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martes, 14 de marzo de 2017
viernes, 30 de diciembre de 2016
Con tan solo dos días de diferencia, el
Ayuntamiento de Estepona ha sido condenado en sendas ocasiones por despidos
improcedentes, lo que confirma las inadecuadas prácticas del consistorio en las
relaciones laborales.
CCOO informa que “la nueva sentencia de
fecha 21 de diciembre de 2016, se une a otra anterior del pasado día 19, donde
han condenado al Ayuntamiento a la readmisión de las trabajadoras y al abono de
salarios desde la fecha de sus despidos.”
“El
Ayuntamiento de Estepona contrató en el 2015 a 16 auxiliares de ayuda a domicilio, mediante
contratos temporales auspiciados por una bolsa de trabajo temporal, pero para
desarrollar un trabajo de carácter indefinido, por lo que entendimos que se
trataba de contratación en fraude de ley, lo que ha sido confirmado por las
sentencias”, afirma CCOO
La Secretaria General del Sindicato FSC de
CCOO, Carolina Ortiz, ha informado que “la sentencia aclara al consistorio que
para desarrollar trabajos de carácter permanente no cabe la contratación
temporal. Lo dice el Estatuto de los trabajadores, la jurisprudencia del
Tribuna Supremo y las recientes
sentencias europeas sobre el uso fraudulento de la contratación temporal en la
administración pública española.”
Para CCOO, “las bolsas de trabajo que
deban existir para sustituciones, no deben utilizarse para cubrir de forma
temporal trabajos permanentes.”
“El Ayuntamiento ha anunciado
recientemente la privatización del servicio en cuyo pliego de condiciones
deberá incluir ahora las obligadas readmisiones, informa Ortiz, quien afirma
que “la Mesa de Contratación para la apertura de la documentación
administrativa y la oferta económica, se ha fijado se ha fijado para el próximo
día 4 de Enero de 2017.
Para CCOO “se debería suspender el
procedimiento de contratación sobre la privatización del servicio de ayuda a
domicilio , ya que las empresas interesadas desconocen las sentencias
judiciales notificadas al Ayuntamiento de Estepona y las aún pendientes de
celebración de juicio en los Juzgados de lo Social en Málaga, que influirán en
mayores costes laborales y una repercusión directa en el presupuesto base de la
licitación y por tanto con cálculos erróneos en las ofertas económicas, al
derivarse un coste de masa salarial mayor, especialmente a tener en cuenta , cuando el elemento
personal es fundamental en la prestación objeto del contrato.”
viernes, 16 de diciembre de 2016
CCOO REITERA EL DERECHO A LA EQUIPARACIÓN SALARIAL
DEL PERSONAL SUBROGADO DESDE LAS EMPRESAS MUNICIPALES AL AYUNTAMIENTO DE
ESTEPONA
Para CCOO, es una contradicción que en
el Presupuesto se aumente retribuciones a 38 empleados con un coste de 200.000
euros/anuales, que supondría el 35% del total de la equiparación salarial para 247
empleados con diferencias retributivas
La Sección Sindical de CCOO ha presentado alegaciones al Presupuesto
Municipal del ejercicio 2017, para que el Ayuntamiento de Estepona consigne en
el Presupuesto el reconocimiento del derecho de los trabajadores provenientes
de las extintas sociedades municipales la cantidad correspondiente a la
diferencia salarial entre el personal subrogado desde las empresas municipales
y el del Ayuntamiento de Estepona, para la homogenización entre convenios
colectivos, en cumplimiento de la ley. Según información de la Delegación de
Personal la cuantía total ascendería a 42.500 euros brutos mensuales para los 247
empleados subrogados con diferencias retributivas. CCOO
solicita la equiparación salarial en varios ejercicios económicos.
El Art. 44.4 del Estatuto de
los Trabajadores relativo a la sucesión de empresa indica:
“Salvo pacto en contrario, establecido
una vez consumada la sucesión mediante acuerdo de empresa entre el cesionario y
los representantes de los trabajadores, las relaciones laborales de los
trabajadores afectados por la sucesión seguirán rigiéndose por el convenio
colectivo que en el momento de la transmisión fuere de aplicación en la
empresa, centro de trabajo o unidad productiva autónoma transferida”.
Esta aplicación se mantendrá hasta la
fecha de expiración del convenio colectivo de origen o hasta la entrada en vigor de otro
convenio colectivo nuevo que resulte aplicable a la entidad económica
transmitida”.
