martes, 25 de noviembre de 2014
lunes, 24 de noviembre de 2014
Opinión.
CC.OO. y UGT vienen advirtiendo que
cerca de 200.000 empleos públicos están amenazados en el conjunto del Estado,
por Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) tras la aplicación de la reforma de
la Administración Local. Antes de su aprobación se realizaron concentraciones y manifestaciones contra este ley, que solo fue apoyada por el PP y el PNV en el Congreso de los Diputados.
El Gobierno se ha comprometido a
través del Plan Presupuestario del Reino de España presentado en Bruselas para
el año 2015, la aplicación de la reforma de la Administración Local
aprobada mediante la Ley
27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
“Teniendo en cuenta el proceso de
aprobación por las Cortes Generales y el contenido final del articulado de la
norma, el escenario al que se deben referenciar los ahorros del período
2014-2020, los cuales se podrían situar globalmente en 8.024 millones de euros,
produciéndose el mayor ahorro esperado en 2015 y 2016 (3.523,5 y 2.604,9
millones de euros, respectivamente)..”. Por tanto, hay una firme decisión
política del Gobierno de recortes, lo
denominan “ahorros” (¿empleos-salarios?) en las Administraciones Locales. Hace
escasos días, el propio Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas,
Cristóbal Montoro, ha confirmado que no habrá reforma de los modelos de
financiación autonómica y local durante esta legislatura. Abandonando a su
suerte a estas administraciones en dar cumplimiento a la ley de Reforma Local,
sin mayores dotaciones económicas de servicios (Sanidad, Educación y S.
Sociales) que se vienen prestando desde el ámbito local y serán difíciles de
asumir por las Comunidades Autónomas.
La ley suprime las que denominan “competencias
impropias” de los Ayuntamientos, regula de forma precisa sus competencias
propias, clarificando y simplificando las competencias municipales para evitar
duplicidades y racionalizar la estructura organizativa de la Administración Local ,
de acuerdo con los principios de eficiencia y equilibrio presupuestario.
En su
art. 7.4 indica que las Entidades Locales solo podrán ejercer competencias
distintas de las propias y de las atribuidas por delegación cuando no se ponga
en riesgo la sostenibilidad financiera del conjunto de la Hacienda municipal, de
acuerdo con los requerimientos de la legislación de estabilidad presupuestaria
y sostenibilidad financiera y no se incurra en un supuesto de ejecución simultánea
del mismo servicio público con otra Administración Pública.
Si bien, la
Junta de Andalucía intentó frenar su aplicación con un
Recurso ante el Tribunal Constitucional y
a través de un Real Decreto-ley 7/2014, de
20 de mayo, por el que se establecen medidas urgentes para la aplicación de la Ley 27/2013, de 27 de
diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local
disponía en su Artículo 2
en materia de informes para el ejercicio por parte de las entidades locales de
competencias distintas de las propias y de las atribuidas por delegación que no
será necesaria la solicitud de los informes mencionados en el supuesto de que
se vinieran ejerciendo dichas competencias, con anterioridad a la entrada en
vigor de la citada Ley 27/2013, de 27 de diciembre, en cuyo caso se podrán
seguir prestando los servicios o desarrollando las actividades que se llevaban
a cabo, siempre que, previa valoración de la propia entidad local, no incurran
en supuestos de ejecución simultánea del mismo servicio público y cuenten con
financiación a tal efecto.
