lunes, 1 de septiembre de 2014




miércoles, 27 de agosto de 2014

RESPUESTA DE LA UNIDAD DE ATENCIÓN CIUDADANA DEL CGPJ.



QUEJA ANTE EL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

Estepona, 4 de Junio de 2014.
José Carrasco Pérez, cuyas circunstancias ya constan acreditadas en el proceso núm. 4/2012 sobre despido colectivo ante la Sala de lo Social del TSJA de Málaga, formula la siguiente, QUEJA:
Referida al retraso en dar una resolución a nueva documentación aportada en escrito de fecha 5 de diciembre de 2013 y con Registro ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo el día 8 de diciembre de 2013, al objeto de unirse a los Autos del procedimiento bajo núm. de recurso de casación ordinario 97/2013, Secretaría Torres Ruiz y ponente Sr. Luelmo Millán.
Este retraso conlleva la consiguiente demora en la fijación de fecha para votación y fallo por el Tribunal Supremo, sobre nuestro recurso interpuesto contra la sentencia nº 1662/12 de fecha 25/10/2012, ante la Sala de lo Social de Málaga del TSJA, despido colectivo nº 4/2012.
Ante situaciones personales y familiares muy criticas de afectados/as por los despidos, se solicita se tramite esta queja debido al tiempo transcurrido y sirva para agilizar en lo posible dicho proceso, que cumplirá el próximo 6 de Junio dos años desde su inicio con la notificación del Expediente de Regulación de Empleo al Comité de Empresa del Ayuntamiento de Estepona.
Sin otro particular, reciban cordiales saludos.


RESPUESTA DE LA UNIDAD DE ATENCIÓN CIUDADANA DEL CGPJ.

Madrid, 27 de agosto de 2014  
José Carrasco Pérez 
Estepona 
29680  Málaga
Estimado Sr. D. José Carrasco Pérez:  
Con relación a su escrito de queja por el funcionamiento de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo le comunicamos que hemos recibido el informe solicitado en el que se indica que tras los traslados correspondientes a las partes personadas y al Ministerio Fiscal, se dictó en fecha 28 de mayo de 2014 Auto resolviendo sobre la aportación de documentos solicitada; quedando el recurso pendiente señalamiento para votación y fallo 
Por lo que, una vez comprobado que el órgano ha adoptado las medidas necesarias para solventar el problema expuesto en su queja, y no apreciando irregularidad imputable al órgano judicial damos por concluida con la presente carta nuestra intervención. No obstante, su queja ha permitido al Consejo General del Poder Judicial conocer su valiosa percepción del problema y de este modo contribuir a impulsar el proceso de modernización de la Administración de Justicia que en este momento abordan las administraciones competentes con la reforma integral de las oficinales judiciales para implantar criterios de calidad,  eficacia en la gestión y uso de nuevas tecnologías. Esta comunicación tiene carácter meramente informativo y no afecta a cuantas acciones pudiera ejercer si considera que, a pesar de la explicación expuesta, ha concurrido alguna disfunción que pueda ser corregida por otro órgano distinto de la Unidad de Atención Ciudadana.
Agradeciendo su colaboración y quedando a su disposición, reciba un cordial saludo.

Ana María Pérez Blanco 
Letrada de la Unidad de Atención Ciudadana

lunes, 11 de agosto de 2014


viernes, 1 de agosto de 2014

SOLICITUD DE INFORMACIÓN SOBRE INCUMPLIMIENTO DE ACUERDO DE PAGO DE LA DEUDA A EMPLEADOS/AS

Con fecha 23 de enero de 2014 se firmó acuerdo sobre calendario de pagos de la deuda contraída por el Ayuntamiento de Estepona con los/as empleados/as municipales, referente al programa de productividad del periodo comprendido entre 1 de septiembre de 2010 y 31 de agosto de 2011, que debió abonarse en la nómina de septiembre de 2011
    Dicho acuerdo se llevaría a cabo mediante doce mensualidades de igual importe en nómina de retribuciones, comenzando en la correspondiente nómina de JULIO de 2014.
    SOLICITAMOS a la vista del incumplimiento del acuerdo firmado, se nos informe de los motivos para no abonar el primer pago en la nómina de Julio. 
En Estepona 1 de agosto de 2014
EL PRESIDENTE DEL COMITÉ DE EMPRESA
JOSE CARRASCO PÉREZ.

