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martes, 31 de enero de 2017
viernes, 30 de diciembre de 2016
Con tan solo dos días de diferencia, el
Ayuntamiento de Estepona ha sido condenado en sendas ocasiones por despidos
improcedentes, lo que confirma las inadecuadas prácticas del consistorio en las
relaciones laborales.
CCOO informa que “la nueva sentencia de
fecha 21 de diciembre de 2016, se une a otra anterior del pasado día 19, donde
han condenado al Ayuntamiento a la readmisión de las trabajadoras y al abono de
salarios desde la fecha de sus despidos.”
“El
Ayuntamiento de Estepona contrató en el 2015 a 16 auxiliares de ayuda a domicilio, mediante
contratos temporales auspiciados por una bolsa de trabajo temporal, pero para
desarrollar un trabajo de carácter indefinido, por lo que entendimos que se
trataba de contratación en fraude de ley, lo que ha sido confirmado por las
sentencias”, afirma CCOO
La Secretaria General del Sindicato FSC de
CCOO, Carolina Ortiz, ha informado que “la sentencia aclara al consistorio que
para desarrollar trabajos de carácter permanente no cabe la contratación
temporal. Lo dice el Estatuto de los trabajadores, la jurisprudencia del
Tribuna Supremo y las recientes
sentencias europeas sobre el uso fraudulento de la contratación temporal en la
administración pública española.”
Para CCOO, “las bolsas de trabajo que
deban existir para sustituciones, no deben utilizarse para cubrir de forma
temporal trabajos permanentes.”
“El Ayuntamiento ha anunciado
recientemente la privatización del servicio en cuyo pliego de condiciones
deberá incluir ahora las obligadas readmisiones, informa Ortiz, quien afirma
que “la Mesa de Contratación para la apertura de la documentación
administrativa y la oferta económica, se ha fijado se ha fijado para el próximo
día 4 de Enero de 2017.
Para CCOO “se debería suspender el
procedimiento de contratación sobre la privatización del servicio de ayuda a
domicilio , ya que las empresas interesadas desconocen las sentencias
judiciales notificadas al Ayuntamiento de Estepona y las aún pendientes de
celebración de juicio en los Juzgados de lo Social en Málaga, que influirán en
mayores costes laborales y una repercusión directa en el presupuesto base de la
licitación y por tanto con cálculos erróneos en las ofertas económicas, al
derivarse un coste de masa salarial mayor, especialmente a tener en cuenta , cuando el elemento
personal es fundamental en la prestación objeto del contrato.”
lunes, 12 de diciembre de 2016
lunes, 23 de noviembre de 2015
jueves, 12 de noviembre de 2015
miércoles, 27 de mayo de 2015
Anula parte del artículo 35.3 del Reglamento por considerar contrario a lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores la definición que hace de la insuficiencia presupuestaria que determina la existencia de causas económicas justificativas de despido colectivo
Autor Comunicación Poder Judicial
Autor Comunicación Poder Judicial
- La Sala Tercera del Tribunal Supremo ha anulado parte del artículo 35.3 del Reglamento de los procedimientos de despido colectivo, de 2012, por considerar contrario a lo establecido en el Estatuto de los Trabajadores la definición que hace de la insuficiencia presupuestaria que determina la existencia de causas económicas justificativas de despido colectivo cuando la empresa es una entidad (pública o privada) de las contempladas en el artículo 3.2 de la Ley de Contratos del Estado (administración del Estado y de las comunidades autónomas, entidades que integran la administración local, entidades gestoras y servicios comunes de la Seguridad Social, organismos autónomos, universidades públicas, diputaciones forales y juntas generales del País Vasco, y diversas entidades de derecho público).
El Supremo estima parcialmente un recurso contencioso-administrativo de UGT y CC.OO. contra el Real Decreto 1483/2012, de 29 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de despido colectivo y de suspensión de contratos y reducción de jornada.
El artículo 35.3 del Reglamento introduce dos criterios para determinar si hay insuficiencia presupuestaria: el déficit presupuestario de la Administración Pública de referencia en el ejercicio anterior, y la minoración de créditos en un 5% en el ejercicio corriente o en un 7% en los dos ejercicios anteriores. Para el Supremo, seguramente ambos criterios pueden reflejar situaciones de insuficiencia presupuestaria; es decir, situaciones en que la empresa no dispone de una previsión de ingresos suficiente para hacer frente a los servicios públicos que tiene encomendados.
