jueves, 27 de junio de 2013

CC.OO. RECURRE EL PRESUPUESTO GENERAL DEL AYUNTAMIENTO DEL EJERCICIO 2013.




NOTA INFORMATIVA

CC.OO. Recurre el Presupuesto General del Ayuntamiento de Estepona del Ejercicio 2013


MOTIVOS DEL RECURSO

1.- En el Anexo de Personal del Presupuesto para el ejercicio 2013, se indicaba “que en la plantilla laboral se ha procedido a la amortización de las plazas correspondientes a los empleados que causaron baja durante el presente ejercicio por jubilación lo que va en contra del Convenio Colectivo”.
Se recurre ante el cumplimiento de los Convenios Colectivos de aplicación (vacantes por jubilación) y de sus propios actos administrativos en relación con lo expuesto en el ERE, ejecutado por el Alcalde de Estepona en Julio de 2012,  donde se indicaba que dichas plazas vacantes deben servir para facilitar el reingreso de los empleados afectados en dicho Expediente. Por tanto,  se considera que el Presupuesto omite el crédito necesario para el cumplimiento de obligaciones exigibles.

2.-  “En el mismo sentido se mantienen dos vacantes correspondientes a otros tantos empleados que causaron baja en virtud de sendos expedientes disciplinarios, en previsión de resoluciones judiciales que recaigan en las demandas presentadas contra ellos. En la plantilla de funcionarios se contemplan dos vacantes de funcionarios de libre designación que se encuentran incursas en sendos procesos judiciales”.
Se recurre ya que el Ayuntamiento de Estepona debe actuar en idéntica forma a la empleada para contemplar dichas vacantes (pendientes de resolución judicial)  y  realizarse con las plazas del ERE, al no tener una resolución firme por los Tribunales de Justicia. El Expediente de Regulación de Empleo se encuentra recurrido en casación ante el Tribunal Supremo. Ya que en caso de sentencia favorable a los empleados, podría provocar un futuro desajuste presupuestario que pondría en riesgo la viabilidad económica del Ayuntamiento, al no contemplar dichas vacantes. 
CC.OO. considera que el Presupuesto omite el crédito necesario para el cumplimiento de obligaciones exigibles a la entidad local en virtud de precepto legal o de cualquier otro título legitimo.

3.- El informe de la Intervención Municipal sobre el Presupuesto General para el año 2013, en Gastos de Personal indica lo siguiente:
“La falta de remisión de los resúmenes numéricos necesarios al efecto, impide a esta Intervención, realizar los cálculos pertinente para determinar si se cumplen o no las limitaciones establecidas en el articulo 7 del Real Decreto 861/1986, por lo que se advierte la imposibilidad de pronunciarse sobre la adecuación no de este Proyecto de Presupuesto a dicha disposición normativa”.
Se recurre ante la falta de información expuesto por la IntervenciónMunicipal, para la determinación del cumplimiento de los mencionados límites máximos y que las cantidades destinadas a los complementos específicos, productividad y gratificaciones se encuentran dentro de los limites establecidos por el RD 861/1986 en cumplimiento de la legalidad. Por tanto, el Presupuesto no estaría ajustado en su elaboración y aprobación a los trámites establecidos en la ley.

4.- “Nombramientos de  Jefes y Coordinadores”.
Se reclama que el Presupuesto, para este apartado, no haberse ajustado su elaboración y aprobación a los trámites establecidos en ley. CC.OO. considera que los nombramientos se han realizado de forma arbitraria con discriminación al resto del personal de la plantilla , que podría haber optado a algunas de estas nuevas plazas de trabajo (si se fuesen creado) , mediante el procedimiento legalmente establecido.

5.- El informe de Intervención sobre el Presupuesto Municipal General para el año 2013 en su apartado 5-1-2.- Ingresos de capital indica: “En el Capitulo VI, se presupuesta en 5,31 millones de euros, según estimación de ingresos facilitada por la Concejala Delegada de Presidencia, de fecha 13 de noviembre de 2012. Dicha previsión se fundamenta en la enajenación de bienes patrimoniales no afectos al Patrimonio Municipal del Suelo (locales comerciales, plazas de garaje, parcelas edificables, naves industriales y resto de viviendas de Santo Tomás de Aquino) y que no consta en el Expediente.
Se recurre ya que el Presupuesto no contiene información  de la mencionada relación con la descripción de los bienes patrimoniales no afectos al Patrimonio Municipal del Suelo, para su enajenación y su valoración por personal técnico competente para formar una opinión sobre su elaboración e imposibilita conocer si cumpliría con suficiencia los ingresos previstos a las necesidades del cumplimiento de las obligaciones.

6.- En el informe de la Intervención de Fondos en materia de Gastos de Personal indica:” Como consecuencia de las externalizaciones y el expediente de regulación de empleo llevados a cabo en 2012; el Capitulo I (Gastos de Personal) ha pasado de 50,62 de euros presupuestados en 2012 a 35,6 millones de euros presupuestados en 2013, es decir una disminución de 15 millones de euros. Si bien como se ha indicado en anteriores informes de liquidación de los presupuestos emitidos por la Intervención Municipal, el gasto de personal que ha sido externalizado computa como coste de personal
Se reclama por error en el informe de la Intervención de Fondos, al indicar que  “el gasto de personal que ha sido externalizado computa como coste de personal” por cuanto realiza errores aritméticos sobre el cálculo de Gastos de Personal, dicho Capitulo representa el 55,1% de la recaudación liquida de los ingresos corrientes no afectados (64.5 millones de euros)  y no del 79,2%.

7.- El Presupuesto no contempla crédito suficiente para dar cumplimiento a la Ley 31/95, de 8 de noviembre de Prevención de Riesgos Laborales.
Se reclama debido que el Presupuesto omite el crédito necesario para el cumplimiento de obligaciones exigibles en virtud de cumplimiento de ley.

En Málaga a 25 de Junio de 2013.