Los convenios colectivos de origen de las empresas
municipales (disueltas y liquidadas mediante Acuerdo de Ayuntamiento Pleno de
fecha 28 de noviembre de 2013) expiraron
y acabaron su vida y solución de continuidad el día 31 de diciembre de 2015.
Por tanto, les debería sido de aplicación el vigente Convenio Colectivo de
Personal Laboral del Ayuntamiento de Estepona a partir del mes de Enero de 2016
y su tabla salarial. Evitándose cualquier tipo de discriminación entre
trabajadores de la propia plantilla municipal y dándose cumplimiento a la ley.
Para CCOO, es
contradictorio que el Ayuntamiento de Estepona mantenga esta situación y a su
vez aumente retribuciones a 38 empleados municipales cuyo coste asciende a 200.000
euros brutos anuales que representaría el 35% de la equiparación salarial. CCOO solicita al Ayuntamiento convoque Mesa
General de Negociación para dar una solución a ambos asuntos, previa a la
aprobación definitiva del Presupuesto Municipal.
En Estepona a 16 de Diciembre de 2016
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COMUNICADO DE PRENSA,
FSC CC.OO. ESTEPONA,
FSC CC.OO. MALAGA,
sub
lunes, 12 de diciembre de 2016
viernes, 19 de febrero de 2016
INFORMACION SINDICAL
INFORMA
EL AYUNTAMIENTO DE ESTEPONA ABONA DISCRECIONALMENTE LA CUANTÍA DE 48.000 EUROS
EN PRODUCTIVIDAD
El
Ayuntamiento de Estepona adeuda a la totalidad de la plantilla municipal el 75%
de la paga extraordinaria de diciembre del año 2012, desde hace años no dota de
vestuario al personal de los servicios municipales que lo precisan , no cubre
las necesidades de personal en los servicios municipales como instalaciones
deportivas, aún no ha cumplido con el abono de premio de permanencia de
convenio colectivo, rechaza las alegaciones de CCOO al Presupuesto Municipal de
realizar la equiparación salarial del personal provenientes de las extintas
empresas municipales y además intenta en la negociación colectiva nuevos
recortes en lugar de recuperación de derechos suspendidos del anterior convenio
colectivo.
Mientras
esto se produce, en la nómina del mes de Enero de 2016 se ha abonado
discrecionalmente productividades a personal Técnico-Administrativo en la
cuantía de 48.000 euros, seguramente merecidos por su especial rendimiento, el
interés e iniciativa con que este personal desempeña su trabajo, pero
entendemos discriminando a la mayor parte de la plantilla municipal que al
parecer no cumplen convenientemente objetivos que dan derecho al abono de
productividad. Esta Sección Sindical de CCOO desconoce la planificación de
objetivos específicos, ya que únicamente existen unos criterios generales que
deberían previamente negociarse “de común acuerdo con los representantes de los
trabajadores” para una mayor transparencia. En nuestra opinión, el
desarrollo de programas de productividad debe realizarse por áreas y deben
percibir tod@s los emplead@s adscrit@s
a los servicios que cumplan los objetivos marcados en cada Área del
Ayuntamiento.
En
cumplimiento de la legalidad vigente y del Convenio Colectivo que indica “La
cantidad que perciba cada empleado o empleada de productividad serán de
conocimiento público, tanto para los demás emplead@s de la Corporación como l@s
representantes sindicales”.
|
AGUILAR REGUERO M. CONCEP
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2.000
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€UROS
|
|
ALAMINOS GARCIA MARIA V.
|
1.000
|
€UROS
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ALMECIJA RUIZ LUIS FCO.
|
2.000
|
€UROS
|
|
ALVARO FLORES RAFAEL
|
1.000
|
€UROS
|
|
BARDERA SIERRA JUAN C.
|
2.000
|
€UROS
|
|
BORREGO DEL VALLE JOSE M.
|
2.180
|
€UROS
|
|
CEBRIAN GARCIA ARTURO M.
|
2.000
|
€UROS
|
|
DIAZ MARTIN LUIS
|
2.000
|
€UROS
|
|
FENNA NORMINGTON A.
|
2.000
|
€UROS
|
|
FLORES SIMÓN JOSÉ
|
2.000
|
€UROS
|
|
GUERRA JIMENEZ LORENZO
|
2.000
|
€UROS
|
|
ILLESCAS GIL MARIA JESÚS
|
2.000
|
€UROS
|
|
LÓPEZ SUÁREZ MIGUEL A.