Ahora bien, recuerda la sentencia, “lo que la norma legal de referencia -esto es, la actual disposición final 20ª del Estatuto de los Trabajadores- configura como causa justificativa del despido colectiva no es la mera insuficiencia presupuestaria, sino la ‘insuficiencia presupuestaria sobrevenida y persistente’”.
Para el Supremo, “esta importante adjetivación está literalmente ausente en el art. 35.3 del Reglamento y, sobre todo, este precepto reglamentario no responde a la exigencia legal de que la insuficiencia presupuestaria sea persistente: el simple déficit presupuestario de la Administración Pública de referencia en el ejercicio anterior no implica forzosamente tal persistencia; y en cuanto a la minoración de créditos, aun cuando pueda a veces ser indicio de dicha situación, no conduce ineluctablemente a ella”.
“Más aún –añade la sentencia--, este criterio reglamentario supone una desviación del criterio legal, consistente en un dato material o sustantivo -como es la imposibilidad de financiar los servicios públicos encomendados- sustituyéndolo por un dato puramente formal”.
La misma sentencia anula también el apartado primero de la disposición final 2ª del Real Decreto 1483/2012, que encomienda la comunicación de las medidas de despido colectivo a la entidad gestora de las prestaciones por desempleo a la empresa, cuando el Estatuto de los Trabajadores y la Ley de la Seguridad Social establecen que debe hacerlo la autoridad laboral. El Supremo no considera de por sí ilegal atribuir ese deber de comunicación a la empresa, pero sin suprimir el deber de comunicación que las leyes atribuyen a la autoridad laboral. El Supremo no entra a examinar parte del recurso de los sindicatos por haber perdido parcialmente su objeto como consecuencia de la sentencia del Tribunal Constitucional de 22 de enero de 2015.
Por otro lado, el Supremo ha dictado otras dos sentencias en las que rechaza los recursos de UGT, CC.OO. y la Confederación Intersindical Galega (CIG) contra el Real Decreto 1362/2012, de 27 de septiembre, por el que se regula la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos, órgano necesario para el funcionamiento del llamado descuelgue de los convenios colectivos. El Supremo declara que parte de los recursos han perdido su objeto por sentencia del Tribunal Constitucional de 22 de enero de 2015, y respecto a los reproches de legalidad ordinaria contra el citado Real Decreto, rechaza los argumentos de las centrales de que la Administración no les dio trámite de audiencia antes de aprobar el decreto.
miércoles, 13 de mayo de 2015
CCOO presentó solicitud para concentración
de trabajadores en el Ayuntamiento de Estepona para el próximo 19 de mayo,
debido al impago de la parte proporcional de la paga extra de 2012, siendo el
único municipio de la provincia de Málaga que no la ha abonado a sus
trabajadores.
Estepona a 13 de Mayo de 2015
jueves, 7 de mayo de 2015
El Ejecutivo de Rajoy continuará con los ajustes del gasto a pesar de la recuperación de los ingresos.
En Ayuntamientos han de suprimir servicios que no son de su competencia por valor de 374 millones de euros
De acuerdo con el Programa de Estabilidad 2015-2018 remitido a Bruselas, la Administración tendrá que recortar otros 17.500 millones de euros en los próximos tres años.
Dirigentes del Partido Popular con el presidente local y Alcalde de Estepona, Jose Maria Garcia Urbano
El Ejecutivo de Mariano Rajoy continuará con los ajustes del gasto en los próximos años a pesar de la recuperación de los ingresos. De acuerdo con el Programa de Estabilidad 2015-2018 remitido a Bruselas, la Administración tendrá que recortar otros 17.500 millones de euros en los próximos tres años.
En el documento que sirve de hoja de ruta de la política económica, el Gobierno se compromete con la UE a recortar el gasto en unos 7.000 millones en 2015, unos 6.000 millones en 2016 y unos 3.000 millones en 2017. "El total equivale a 17.500 millones de euros en tres años para lograr la contención del crecimiento del gasto por debajo del crecimiento del PIB nominal", sostiene el Ejecutivo en el texto enviado a las instancias europeas.
Aunque el Gabinete de Rajoy cuenta con un mayor margen en las cuentas gracias al impulso del IVA y los capítulos de prestaciones por desempleo e intereses, todavía ha de rebajar el déficit público en 2015 del entorno del 5,7 al 4,2 por ciento. Una reducción de unos 15.000 millones de euros a la vez que el desembolso en pensiones sube un 3 por ciento y los ingresos acusan la erosión de los salarios bajos, la inflación en negativo y la rebaja del IRPF. De ahí que haya que seguir con las políticas de austeridad.
