lunes, 24 de noviembre de 2014

Opinión.
CC.OO. y UGT vienen advirtiendo que cerca de 200.000 empleos públicos están amenazados en el conjunto del Estado, por Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) tras la aplicación de la reforma de la Administración Local. Antes de su aprobación se realizaron concentraciones y manifestaciones contra este ley, que solo fue apoyada por el PP y el PNV en el Congreso de los Diputados.
El Gobierno se ha comprometido a través del Plan Presupuestario del Reino de España presentado en Bruselas para el año 2015, la aplicación de la reforma de la Administración Local aprobada mediante la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de Racionalización y Sostenibilidad de la Administración Local.
“Teniendo en cuenta el proceso de aprobación por las Cortes Generales y el contenido final del articulado de la norma, el escenario al que se deben referenciar los ahorros del período 2014-2020, los cuales se podrían situar globalmente en 8.024 millones de euros, produciéndose el mayor ahorro esperado en 2015 y 2016 (3.523,5 y 2.604,9 millones de euros, respectivamente)..”. Por tanto, hay una firme decisión política del Gobierno de  recortes, lo denominan “ahorros” (¿empleos-salarios?) en las Administraciones Locales. Hace escasos días, el propio Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, ha confirmado que no habrá reforma de los modelos de financiación autonómica y local durante esta legislatura. Abandonando a su suerte a estas administraciones en dar cumplimiento a la ley de Reforma Local, sin mayores dotaciones económicas de servicios (Sanidad, Educación y S. Sociales) que se vienen prestando desde el ámbito local y serán difíciles de asumir por las Comunidades Autónomas.  
La ley suprime las que denominan “competencias impropias” de los Ayuntamientos, regula de forma precisa sus competencias propias, clarificando y simplificando las competencias municipales para evitar duplicidades y racionalizar la estructura organizativa de la Administración Local, de acuerdo con los principios de eficiencia y equilibrio presupuestario.
En su art. 7.4 indica que las Entidades Locales solo podrán ejercer competencias distintas de las propias y de las atribuidas por delegación cuando no se ponga en riesgo la sostenibilidad financiera del conjunto de la Hacienda municipal, de acuerdo con los requerimientos de la legislación de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera y no se incurra en un supuesto de ejecución simultánea del mismo servicio público con otra Administración Pública.
Si bien,  la Junta de Andalucía intentó frenar su aplicación con un Recurso ante el Tribunal Constitucional y  a través de un Real Decreto-ley 7/2014, de 20 de mayo, por el que se establecen medidas urgentes para la aplicación de la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local disponía en su Artículo 2 en materia de informes para el ejercicio por parte de las entidades locales de competencias distintas de las propias y de las atribuidas por delegación que no será necesaria la solicitud de los informes mencionados en el supuesto de que se vinieran ejerciendo dichas competencias, con anterioridad a la entrada en vigor de la citada Ley 27/2013, de 27 de diciembre, en cuyo caso se podrán seguir prestando los servicios o desarrollando las actividades que se llevaban a cabo, siempre que, previa valoración de la propia entidad local, no incurran en supuestos de ejecución simultánea del mismo servicio público y cuenten con financiación a tal efecto.
Si la reforma laboral introdujo el despido de personal en las administraciones publicas con el Real Decreto-Ley 3/2012, de 10 de febrero en su disposición adicional segunda. Aplicación del despido por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción en el Sector Público. El Ayuntamiento de Estepona la utilizó como “laboratorio de pruebas” en Junio de ese mismo año, que afectó al despido de 174 empleados municipales. La “reforma local” viene “apuntalar” la “reforma laboral” en la administración, desarrolla criterios que evita arbitrariedad/discrecionalidad, dificultando la interpretación y revisión judicial posterior y los empleados adscritos a determinados servicios podrían ser despedidos de manera objetiva, cuando se den causas económicas adversas e incumpla la ley de estabilidad presupuestaria. Por tanto, si se justifica causa económica debido a una insuficiencia presupuestaria sobrevenida para la financiación de los servicios correspondientes y ponga en riesgo la sostenibilidad financiera del conjunto de la Hacienda Local, difícilmente podrían ejercerse las competencias impropias y las atribuidas por delegación que no cuenten con financiación (¿?). Se abre la posibilidad de aplicación simultánea de la Ley de Reforma de la Administración Local (criterio) y laboral (despido). Algunos expertos, indican existe un riesgo en Administraciones Locales que de forma consciente e intencionada puedan provocar esta situación, encontrando un “atajo” para disminuir su Capitulo de Personal en sus Presupuestos Municipales.
El Gobierno Local del PP en Estepona, debería ser más prudente con una política de inversiones tan expansiva con “fondos propios”, y hacer caso a la advertencia en el informe del interventor Municipal sobre Presupuesto para 2015, donde manifiesta que el aumento de inversiones en un 73,95% con respecto al ejercicio 2014, “podría poner en riesgo la Tesorería Municipal, en el caso, de un elevado grado de ejecución del Capitulo de Inversiones.
Además, convendría establecer vías de dialogo con la Junta de Andalucía, evitando confrontaciones partidistas, para intentar concertar mayores convenios de colaboración para la financiación de las denominadas competencias por delegación, especialmente en Educación y Servicios Sociales (previsto para 31/12/2015), por el importante número de empleos en estos servicios que prestan a los ciudadanos en Estepona y que evitara en el futuro decisiones sobre las denominadas competencias impropias.
JOSE CARRASCO PEREZ.
Secretario General de la Sección Sindical de CC.OO.