El Comité de Empresa pide la reparación o reposición del sistema de aire acondicionado de Puertosol
  
La petición deberá ser tramitada por el Departamento de Prevención de Riesgos Laborales del Ayuntamiento de Estepona  

Que por la representación de trabajadores venimos exponiendo la falta de funcionamiento del aire acondicionado en las oficinas de Puertosol, sin que se haya resuelto. El Real Decreto 486/1997, de 14 de abril establece las disposiciones mínimas de seguridad y salud que deben cumplir los lugares de trabajo, entre ellas la temperatura.

Por lo que se requiere, la adopción de medidas urgentes como la instalación o reparación de sistema de refrigeración en las oficinas de Puertosol.

EL PRESIDENTE DEL COMITÉ DE EMPRESA
Estepona, 30 de Julio de 2014


jueves, 31 de julio de 2014






lunes, 28 de julio de 2014


El alcalde, García Urbano, cree que una mentira repetida mil veces se convierte en una verdad


García Urbano, ha lamentado que después de dos años del Expediente de Regulación de Empleo, que finalizó con el despido de 174 trabajadores, ¨el PP sigue sin responsabilizarse de estos despidos y de un ERE que se podía haber evitado y el alcalde cree que una mentira repetida mil veces se convierte en verdad¨.

La plataforma lamenta que el portavoz del equipo de gobierno del Partido Popular y concejal de Hacienda, Manuel Aguilar, insiste en culpar a sindicatos y trabajadores de los despidos y de la ¨necesidad del ERE, cuando tras los despidos el PP ha invertido millones de euros en proyectos, mientras en Estepona muchas familias pasan necesidades¨. ¨Es absurdo indicar que existen causas económicas para realizar un ERE, cuando el Ayuntamiento de Estepona mantiene a concejales con sueldos de Ministros del Gobierno de España, 14 cargos de confianza política (2 millones de euros al año) y gastos superfluos en propaganda política institucional con publicaciones sobre la gestión municipal¨, añaden.

En la nota de prensa se sorprenden que el concejal ¨continúe con la cantinela que se le ofreció a los sindicatos la posibilidad de realizar una rebaja salarial a toda la plantilla para ahorrar esos 6 millones de euros pero prefirieron la aplicación del ERE¨. ¨La realidad es que durante la negociación se ofrecieron la amortización de vacantes presupuestadas, la suspensión de los programas de productividad y eliminación de horas extraordinarias. Adaptación salarial a la tabla de convenio (CPT), inclusión en los criterios del expediente de los mayores de 61 años, revisión de las jornadas y puestos que dan lugar al cobro de complementos. Además de la conversión de contratos a fijo-discontinuo, reducción de cargos en puestos de confianza política, existen 14 cargos. Una vez tenidas en cuenta las anteriores propuestas: reducción salarial hasta cumplir el objetivo de reducción del Capítulo de Gastos de Personal en 6 millones de euros¨. 
La plataforma afirma que ¨la verdad es que José MaríaGarcía Urbano y sus concejales rechazaron todas las propuestas con su única intención de despedir a empleados municipales¨. Añadiendo que ¨el alcalde hizo un listado de trabajadores forma arbitraria, ya que no había ningún estudio de las necesidades de la plantilla, prueba de ello es que tuvo que contratar después del ERE a personal en guarderías y cubrir servicios que realizaban los despedidos con otro personal del ayuntamiento¨. 
El colectivo de Estepona también lamenta que ¨insisten en destacar que el equipo de gobierno mienta cuando indica que estuvo abierto a todas las alternativas durante el proceso de negociación con los sindicatos, cuando se aprecia una falta de buena fe cuando exigía unanimidad (en lugar de mayoría) de todos los sindicatos presentes en la negociación para poder ser negociadas las propuestas, cuando conocían de antemano que existían sindicatos minoritarios que no aceptaban propuestas que evitara los despidos.