Si la reforma laboral introdujo el
despido de personal en las administraciones publicas con el Real Decreto-Ley
3/2012, de 10 de febrero en su disposición adicional segunda. Aplicación del
despido por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción en el
Sector Público. El Ayuntamiento de Estepona la utilizó como “laboratorio de
pruebas” en Junio de ese mismo año, que afectó al despido de 174 empleados
municipales. La “reforma local” viene “apuntalar” la “reforma laboral” en la
administración, desarrolla criterios que evita arbitrariedad/discrecionalidad,
dificultando la interpretación y revisión judicial posterior y los empleados
adscritos a determinados servicios podrían ser despedidos de manera objetiva,
cuando se den causas económicas adversas e incumpla la ley de estabilidad
presupuestaria. Por tanto, si se justifica causa
económica debido a una insuficiencia presupuestaria sobrevenida
para la financiación de los servicios correspondientes y ponga en riesgo
la sostenibilidad financiera del conjunto de la Hacienda Local , difícilmente
podrían ejercerse las competencias impropias y las atribuidas por delegación
que no cuenten con financiación (¿?). Se abre la posibilidad de aplicación
simultánea de la Ley
de Reforma de la Administración
Local (criterio) y laboral (despido). Algunos expertos,
indican existe un riesgo en Administraciones Locales que de forma consciente e
intencionada puedan provocar esta situación, encontrando un “atajo” para
disminuir su Capitulo de Personal en sus Presupuestos Municipales.
El Gobierno Local del PP
en Estepona, debería ser más prudente con una política de inversiones tan expansiva
con “fondos propios”, y hacer caso a la advertencia en el informe del
interventor Municipal sobre Presupuesto para 2015, donde manifiesta que el
aumento de inversiones en un 73,95% con respecto al ejercicio 2014, “podría poner en riesgo la Tesorería Municipal ”,
en el caso, de un elevado grado de ejecución del Capitulo de Inversiones.
Además, convendría establecer
vías de dialogo con la Junta
de Andalucía, evitando confrontaciones partidistas, para intentar concertar
mayores convenios de colaboración para la financiación de las denominadas
competencias por delegación, especialmente en Educación y Servicios Sociales
(previsto para 31/12/2015), por el importante número de empleos en estos
servicios que prestan a los ciudadanos en Estepona y que evitara en el futuro
decisiones sobre las denominadas competencias impropias.
JOSE CARRASCO PEREZ.
Secretario General de la Sección Sindical de CC.OO.
viernes, 21 de noviembre de 2014
martes, 18 de noviembre de 2014
El
Presidente del Comité de Empresa solicita información de las Operaciones de
Tesorería Municipal firmadas por los responsables del Consistorio

lunes, 3 de noviembre de 2014
El Gobierno planea un ajuste drástico en las administraciones locales
El 15 de octubre el Gobierno remitió a la Unión Europea el
denominado "Plan Presupuestario para 2015 del conjunto de las
Administraciones Públicas". En el documento anticipan la decisión política
de acometer una importante reconfiguración del sector público local en 2015,
que incluye la fusión de municipios de menos de 5.000 habitantes y la pérdida
de gestión local de los servicios municipales básicos en ayuntamientos de menos
de 20.000 habitantes

El Sector de la
Administración Local de FSC-CCOO denuncia los planes del Gobierno recogidos en
el “Plan Presupuestario para 2015 del conjunto de las Administraciones
Públicas”, que implicarán pérdida de empleo y de los servicios públicos que
prestan los pequeños y medianos municipios. El plan que el Gobierno ha enviado
a la UE, junto con el Proyecto de Presupuestos Generales del Estado 2015, ni
detalla ni justifica el origen de los importes de ahorro previstos. “Una vez
más, las organizaciones sindicales no tenemos conocimiento de los planes
concretos en las líneas de actuación indicadas”, denuncian responsables de CCOO.
Con el fin de
afrontar los procesos previstos con las mejores garantías para abordar la
defensa de los servicios, la economía y el empleo público local, CCOO hace un
llamamiento a oponerse a estos recortes y a denunciar este nuevo intento de
desmantelar las Administraciones locales, contraviniendo la Carta Europea de la
Autonomía Local. “Esto supone un atropello más a los derechos de las personas
que trabajan al servicio de las Administraciones Públicas, y ahonda en el
deterioro y abandono que el Gobierno está aplicando a la Administración Local y
al conjunto de empleadas y empleados públicos”.
El plan en
cifras
El “Plan
Presupuestario para 2015 del conjunto de las Administraciones Públicas” prevé
un ahorro para el próximo año de 1.029.818.352 euros en diversas políticas de
reconfiguración del sector público local y sus administraciones titulares. Esta
es la cifra resultante de sumar el ahorro previsto en 2015 de 622.080.000 euros
en “Gestión integrada de servicios básicos y fusiones”, de 13.905.951 euros
adicionales en “Entidades locales menores” y de 393.832.401 euros en
“Redimensión del sector público local”.