Entre las iniciativas que contempla para conseguirsus metas presupuestarias, el Gobierno destaca la reposición parcial de los empleados públicos que se jubilen, la racionalización de las bonificaciones en las políticas de empleo, la Ley de Mutuas, la reforma de las pensiones realizadas en los años anteriores y la reforma de las Administración Pública o Cora.
Así, se calcula que las medidas tomadas en el sistema de pensiones, como por ejemplo alargar el periodo de cálculo de la prestación o retrasar la edad de jubilación, brindan cada año 1.000 millones de euros más de ahorros. La nueva legislación de las mutuas, que hace que el Gobierno se apropie de sus excedentes, reportará unos 800 millones de euros en 2015. La no reposición de funcionarios jubilados representa un ajuste de unos 900 millones por ejercicio. Y con la Cora se pretende ahorrar unos 900 millones de euros al año gracias a la eliminación de duplicidades, la centralización de compras, la gestión digital y, en general, la racionalización del gasto.
En concreto, las Autonomías tienen previsto ahorrar en 2015 unos 630 millones en gasto farmacéutico y productos sanitarios. Y otros 600 más en 2016. Además, se prevé que aminoren sus facturas de gasto corriente a razón de unos 500 millones al año entre 2015 y 2016 mediante acuerdos de no disponibilidad, reordenación de empresas públicas y mejoras en los procesos tanto de adquisición de bienes y servicios como de prestación de servicios, bien sea a través de conciertos o a través de medios ajenos.
Si bien las Comunidades aspiran a ahorrarse en 2015 unos 590 millones por la no reposición de personal, el restablecimiento de las pagas extra les costará 1.197 millones de euros. Una medida que se compensa de sobra por las nuevas facilidades de financiación a tipo a cero que reportarán unos 3.091 millones de euros a las arcas regionales.
Al mismo tiempo, los ayuntamientos deberían recortar en 2015 unos 400 millones de euros en compras de bienes y servicios y otros 400 millones disolviendo empresas públicas. También han de suprimir servicios que no son de su competencia por valor de otros 374 millones de euros. Curiosamente, la fusión de servicios públicos y fusiones de municipios tan sólo deparará 71 millones de euros de ahorros, a pesar de que ha sido una de las soluciones más empleadas en otros países de Europa. En su conjunto, aun exhibiendo un superávit, las entidades locales tendrían que ajustar sus presupuestos en unos 1.457 millones de euros.
Por su parte, los municipios han proyectado una subida de impuestos por valor de 926 millones de euros, una más que añadir a las muchas sufridas sobre todo en el IBI. Según las previsiones del Plan de Estabilidad, las entidades locales deberán sumar en 2015 una corrección de sus cuentas por valor de 2.383 millones contemplando ingresos y gastos.
jueves, 30 de abril de 2015
martes, 14 de abril de 2015
El Ayuntamiento
de Estepona convoca reunión de la Mesa General de Negociación, pero no informan
sobre las futuras medidas que se adoptaran en el nuevo y obligatorio Plan Económico-Financiero,
POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LEGALES EN MATERIA
ECONÓMICA
En 2012, dentro de las medidas de un Plan de Ajuste se
contempló un ERE, que afectó al despido de 176 empleados municipales. Además,
entre otros, privatizaron servicios como
Cementerios Municipales y Servicio de Saneamiento, con mayores costes para los
ciudadanos.
Los cuatro informes de
Intervención Municipal sobre el 4º Trimestre de 2014, entre otras, indicaban:
A) Sobre el Presupuesto de Gastos se observa un elevado
grado de cumplimiento en todos los capítulos de gastos, salvo en el Capítulo VI
de inversiones reales, lo que supone un incumplimiento parcial si bien muy
significativo en cuanto al volumen de inversión ejecutada en el ejercicio 2014,
esto es debido a la ejecución de inversiones financiadas con Remanente de
Tesorería Afectado de ejercicios anteriores, que afectará negativamente a las previsiones de estabilidad
presupuestaria y regla de gasto contempladas en el Plan y al periodo medio de
pago a proveedores.
B) En el informe de la Intervención
Municipal de información económica-financiera derivada de la Ley 2/2012, de 27 de abril, de
estabilidad presupuestaria 4º Trimestre de 2014, de fecha 27 de enero de 2015.
