estimado para la recuperación correspondiente del mes de diciembre 2012, del personal que la ha devengado y no percibido, para dar cumplimiento a lo que recoge al respecto la Disposición Adicional Décima al Proyecto de la Ley de Presupuesto para el próximo ejercicio, que establece este porcentaje en el 49,73% por ciento para el ejercicio 2016.

Una vez aprobado definitivamente el Presupuesto General del Ayuntamiento de Estepona para el ejercicio de 2016, publicado mediante Edicto nº 1316/2016 en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga nº 39 de fecha 26 de febrero de 2016.

Es por ello, que CCOO ha registrado escrito solicitando se abone el resto de la paga extra suprimida en el ejercicio de 2012.
Estepona, 6 abril de 2016