viernes, 25 de julio de 2014

Los sindicatos presentan al Comité Europeo de Derechos Sociales (CEDS) un amplio informe en el que se detallan los incumplimientos de la Carta Social Europea por parte del Ejecutivo español tras la aprobación de la reforma laboral y su ataque al derecho de huelga. Las decisiones del CEDS son vinculantes para los gobiernos.
El informe elaborado por CCOO y UGT, en el que han participado destacados juristas, hace un recorrido por los capítulos que, a juicio de los sindicatos, incumple el Gobierno, vulnerando el contenido de la Carta Social Europea (CSE). Así, la reforma laboral aprobada por el Ejecutivo español no respeta el Artículo 2 de la CSE, que recoge el derecho a unas condiciones de trabajo equitativas, al atribuir al empresario la capacidad de distribuir la jornada laboral de forma irregular, de no existir regulación en el convenio o acuerdo colectivo.
El informe sindical se refiere a continuación al Artículo 4 de la CSE, sobre el derecho a una remuneración equitativa, que el salario mínimo interprofesional incumple. También denuncia el dictamen de CCOO y UGT las violaciones del derecho a la negociación colectiva, en concreto del Artículo 6.2 de la CSE, por la derogación por norma de un acuerdo pactado de ámbito estatal por las organizaciones sindicales y empresariales para determinar las condiciones de trabajo. De la misma manera, advierten UGT y CCOO, la reforma laboral vulnera el Artículo 6.2 de la CSE al imponer la primacía del convenio colectivo de empresa frente a los convenios colectivos de ámbito superior, prohibiendo además a las organizaciones sindicales y empresariales que puedan alterar esa norma.
En el informe de CCOO y UGT se hace referencia igualmente a la violación de la CSE al imponer la reforma laboral un arbitraje obligatorio por la inaplicación de condiciones fijadas en convenio colectivo. Esta medida viola, igualmente, el derecho de huelga, protegido por el Artículo 6.4 de la CSE, en la medida que dicho arbitraje obligatorio impide la efectividad de aquel derecho al fijar condiciones de trabajo sin garantía ni participación sindical.
UGT y CCOO denuncian, por otro lado, las dificultades para el ejercicio de la libertad sindical en las Administraciones Públicas, en donde se observa un creciente deterioro y devaluación de la negociación colectiva.
Finalmente, los sindicatos destacan en su informe la vulneración del artículo 6.4 de la CSE al permitir la facultad unilateral del empresario para dejar de aplicar condiciones de trabajo pactadas con los representantes de los trabajadores. Se denuncia en el dictamen sindical, la injerencia del poder público en la vigencia de los convenios colectivos; y se impone el arbitraje obligatorio para poner fin a una huelga. Concluye el informe destacando la vulneración del Artículo 6.4 de la Carta Social Europea por la criminalización desproporcionada e injustificada de la actividad sindical en la participación de piquetes informativos en el desarrollo de una huelga.

jueves, 24 de julio de 2014

CCOO responderá con la máxima contundencia si hay nuevos recortes al personal público 
Ante las informaciones publicadas hoy en el diario El País, en las que se anuncia una nueva batería de propuestas de ajuste hacia las empleadas y empleados públicos, CCOO informa que, de ser ciertas estas medidas, el sindicato responderá con la máxima contundencia.

Para CCOO es absolutamente inaceptable, además de incongruente, que el propio Antonio Beteta, secretario de Estado de Administraciones Públicas, inicie una ronda de contactos amparándose en el crecimiento económico y el fin de la crisis, y ahora se anuncie un documento con nuevas propuestas de recortes en las administraciones públicas para cumplir el déficit.


De materializarse estas iniciativas, que van en la línea de recortes de derechos y de desmantelamiento de los servicios públicos, esto supondría un paso más del Gobierno del Partido Popular en la destrucción del Estado de bienestar, además de repercutir un mayor coste de la crisis sobre las empleadas y empleados públicos, que ya han sufrido recortes en los últimos cuatro años.



El personal al servicio de las administraciones y empresas públicas ha sufrido importantes recortes en su salario, además de la supresión de una paga extra, la reducción de las ayudas de acción social a la mínima expresión, el aumento de la jornada, la supresión de días de vacaciones y asuntos propios, así como el recorte en los días de bajas médicas.



Por otro lado, el Área Pública de CCOO considera especialmente lesivo para el buen funcionamiento de los servicios públicos que se profundice en la pérdida de empleo, tal y como se anuncia en las medidas contempladas por el PP.

