lunes, 16 de febrero de 2015

18 de febrero: En defensa de las libertades y del derecho de huelga
  • Horarios y lugares de las concentraciones y manifestaciones de todas las provincias andaluzas.
Horarios y lugares de las provincias andaluzas.
Horarios y lugares de las provincias andaluzas.
El derecho a huelga es un derecho fundamental reconocido en casi todos los países del mundo. La Confederación Sindical Internacional (CSI) ha convocado una jornada de acción mundial el próxi­mo 18 de febrero contra la posición del grupo de empleadores en la Organización Internacional del Trabajo (OIT) que intentan acabar con este derecho.
Las Confederaciones Sindicales de la Unión General de Trabajadores (UGT) y de Comisiones Obre­ras (CCOO) consideramos que en España tenemos razones suficientes para movilizarnos por este motivo. Se han criminalizado las actuaciones de 300 sindicalistas en defensa de los derechos de los trabajadores y las trabajadoras, entre ellos los cinco trabajadores de Arcelor en Asturias que, tras recurrir la sentencia condenatoria que suma más de 21 años de prisión, están protagonizando diversas movilizaciones o los ocho trabajadores de Airbus en Madrid a los que el fiscal pide 64 años de cárcel.
Además se está tramitando actualmente en el Congreso y en el Senado la reforma del Código Penal y la Ley de Seguridad Ciudadana que suponen más recortes a los derechos fundamentales.
CCOO y UGT convocaremos manifestaciones el 18 de febrero en toda España porque estamos asistiendo a un retroceso inaceptable de las libertades públicas y de las vías de participación democrática. Nos oponemos a este intento de restringir derechos fundamentales, basándonos en los principios democráticos que emanan de la Constitución, y reclamamos la derogación del art. 315.3 del Código Penal, que vulnera el ejercicio del derecho de huelga.
Ambas reformas incorporan nuevas restricciones al ejercicio de derechos democráticos y libertades civiles, y dan continuidad a la ofensiva contra el derecho de huelga que ha llevado a encausar a tra­bajadores y trabajadoras y representantes sindicales, por la defensa colectiva de sus derechos.
El marcado carácter ideológico de esta reforma persigue un único objetivo: cercenar las libertades democráticas para acallar la protesta social y el ejercicio de las mismas  frente a las políticas de recortes, restrictivas y antisociales del Gobierno.

El proyecto del Código Penal incorpora una amplia modificación de toda una serie de figuras que se encuadran en lo que se llaman los “Delitos contra el orden público”. El derecho de reunión y el de manifestación son dos de ellos, y el derecho de huelga es una herramienta imprescindible de la libertad sindical. Criminalizar tales derechos supone convertir el conflicto social y el laboral en un continuo conflicto de orden público.
La sanción penal, siempre la última en un sistema democrático, va a ser ahora la regla general, por­que permitirá sancionar comportamientos que, hasta el momento, o eran irrelevantes penalmente, o solo tenían un tratamiento sancionador administrativo. Estamos en un terreno claro de endurecimien­to de la respuesta penal ante las expresiones del conflicto social y las vías de protesta ciudadana.
Es inaceptable que el Gobierno pretenda incorporar, a través de estas reformas, nuevas restricciones al ejercicio de los derechos fundamentales que mejor definen un sistema democrático, y que son el cauce de participación social en los asuntos públicos, así como la expresión del pluralismo político e ideológico.

Además, la incorporación de la prisión permanente revisable, con claros visos de inconstitucionalidad, reservada a delitos de excepcional gravedad, el sistema de medidas de seguridad, la revisión de la regulación del delito continuado, la regulación de la suspensión y de la sustitución de las penas priva­tivas de libertad, la introducción de un nuevo régimen de suspensión, la supresión del Libro III del Có­digo Penal (Faltas y sus penas), salvo algunas faltas que se incorporan al Libro II, como delitos leves, aumentando el sistema de sanciones administrativas y civiles, no solo vulneran el derecho a la tutela judicial efectiva, sino que tienen una clara finalidad de intimidación a las organizaciones convocantes de las manifestaciones, protestas y concentraciones, y también un objetivo recaudatorio.
Las reformas anunciadas limitan las libertades ciudadanas y, lejos de ofrecer vías de integración y de expresión articulada de los conflictos sociales, optan por una legislación represiva. 

UGT y CCOO REIVINDICAMOS:

La derogación del apartado tercero del artículo 315 del Código Penal.
La retirada del proyecto de reforma del Código Penal y la retirada de la modificación   del Proyecto de Ley de Seguridad Ciudadana.

HORARIOS Y LUGARES:

Málaga: 

Manifestación. 18:00 horas
Salida Alameda de Colón
Finaliza en la Plaza de la Constitución