Opinión.
CC.OO. y UGT vienen advirtiendo que
cerca de 200.000 empleos públicos están amenazados en el conjunto del Estado,
por Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) tras la aplicación de la reforma de
la Administración Local. Antes de su aprobación se realizaron concentraciones y manifestaciones contra este ley, que solo fue apoyada por el PP y el PNV en el Congreso de los Diputados.
El Gobierno se ha comprometido a
través del Plan Presupuestario del Reino de España presentado en Bruselas para
el año 2015, la aplicación de la reforma de la Administración Local
aprobada mediante la Ley
27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
“Teniendo en cuenta el proceso de
aprobación por las Cortes Generales y el contenido final del articulado de la
norma, el escenario al que se deben referenciar los ahorros del período
2014-2020, los cuales se podrían situar globalmente en 8.024 millones de euros,
produciéndose el mayor ahorro esperado en 2015 y 2016 (3.523,5 y 2.604,9
millones de euros, respectivamente)..”. Por tanto, hay una firme decisión
política del Gobierno de recortes, lo
denominan “ahorros” (¿empleos-salarios?) en las Administraciones Locales. Hace
escasos días, el propio Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas,
Cristóbal Montoro, ha confirmado que no habrá reforma de los modelos de
financiación autonómica y local durante esta legislatura. Abandonando a su
suerte a estas administraciones en dar cumplimiento a la ley de Reforma Local,
sin mayores dotaciones económicas de servicios (Sanidad, Educación y S.
Sociales) que se vienen prestando desde el ámbito local y serán difíciles de
asumir por las Comunidades Autónomas.
La ley suprime las que denominan “competencias
impropias” de los Ayuntamientos, regula de forma precisa sus competencias
propias, clarificando y simplificando las competencias municipales para evitar
duplicidades y racionalizar la estructura organizativa de la Administración Local ,
de acuerdo con los principios de eficiencia y equilibrio presupuestario.
En su
art. 7.4 indica que las Entidades Locales solo podrán ejercer competencias
distintas de las propias y de las atribuidas por delegación cuando no se ponga
en riesgo la sostenibilidad financiera del conjunto de la Hacienda municipal, de
acuerdo con los requerimientos de la legislación de estabilidad presupuestaria
y sostenibilidad financiera y no se incurra en un supuesto de ejecución simultánea
del mismo servicio público con otra Administración Pública.
Si bien, la
Junta de Andalucía intentó frenar su aplicación con un
Recurso ante el Tribunal Constitucional y
a través de un Real Decreto-ley 7/2014, de
20 de mayo, por el que se establecen medidas urgentes para la aplicación de la Ley 27/2013, de 27 de
diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local
disponía en su Artículo 2
en materia de informes para el ejercicio por parte de las entidades locales de
competencias distintas de las propias y de las atribuidas por delegación que no
será necesaria la solicitud de los informes mencionados en el supuesto de que
se vinieran ejerciendo dichas competencias, con anterioridad a la entrada en
vigor de la citada Ley 27/2013, de 27 de diciembre, en cuyo caso se podrán
seguir prestando los servicios o desarrollando las actividades que se llevaban
a cabo, siempre que, previa valoración de la propia entidad local, no incurran
en supuestos de ejecución simultánea del mismo servicio público y cuenten con
financiación a tal efecto.
Si la reforma laboral introdujo el
despido de personal en las administraciones publicas con el Real Decreto-Ley
3/2012, de 10 de febrero en su disposición adicional segunda. Aplicación del
despido por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción en el
Sector Público. El Ayuntamiento de Estepona la utilizó como “laboratorio de
pruebas” en Junio de ese mismo año, que afectó al despido de 174 empleados
municipales. La “reforma local” viene “apuntalar” la “reforma laboral” en la
administración, desarrolla criterios que evita arbitrariedad/discrecionalidad,
dificultando la interpretación y revisión judicial posterior y los empleados
adscritos a determinados servicios podrían ser despedidos de manera objetiva,
cuando se den causas económicas adversas e incumpla la ley de estabilidad
presupuestaria. Por tanto, si se justifica causa
económica debido a una insuficiencia presupuestaria sobrevenida
para la financiación de los servicios correspondientes y ponga en riesgo
la sostenibilidad financiera del conjunto de la Hacienda Local , difícilmente
podrían ejercerse las competencias impropias y las atribuidas por delegación
que no cuenten con financiación (¿?). Se abre la posibilidad de aplicación
simultánea de la Ley
de Reforma de la Administración
Local (criterio) y laboral (despido). Algunos expertos,
indican existe un riesgo en Administraciones Locales que de forma consciente e
intencionada puedan provocar esta situación, encontrando un “atajo” para
disminuir su Capitulo de Personal en sus Presupuestos Municipales.
El Gobierno Local del PP
en Estepona, debería ser más prudente con una política de inversiones tan expansiva
con “fondos propios”, y hacer caso a la advertencia en el informe del
interventor Municipal sobre Presupuesto para 2015, donde manifiesta que el
aumento de inversiones en un 73,95% con respecto al ejercicio 2014, “podría poner en riesgo la Tesorería Municipal ”,
en el caso, de un elevado grado de ejecución del Capitulo de Inversiones.
Además, convendría establecer
vías de dialogo con la Junta
de Andalucía, evitando confrontaciones partidistas, para intentar concertar
mayores convenios de colaboración para la financiación de las denominadas
competencias por delegación, especialmente en Educación y Servicios Sociales
(previsto para 31/12/2015), por el importante número de empleos en estos
servicios que prestan a los ciudadanos en Estepona y que evitara en el futuro
decisiones sobre las denominadas competencias impropias.
JOSE CARRASCO PEREZ.
Secretario General de la Sección Sindical de CC.OO.