lunes, 21 de julio de 2014

El Gobierno refuerza el poder de la patronal sobre las bajas por enfermedad

El alta la seguirá dando un médico pero la mutua le instará a hacerlo si así lo considera desde el primer día
Se cambia la obligatoriedad de renovar las bajas por enfermedad cada semana, de forma más espaciada
Se crea una guía con duración media de bajas típicas para que sirva de referencia para los médicos
El Gobierno cree que se ahorrarán 500 millones con la medida
El consejo de ministros ha dado hoy luz verde al poder de las patronales sobre las enfermedades de los trabajadores.
En línea con lo esperado, el Consejo de Ministros ratificó hoy la última de las cesiones del Ejecutivo frente a las empresas. Empleo presentó la modificación de las mutuas laborales, esto es, las sociedades que crean los empresarios para hacer frente a las bajas médicas y diversas materias relacionadas con la salud que la ley les marca como obligatorias bajo su responsabilidad. Estas empresas (las mutuas) están dentro de la patronal CEOE y gestionan también recursos públicos como las cotizaciones por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. El Gobierno les ha concedido hoy una vieja demanda patronal: que controlen las bajas médicas de los trabajadores desde el primer día.
Hasta el momento, las mutuas controlaban las bajas a partir del día déximosexto de la baja del trabajador, que es cuando la mutua se hacía cargo de ciertas prestaciones. Ahora podrán hacerlo desde el primer día, pidiendo incluso el alta "motivada" al médico si no ven justifiación a la baja del trabajador. Habrá que ver si esta medida no abre un abanico de presiones sobre el facultativo a la hora de dar el alta y la baja médica.
En la redacción inicial de la norma, se establecía que si la propuesta de alta de la mutua no obtenía respuesta del servicio público de salud en un plazo de cinco días, se consideraría emitido el parte médico de alta en virtud del llamado 'silencio administrativo'. Esta medida fue muy criticada por los sindicatos y finalmente ha sido eliminada del proyecto de ley. En el texto actual, la propuesta de alta de la mutua deberá ser respondida en cinco días hábiles por el servicio público de salud y, si éste no da respuesta, la mutua acudirá entonces a los inspectores del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que tendrán cuatro días para contestar.
No obstante, durante seis meses a partir de la entrada en vigor de la ley, se establecerá un régimen transitorio que situará los plazos de contestación en once días en el caso de los servicios públicos de salud y en ocho días en el caso del INSS.
En la propia ley se apunta a que el ahorro estimado por este mayor control de las bajas médicas será de alrededor de 500 millones de euros, sumado a la mejor gestión de los recursos de las mutuas que pasan a llamarse "Mutuas de la Seguridad Social". La patronal insiste en que con estas medidas bajará el absentismo laboral.
Báñez asegura que se ha consensuado la medida con los agentes sociales de forma "amplia" pero los sindicatos han exigido inmediatamente su retirada.
Fuentes del Ministerio de Empleo han explicado que las propuestas de alta de las mutuas se basarán en pruebas que realizarán con sus propios recursos (desde el primer día de la baja si es preciso). Esto, según Empleo, beneficiará a todo el sistema, pues los servicios públicos de salud en muchas ocasiones tardan en efectuar las pruebas correspondientes a los pacientes por su saturación. Ahora, los recursos de los que disponen las mutuas mejorarán el proceso, sin coste además para el servicio público de salud ni para el trabajador.
Los informes y resultados de las pruebas efectuadas se incorporarán a las bases de datos de los servicios públicos de salud y pasarán a formar parte del historial clínico del paciente. Las mutuas no tendrán acceso al historial clínico completo del paciente, solo a la parte correspondiente al proceso de incapacidad temporal en curso.
Las mismas fuentes han indicado que los médicos de los servicios públicos de salud suelen contestar a las propuestas de alta de las mutuas, aunque muy tarde, de ahí que se establezcan unos plazos, mayores al principio y más cortos después, para agilizar todo el proceso.

Nuevas indicaciones sobre la duración de las bajas para los médicos

Además, el Gobierno ha aprobado este viernes el Real Decreto sobre Incapacidad Temporal (IT), que entrará en vigor de manera inminente. Por él, se sustituye el actual sistema de expedición de los partes médicos de confirmación -que se tenía que hacer cada semana- por otro basado en la distinción de cuatro grupos de procesos (muy cortos, cortos, largos o muy largos), con distinta periodicidad en la expedición de los indicados partes. Para bajas de 1 a 5 días se dará el alta y la baja al mismo tiempo; para bajas de hasta 30 días se renovará la baja cada 14 días; para bajas de entre 31 y 60 días se confirmará la baja cada 28 días y a partir de 61 días de baja se renovarán cada 35 días.
Fátima Bánez ha anunciado también que estas medidas se acompañarán de la creación de una guía (que aseguran han hecho contando con profesionales de la salud) con una duración media de las bajas que quieren que los médicos tomen como referencia. Esta información no es vinculante, sino de naturaleza informativa.
La norma establece la obligatoriedad de hacer constar en los partes de baja la duración probable de la IT y la fecha del nuevo reconocimiento médico. Diariamente, los partes de baja y alta se trasmitirán telemáticamente desde los servicios públicos de salud al INSS y de éste a las mutuas cuando éstas sean responsables de la protección del trabajador, lo que permitirá el seguimiento de las bajas desde el primer día y disponer de una base de datos sobre todas ellas, accesible sólo para la Seguridad Social.
La nueva regulación hará posible el control, desde el primer momento, de las deducciones que se hacen las empresas de las prestaciones por IT al ingresar las cuotas de la Seguridad Social.