|
2.000
|
€UROS
|
|
MACIAS PRIETO ANA M.
|
2.000
|
€UROS
|
|
MACIAS PRIETO JOSÉ A.
|
1.200
|
€UROS
|
|
MARQUEZ ANDRADES SONIA
|
1.500
|
€UROS
|
|
MARTIN ESPINOSA ELISA
|
2.000
|
€UROS
|
|
MEDEL MACIAS ANDRES
|
1.000
|
€UROS
|
|
MORENO CERVAN MANUEL
|
1.000
|
€UROS
|
|
MURCIA SANCHEZ LORENA
|
2.000
|
€UROS
|
|
ORTEGA LOZANO FCO. JAVIER
|
2.000
|
€UROS
|
|
OUTON PERLA MARTA
|
2.000
|
€UROS
|
|
RODRIGUEZ MARQUEZ FCO. J.
|
2.000
|
€UROS
|
|
RUIZ BLANCO ALFREDO
|
2.000
|
€UROS
|
|
SIMON LOPEZ ANTONIO
|
1.500
|
€UROS
|
|
TRIGO MORA FRANCISCO
|
1.500
|
€UROS
|
|
VAZQUEZ VILCHEZ ENCARNACION
|
500
|
€UROS
|
|
VILCHEZ GIL MONSERRAT
|
2.000
|
€UROS
|
Av. Manuel Agustín Heredia, 26-5º
29001 Málaga
|
Web:
Correo electrónico:
|
http://fsc.ccoo.es/malaga
fsc-ma@fsc.ccoo.es
|
Teléfonos: 952 649 945
952 649 955
|
Fax: 952 216 280
|
viernes, 27 de noviembre de 2015
lunes, 23 de noviembre de 2015
jueves, 12 de noviembre de 2015
miércoles, 11 de noviembre de 2015
jueves, 5 de noviembre de 2015
martes, 1 de septiembre de 2015
CCOO reitera su apuesta porque las
administraciones recuperen la gestión directa de los servicios públicos
externalizados o privatizados y que se abra una negociación con las
organizaciones sindicales para preservar el empleo y las condiciones laborales.
Comisiones Obreras
saluda que, tras la constitución de los nuevos gobiernos municipales y
autonómicos, se esté abriendo el debate sobre la vuelta a la gestión pública de
servicios que nunca debieron ser privatizados o externalizados, postura que
esta organización sindical lleva defendiendo desde hace muchos años.
Ya el pasado 6 de julio desde la Secretaría de Acción Sindical se emitía
un comunicado en el que se dejaba claro que "CCOO defiende el retorno a la
gestión pública de los servicios públicos externalizados y la necesidad de
preservar y mantener la estabilidad en el empleo y los derechos
laborales".
Las dudas que
algunas declaraciones puedan haber sugerido no tiene que ver con el fondo (el
rescate de servicios públicos para su gestión directa por las administraciones
responsables de los mismos) sino con el qué servicios se rescatan, cómo y
cuándo.
Porque, como en
ese mismo comunicado se resaltaba, "los procesos de rescate de
servicios públicos para su prestación a cargo de las administraciones,
presentan cierta complejidad jurídica en muchos aspectos, y también en lo que
afecta al empleo y las condiciones de trabajo, que son nuestro objetivo
principal".
Los objetivos de
CCOO son una mejora en la calidad, la intensidad, la equidad y la eficiencia de
la prestación de dichos servicios públicos, con plenas garantías para el empleo
actualmente existente en los mismos, a su estabilidad y calidad (que, en muchos
casos, debe mejorar) y con pleno respeto a los requisitos constitucionales de
acceso al empleo público y a la seguridad jurídica.
Para CCOO es
posible conjugar todos esos aspectos, pero ello no depende solo de la voluntad
o del anuncio de la voluntad política (con ser ello importante): exige un
análisis riguroso de cada caso y una negociación que haga posible conjugar
todos esos aspectos.
Por tanto,
saludamos la voluntad política expresada en varios ámbitos de estudiar el
rescate para la gestión por las administraciones de los servicios públicos
ahora privatizados o externalizados (voluntad que compartimos y que
impulsaremos), pero exigimos que dichos procesos sean negociados con carácter
previo para preservar el empleo y las condiciones laborales.
