martes, 11 de diciembre de 2012


FUNESPAÑA suprime la paga extra de navidad a sus empleados basándose en el Real Decreto Ley

CCOO de Estepona plantea un conflicto colectivo ante lo que considera una vulneración de los derechos del trabajador


VERÓNICA VALADEZ
La empresa que desde el pasado 29 de marzo se hace cargo de la gestión y explotación de los cementerios municipales de Estepona, "Santo Cristo de la Veracruz" y "La Lobilla", FUNESPAÑA, S.A., contratada por el Ayuntamiento, aplicará a partir de este mes la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2012 y el Real Decreto Ley 20/2012 de 14 de julio, por la que se ven afectadas las normativas y convenios colectivos del personal laboral de los municipios. 
Según se expresa en la carta remitida desde la Dirección de la empresa a sus empleados, estos firmaron su conformidad con la aplicación de esta Ley en virtud del artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores. Así, su relación laboral sufriría tres modificaciones esenciales: la ampliación de la jornada laboral a 37 horas y 30 minutos semanales como mínimo por lo que desaparecen las compensaciones por no realizar las reducciones de jornada que se establecían en el Complemento de Cementerio para el período estival, fiestas mayores, semana santa y navidad; los días por "asuntos propios" se reducen a 3 al año, y desaparecen los días adicionales de vacaciones por razón de antigüedad; y por último, la supresión de la paga extraordinaria de Navidad o equvalente para el presente ejercicio 2012. 
El CCOO ha decidido luchar por revocar la aplicación de esta Ley, ya que consideran que vulnera los derechos fundamentales de los trabajadores y Ley Orgánica de Libertad Sindical. "Justifican que porque están de alguna forma vinculados al Ayuntamiento, subrrogan la aplicación del convenio a este", explica el presidente de CCOO, Pepe Carrasco. 
Según el sindicato, esta Ley solo puede ser aplicada al sector públicio, entendiendo como tal la Administración General del Estado, sus Organismos autónomos y Agencias estatales,y las Universidades de su competencia; las administraciones de las comunidades autónomas, los organismos de ellas dependientes y las Universidades de su competencia;las corporaciones locales y losoragnismos de ellas dependientes; las entidades gestoras y Servicios comunes de la Seguridad Social; los órganos constitucionales del Estado,sin perjuicio de lo establecido en el artículo72.1 de la Constitución; las sociedades mercantiles públicas, y el resto de entes del sector público estatal, autonómico y local. 
Por tanto, esta legislación no es norma de aplicación para las empresas privadas, ya que son acordadas para el sector público, aunque sea contratista de la Administración, pues ni lo impone la Ley ni lo autoriza el Convenio Colectivo. 
De este modo, Pepe Carrasco comunica que desde CCOO han planteado un conflicto colectivo, cuyo primer juicio tendrá lugar en febrero de 2013.