El total del impacto
económico que prevé dicho documento sobre la Administración Local para el año
2015 supone el 43,91% del ahorro total del periodo 2014-2020, concretamente
3.523.525.500 de un total de 8.024.596.130 euros. Para CCOO, estas cifras
suponen “un despropósito de consecuencias desproporcionadas”.
Las denominaciones
de estas políticas están referidas a previsiones concretas contenidas en la Ley
27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la
Administración Local. Dichas previsiones anticipan la voluntad y decisión
políticas de acometer en 2015 una importante reconfiguración del sector público
local de fusión de municipios de menos de 5.000 habitantes, de pérdida de
gestión local de los servicios municipales básicos en ayuntamientos de menos de
20.000, de supresión y eliminación de entidades locales menores y de otras
entidades instrumentales de gestión de servicios locales como consorcios y
sociedades mercantiles, entre otros.
El importe global de
ahorro asociado a estas medidas supone aproximadamente el 2,5% del gasto
presupuestario total de los más de 8.000 municipios de España, con una
importante incidencia tanto en la economía y la vida local de muchas
poblaciones, como en el empleo público asociado a las entidades y servicios que
podrían verse afectados.
viernes, 24 de octubre de 2014
martes, 14 de octubre de 2014
INFORMACIÓN DE MESA GENERAL DE NEGOCIACIÓN. 10 OCTUBRE 2014.
ORDEN DEL DÍA DE LA MESA GENERAL
DE NEGOCIACIÓN CELEBRADA EL DÍA 10 DE OCTUBRE DE 2014.
1º Lectura y aprobación, si procede, de acta de la sesión anterior.
2º Propuesta atribución complementos empleados municipales.
3º Propuestas Servicio Municipal de Prevención solicitudes segunda
actividad.
4º Peticiones secciones sindicales.
5º Dar cuenta concesión anticipos reintegrables.
6º Ruegos y Preguntas.
2º.- SOBRE PROPUESTA “ATRIBUCIÓN DE COMPLEMENTOS EMPLEADOS
MUNICIPALES”.
Nos pronunciamos de la misma forma
como en anterior ocasión, que se debe abonar los conceptos que sean conforme a
retribuciones de Convenio Colectivo. Y añadimos:
a) “No compartimos la
interpretación del informe del Técnico de Recursos Humanos, relativa al “Complemento
de libre designación” de fecha 29 de septiembre de 2014 (considera vigente un Acuerdo de la
Comisión de Personal de fecha 6/7/2007).
El BOP de Málaga de fecha
13/11/2008 publicó el Convenio Colectivo de Personal Laboral del Ayuntamiento
de Estepona. Y en conformidad con su ámbito temporal quedó prorrogado hasta el
31/12/2011.
Posteriormente, se renegoció
dicho Convenio en 2011 y 2013 (vigente hasta el 31/12/2015).
Entendemos que el concepto
denominado “libre designación”, no está contemplado en ninguno de los Convenios
Colectivos firmados y publicados en el BOP.
En todo caso, dicho concepto se
debería haberse ceñido desde su aprobación el 6/7/2007 por la Comisión de Personal
hasta la publicación del Convenio Colectivo inmediatamente posterior.
Y así, lo establece su disposición
derogatoria. “A la entrada en vigor de este texto quedan derogados todos los
acuerdos, disposiciones, decretos, instrucciones de servicio y restantes normas
municipales que regulen materias o cuestiones incluidas en el presente Convenio
y se opongan o contradigan el mismo”.
Por tanto, consideramos no se
debería estar aplicando dicho concepto, ya que no está incluido en ninguno de
los conceptos del Art. 11 “Retribuciones Económicas” de los Convenios aprobados
posteriormente al Acuerdo de fecha 6/7/2007.