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miércoles, 27 de mayo de 2015
Anula parte del artículo 35.3 del Reglamento por considerar contrario a lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores la definición que hace de la insuficiencia presupuestaria que determina la existencia de causas económicas justificativas de despido colectivo
Autor Comunicación Poder Judicial
Autor Comunicación Poder Judicial
- La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha anulado parte del artículo 35.3 del Reglamento de los procedimientos de despido colectivo, de 2012, por considerar contrario a lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores la definición que hace de la insuficiencia presupuestaria que determina la existencia de causas económicas justificativas de despido colectivo cuando la empresa es una entidad (pública o privada) de las contempladas en el artículo 3.2 de la Ley de Contratos del Estado (administración del Estado y de las comunidades autónomas, entidades que integran la administración local, entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social, organismos autónomos, universidades públicas, diputaciones forales y juntas generales del País Vasco, y diversas entidades de derecho público).
El Supremo estima parcialmente un recurso contencioso-administrativo de UGT y CC.OO. contra el Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada.
El artículo 35.3 del Reglamento introduce dos criterios para determinar si hay insuficiencia presupuestaria: el déficit presupuestario de la Administración Pública de referencia en el ejercicio anterior, y la minoración de créditos en un 5% en el ejercicio corriente o en un 7% en los dos ejercicios anteriores. Para el Supremo, seguramente ambos criterios pueden reflejar situaciones de insuficiencia presupuestaria; es decir, situaciones en que la empresa no dispone de una previsión de ingresos suficiente para hacer frente a los servicios públicos que tiene encomendados.
Ahora bien, recuerda la sentencia, “lo que la norma legal de referencia -esto es, la actual disposición final 20ª del Estatuto de los Trabajadores- configura como causa justificativa del despido colectiva no es la mera insuficiencia presupuestaria, sino la ‘insuficiencia presupuestaria sobrevenida y persistente’”.
Para el Supremo, “esta importante adjetivación está literalmente ausente en el art. 35.3 del Reglamento y, sobre todo, este precepto reglamentario no responde a la exigencia legal de que la insuficiencia presupuestaria sea persistente: el simple déficit presupuestario de la Administración Pública de referencia en el ejercicio anterior no implica forzosamente tal persistencia; y en cuanto a la minoración de créditos, aun cuando pueda a veces ser indicio de dicha situación, no conduce ineluctablemente a ella”.
“Más aún –añade la sentencia--, este criterio reglamentario supone una desviación del criterio legal, consistente en un dato material o sustantivo -como es la imposibilidad de financiar los servicios públicos encomendados- sustituyéndolo por un dato puramente formal”.
La misma sentencia anula también el apartado primero de la disposición final 2ª del Real Decreto 1483/2012, que encomienda la comunicación de las medidas de despido colectivo a la entidad gestora de las prestaciones por desempleo a la empresa, cuando el Estatuto de los Trabajadores y la Ley de la Seguridad Social establecen que debe hacerlo la autoridad laboral. El Supremo no considera de por sí ilegal atribuir ese deber de comunicación a la empresa, pero sin suprimir el deber de comunicación que las leyes atribuyen a la autoridad laboral. El Supremo no entra a examinar parte del recurso de los sindicatos por haber perdido parcialmente su objeto como consecuencia de la sentencia del Tribunal Constitucional de 22 de enero de 2015.
Por otro lado, el Supremo ha dictado otras dos sentencias en las que rechaza los recursos de UGT, CC.OO. y la Confederación Intersindical Galega (CIG) contra el Real Decreto 1362/2012, de 27 de septiembre, por el que se regula la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos, órgano necesario para el funcionamiento del llamado descuelgue de los convenios colectivos. El Supremo declara que parte de los recursos han perdido su objeto por sentencia del Tribunal Constitucional de 22 de enero de 2015, y respecto a los reproches de legalidad ordinaria contra el citado Real Decreto, rechaza los argumentos de las centrales de que la Administración no les dio trámite de audiencia antes de aprobar el decreto.
martes, 26 de mayo de 2015
miércoles, 13 de mayo de 2015
CCOO presentó solicitud para concentración
de trabajadores en el Ayuntamiento de Estepona para el próximo 19 de mayo,
debido al impago de la parte proporcional de la paga extra de 2012, siendo el
único municipio de la provincia de Málaga que no la ha abonado a sus
trabajadores.
Estepona a 13 de Mayo de 2015
jueves, 7 de mayo de 2015
El Ejecutivo de Rajoy continuará con los ajustes del gasto a pesar de la recuperación de los ingresos.