NUEVA LEY DE MUTUAS E INCAPACIDAD TEMPORAL
Siete novedades que debe tener en cuenta si coge una baja labor
El Consejo de Ministros aprobó ayer el Real Decreto de gestión de la incapacidad temporal en el primer año de duración y el proyecto de ley de mutuas. Esta medida supone novedades en la práctica si usted coge una baja médica por enfermedad común. A continuación, todas las claves de la reforma.

1-El médico de la Seguridad Social sigue teniendo la última palabra en el alta
La nueva ley respeta que sean siempre los facultativos de los Servicios Públicos de Salud (SPS) o de la Seguridad Social (INSS) quienes tengan la última palabra para dar el alta médica a los trabajadores y que estos se incorporen a su puesto de trabajo, una vez restablecidos. En un principio, el Ejecutivo barajó la posibilidad de que las mutuas pudieran dar el alta, pero lo han descartado finalmente.
2- Los trabajadores no tendrán que ir cada 7 días a por el parte
Los empleados de baja médica ya no tendrán que desplazarse a su centro de salud cada siete días para recoger sus partes como se hacía hasta ahora.
Con la nueva ley los partes de baja se justarán a la previsión del seguimiento clínico. Es decir, con la nueva ley los médicos dispondrán de tablas orientativas de duración estándar de las bajas según las patologías del trabajador, su edad y su actividad laboral. Así la baja mínima será de cinco días y en este caso se podrá expedir el parte de baja y alta en la misma visita.
Si la duración de la incapacidad temporal (IT) se estima en entre cinco y 30 días, el parte de confirmación de la baja deberá expedirse cada dos semanas; si el proceso está previsto que dure entre 31 y 60 días, el parte de confirmación se dará cada 28 días, y en enfermedades de larga duración, de más de 61 días, la confirmación de la baja se expedirá cada 35 días.
3- Las mutuas pueden sugerir a la Seguridad Social el alta de un trabajador
Las mutuas a partir de este momento cuando consideren que el beneficiario de la baja puede no estar impedido para el trabajo podrá hacer propuestas motivadas de alta médica dirigidas a la inspección médica de los Servicios Públicos de Salud.
La inspección médica de los SPS deberá comunicar a la mutua y al INSS en un plazo de 5 días hábiles la emisión del alta de un trabajador o su denegación. Si el SPS desestima la propuesta de alta de la mutua o no contesta en forma y plazo, la mutua podrá solicitar el alta al INSS, que deberá contestar en 4 días.
Se establece un régimen transitorio en cuanto a los plazos de contestación durante los 6 meses posteriores a la entrada en vigor, a la espera de que la ley de mutuas termine su tramitación parlamentaria y entre en vigor. En este periodo, en el caso de los SPS será de 11 días, y en el del INSS serán 8.
4- Las mutuas podrán controlar a las personas de baja desde el primer día
Las mutuas podrán actuar desde el primer día de la baja laboral, hasta ahora sólo podían intervenir a partir del decimosexto día. Esta nueva norma amplía el papel de control e inspección de las mutuas y, según el Ejecutivo, su objetivo es reducir el fraude y el absentismo.
5- ¿Qué pasa si un trabajador no acude a un reconocimiento médico?
Además, de acuerdo con lo aprobado en los presupuestos generales del Estado de 2014, se regula la posibilidad de suspender la prestación cautelarmente cuando el trabajador no se presente a un reconocimiento médico.
Si en el plazo de 4 días el trabajador no ha justificado debidamente su ausencia se extinguirá la situación de incapacidad temporal.
De esta forma, si la ausencia ha sido por causa justificada no se extingue automáticamente la prestación como ocurría antes de la modificación.
6- Se simplifican las bajas para los autónomos
La ley de mutuas simplifica los trámites para el acceso a la prestación por cese en la actividad por la que cotizan los trabajadores autónomos.
La ministra de Empleo, Fátima Báñez, destaco ayer que el 80% de las peticiones se rechazaba por ser un sistema muy rígido y ser difícil de justificar las pérdidas. El Ejecutivo espera que el nuevo marco regulatorio facilite las bajas de los autónomos.
7- Las empresas podrán aplicarse antes las deducciones por incapacidad temporal

La norma establece la obligatoriedad de hacer constar en los partes de baja la duración probable de la incapacidad temporal y la fecha del nuevo reconocimiento médico. Además, diariamente los partes de baja y alta se transmitirán telemáticamente desde los servicios públicos de salud al INSS y de éste a las mutuas cuando éstas sean responsables de la protección del trabajador. Este proceso permitirá que las empresas, desde el primer momento, puedan controlar las deducciones que se hacen de las prestaciones por incapacidad temporal al ingresar las cuotas de la Seguridad Social.