En el presente caso, nos
pronunciamos como el anterior, que con seguridad exista una falta en la
coordinación de servicios en esta importante Área, pero existe complementos
retributivos para aplicarse y es un derecho del trabajador si viene realizando
dichas labores, en concreto, Jefatura y de Dedicación Especial “que retribuye a
aquellos puestos que realizan labores de coordinación y/o supervisión de tareas
y funciones en los servicios o delegaciones municipales”.
Por tanto, solicitamos se cumpla
el Convenio Colectivo aplicándose las retribuciones correspondientes,
evitándose la discrecionalidad y “salvar el reparo del interventor municipal”
de fecha 2 de octubre de 2014, quien indica:
“Se
observa que el Ayuntamiento no dispone de Relación de Puestos de Trabajo ni de
ningún instrumento de planificación de sus recursos humanos (art. 69 del EBEP)
que describa la valoración de los conceptos retributivos del personal laboral y
que contemple los criterios técnicos que permitan objetivar la valoración de
los puestos específicos, evitando, de esa forma, la discrecionalidad en la toma
de decisiones. En conclusión, se fiscaliza favorablemente el expediente objeto
del presente informe, recomendando se tenga en consideración la observación
expuesta”.
Para CC.OO. estamos ante un
derecho del trabajador recogido en Convenio, si viene realizando dichas
funciones y se le debe retribuir con los complementos existentes. En el
presente caso, complemento de Jefatura y Dedicación Especial.
CC.OO. solicita se revise y
estudie todos los casos que vienen percibiendo dicho “Complemento de libre
designación” y se les retribuya conforme a los complementos que legalmente les
corresponda y establece el Convenio Colectivo en vigor”.
b) Se aprueba el complemento de
“jornada partida” a monitor de Cultura.
3º.- PROPUESTA DEL SERVICIO MUNICIPAL DE PREVENCIÓN SOBRE SEGUNDA
ACTIVIDAD.
Se ratifica el Acuerdo de la Comisión de Valoración de
segunda actividad del Comité de Seguridad y Salud Laboral. (Personal ayuda a
domicilio, Monitor deportivo y peón de jardinería).
4º.- PROPUESTAS SINDICALES.
NO son aceptadas las propuestas planteadas por distintas secciones
sindicales:
-Sobre descuento en nómina de las
ausencias por enfermedad o accidente que no den lugar a IT de forma idéntica
para el caso de la Administración
General del Estado.
- Un día de permiso adicional en
el año 2014 por la coincidencia en
sábado de dos festivos (1 de noviembre y 6 de diciembre), como ha dictado la Secretaría de Estado de
Administraciones Públicas para el personal de la Administración
General del Estado.
- Sobre reconocimiento de
funciones como Jefa de Negociado en el Área de Comercio y diferencia
retributiva.
5º DAR CUENTA ANTICIPOS REINTEGRABLES.
Se da cuenta de tres anticipos
reintegrables.
CC.OO. solicita se recupere la
cuantía de anteriores Presupuestos de 50.000 euros/anuales para anticipos reintegrables.
6º RUEGOS Y PREGUNTAS.
CC.OO. solicitamos
- Se nos conteste sobre
peticiones del Comité de Empresa, respecto al abono de turnicidad de Ayuda a
domicilio, ya expuesto hace algunos meses.
- Se de cumplimiento en materia
de Vestuario, ya que hace varios años que el Ayuntamiento no dota de
indumentaria a servicios.
- CC.OO. se une a la propuesta de
UGT para que el abono de la parte proporcional de la paga extra de Navidad eliminada en 2012, se abone en la nómina de Enero de 2014.
- CC.OO. reitera la información
sobre el acuerdo suscrito para abono de deuda con la Seguridad Social
y el Ayuntamiento de Estepona. E igualmente sobre la evolución del estado de
ejecución del Presupuesto de 2014.
- CC.OO. reitera la dotación de
fotocopiadora- scanner y material de papelería a las Secciones Sindicales. Y
resolver la problemática de telefonía, al no poder efectuar llamadas a móviles.
Octubre/2014.
miércoles, 8 de octubre de 2014
jueves, 2 de octubre de 2014
miércoles, 1 de octubre de 2014
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