En Ayuntamientos han de suprimir servicios que no son de su competencia por valor de 374 millones de euros
De acuerdo con el Programa de Estabilidad 2015-2018 remitido a Bruselas, la Administración tendrá que recortar otros 17.500 millones de euros en los próximos tres años.
Dirigentes del Partido Popular con el presidente local y Alcalde de Estepona, Jose Maria Garcia Urbano
El Ejecutivo de Mariano Rajoy continuará con los ajustes del gasto en los próximos años a pesar de la recuperación de los ingresos. De acuerdo con el Programa de Estabilidad 2015-2018 remitido a Bruselas, la Administración tendrá que recortar otros 17.500 millones de euros en los próximos tres años.
En el documento que sirve de hoja de ruta de la política económica, el Gobierno se compromete con la UE a recortar el gasto en unos 7.000 millones en 2015, unos 6.000 millones en 2016 y unos 3.000 millones en 2017. "El total equivale a 17.500 millones de euros en tres años para lograr la contención del crecimiento del gasto por debajo del crecimiento del PIB nominal", sostiene el Ejecutivo en el texto enviado a las instancias europeas.
Aunque el Gabinete de Rajoy cuenta con un mayor margen en las cuentas gracias al impulso del IVA y los capítulos de prestaciones por desempleo e intereses, todavía ha de rebajar el déficit público en 2015 del entorno del 5,7 al 4,2 por ciento. Una reducción de unos 15.000 millones de euros a la vez que el desembolso en pensiones sube un 3 por ciento y los ingresos acusan la erosión de los salarios bajos, la inflación en negativo y la rebaja del IRPF. De ahí que haya que seguir con las políticas de austeridad.
Entre las iniciativas que contempla para conseguirsus metas presupuestarias, el Gobierno destaca la reposición parcial de los empleados públicos que se jubilen, la racionalización de las bonificaciones en las políticas de empleo, la Ley de Mutuas, la reforma de las pensiones realizadas en los años anteriores y la reforma de las Administración Pública o Cora.
Así, se calcula que las medidas tomadas en el sistema de pensiones, como por ejemplo alargar el periodo de cálculo de la prestación o retrasar la edad de jubilación, brindan cada año 1.000 millones de euros más de ahorros. La nueva legislación de las mutuas, que hace que el Gobierno se apropie de sus excedentes, reportará unos 800 millones de euros en 2015. La no reposición de funcionarios jubilados representa un ajuste de unos 900 millones por ejercicio. Y con la Cora se pretende ahorrar unos 900 millones de euros al año gracias a la eliminación de duplicidades, la centralización de compras, la gestión digital y, en general, la racionalización del gasto.
En concreto, las Autonomías tienen previsto ahorrar en 2015 unos 630 millones en gasto farmacéutico y productos sanitarios. Y otros 600 más en 2016. Además, se prevé que aminoren sus facturas de gasto corriente a razón de unos 500 millones al año entre 2015 y 2016 mediante acuerdos de no disponibilidad, reordenación de empresas públicas y mejoras en los procesos tanto de adquisición de bienes y servicios como de prestación de servicios, bien sea a través de conciertos o a través de medios ajenos.
Si bien las Comunidades aspiran a ahorrarse en 2015 unos 590 millones por la no reposición de personal, el restablecimiento de las pagas extra les costará 1.197 millones de euros. Una medida que se compensa de sobra por las nuevas facilidades de financiación a tipo a cero que reportarán unos 3.091 millones de euros a las arcas regionales.
Al mismo tiempo, los ayuntamientos deberían recortar en 2015 unos 400 millones de euros en compras de bienes y servicios y otros 400 millones disolviendo empresas públicas. También han de suprimir servicios que no son de su competencia por valor de otros 374 millones de euros. Curiosamente, la fusión de servicios públicos y fusiones de municipios tan sólo deparará 71 millones de euros de ahorros, a pesar de que ha sido una de las soluciones más empleadas en otros países de Europa. En su conjunto, aun exhibiendo un superávit, las entidades locales tendrían que ajustar sus presupuestos en unos 1.457 millones de euros.
Por su parte, los municipios han proyectado una subida de impuestos por valor de 926 millones de euros, una más que añadir a las muchas sufridas sobre todo en el IBI. Según las previsiones del Plan de Estabilidad, las entidades locales deberán sumar en 2015 una corrección de sus cuentas por valor de 2.383 millones contemplando ingresos y gastos.
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