viernes, 13 de junio de 2014

SOLICITUD DE INFORMACIÓN NUEVO "PLAN DE AJUSTE".

AL SR. ALCALDE DEL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE ESTEPONA

José Carrasco Pérez, en calidad de Presidente del Comité de Empresa del Ayuntamiento de Estepona y por acuerdo de la representación de trabajadores de fecha 12 de Junio de 2004, expone lo siguiente:

PRIMERO.- El Pleno de la Corporación adoptó, en fecha 30 de marzo de 2012, un “Plan de Ajuste” al objeto de acogerse a préstamos bancarios al amparo del Decreto-ley 4/2012, de 24 de febrero, que conllevó la realización de un ERE que afectó a 174 empleados/as municipales.

SEGUNDO.- Con fecha del pasado día 14 de mayo se publicó en el Boletín Oficial del Estado una Resolución de 13 de mayo de 2014, de la Secretaría General de Coordinación Autonómica y Local del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, por la que se da cumplimiento al Acuerdo de la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, de 24 de abril de 2014, para la modificación de determinadas condiciones financieras de las operaciones de endeudamiento suscritas con cargo al mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales.

TERCERO.- Que tenemos constancia por información en medios de comunicación, el día 5 de Junio de 2014, acordó el Ayuntamiento Pleno solicitar acogerse a una de sus modalidades: Ampliación del período de amortización de 10 a 20 años y el plazo de carencia de 2 a 4 años. Así como una reducción del tipo de interés de unos 41 puntos básicos.

CUARTO.- En el BOE del miércoles 11 de junio de 2014 por el Ministerio de la Presidencia la Orden PRE/966/2014, de 10 de junio, se publican las características principales de las operaciones de endeudamiento suscritas con cargo al mecanismo de financiación para el pago a los proveedores de las entidades locales.
Además de las condiciones generales establecidas está opción conlleva unas condiciones  adicionales y dentro del procedimiento debe aprobarse un nuevo “Plan de Ajuste” (que sustituirá al Plan de Ajuste vigente) .
Entre otras, se establece como  condiciones generales:
- Reducción del 5% de los gastos de funcionamiento en el ejercicio inmediato siguiente, y congelación en los dos ejercicios siguientes.
– Al cuarto año desde la aprobación del nuevo plan de ajuste revisado, los servicios públicos que presten se autofinancien con tasas y precios públicos.
– Sólo podrán aprobar medidas que determinen un incremento del importe global de las cuotas de cada tributo.
– Sólo podrán reconocer los beneficios fiscales establecidos con carácter obligatorio por las leyes estatales y, en cuanto a los potestativos, sólo podrán aplicar los que estén justificados por motivos sociales.
POR LO EXPUESTO,
Y ante la importancia del asunto y que puede afectar en el futuro al empleo y/o retribuciones de los empleados municipales, ya que en la Medida 1 del nuevo Modelo de Plan de Ajuste,  se establece como posible medida en materia de Gastos. Reducción de costes de personal (sueldos o efectivos).
SE SOLICITA: Se nos remita documentación completa del nuevo “Plan de Ajuste” al objeto de su estudio previa a su aprobación por el Ayuntamiento de Estepona.
En Estepona a 13 de Junio de 2014.