En
cumplimiento de las obligaciones de suministro de información trimestral, los
resultados de la evaluación son los siguientes:
“La
entidad NO CUMPLE con el
objetivo de la regla de gasto”.
C) En el informe
de la Intervención
Municipal sobre el cumplimiento de pago a proveedores del 4º
Trimestre de 2014, de fecha 26 de enero de 2015.
“ En cuanto a
las facturas o documentos justificativos PENDIENTES
DE PAGO AL FINAL DE CUARTO TRIMESTRE (dato acumulado), asciende a una
cantidad total de 6.207.516,77 euros.
(Dato de facturas o documentos justificativos a partir del 1 de enero de 2014)”.
D) En el informe de la Intervención sobre
cumplimiento de morosidad, en el periodo hasta 4º Trimestre 2014, de fecha 27
de enero de 2015, expone:
“En cuanto a las facturas o documentos
justificativos pendientes de pago al final del cuarto trimestre (dato
acumulado), asciende a una cantidad total de 25.472.044,84 euros..”.
“Las facturas o documentos pendientes de
reconocimiento para las que han transcurrido más de tres meses desde su
registro al final del periodo analizado, alcanza la cuantía de 17.123.910
euros..” (facturas guardadas en los cajones).
Los informes de la Intervención Municipal
relativos al 4º Trimestre de 2014, acreditan que no está todo pagado y que el
Ayuntamiento continúa gastando por encima de sus posibilidades, con futuras consecuencias
previstas en la legislación que deberá plantearse en un plan
económico-financiero.
Por otra parte, el Comité de Empresa solicitó se convocara Mesa General de Negociación, al objeto que nos informen y/o avancen las medidas que se adoptaran por el Ayuntamiento de Estepona en el futuro Plan Económico Financiero, ante el incumplimiento de las obligaciones legales en materia económica. El Ayuntamiento de Estepona, convocó
Estepona a 14 de
abril de 2015
(Se adjunta escrito con Registro nº 5971 de 16 de marzo).
viernes, 10 de abril de 2015
CCOO
aplaude la decisión del Ayuntamiento de Vélez-Málaga de “remunicipalizar” la
limpieza en el municipio y atender a sus reivindicaciones
10 abril de 2015 CCOO Málaga
El Sindicato de Construcción y
Servicios de CCOO de Málaga mantuvo ayer una reunión con el Alcalde del
Ayuntamiento de Vélez-Málaga donde tras debatir las distintas opciones de
gestión de la limpieza en dicho municipio, finalmente éste optó por la
reivindicación que ha defendido esta organización sindical, que es la vuelta a
la “remunicipalización” de dicho servicio pasando de la actual empresa que lo
gestiona, Limpiezas Crespo S.A., a la empresa municipal Emvipsa. De esta manera
se mantienen todos los puestos de trabajo y se igualan las condiciones de
trabajo con los empleados municipales en un plazo de dos años. A su vez, CCOO
insta a todos los grupos políticos en este Consistorio que avalen la propuesta
de acuerdo
Los
trabajadores encargados de la limpieza y mantenimiento de los edificios y
dependencias del Ayuntamiento de Vélez-Málaga han realizado varios actos de
protesta durante estos últimos días tras conocer la intención del Consistorio
de sacar a licitación el contrato de dicho servicio. Esta propuesta ha sido
criticada por el Sindicato de Construcción y Servicios de CCOO de Málaga que
presentó una denuncia en el Registro de este Ayuntamiento porque el pliego no
garantizaba el pleno empleo y las condiciones laborales del conjunto de los
trabajadores. En concreto, el Sindicato denunció que podría producirse el
despido de 25 empleados tras contemplar una reducción de 425 horas semanales de
trabajo. Por este motivo, ayer mismo la dirección de este Sindicato mantuvo una
reunión a primera hora de la mañana con el Alcalde de dicho Ayuntamiento, Don
Francisco I. Delgado Bonilla, donde se debatieron las distintas opciones de
gestión de la limpieza en este municipio.
Como
consecuencia de esta reunión, finalmente el Alcalde del Ayuntamiento de
Vélez-Málaga accedió a la propuesta presentada por el Sindicato de Construcción
y Servicios de CCOO de Málaga que defiende que la gestión del servicio de
limpieza, conserjería y mantenimiento de edificios públicos y dependencias
municipales, que actualmente presta la empresa Limpiezas Crespo S.A., sea
realizado de forma directa mediante encomiendo de gestión del Ayuntamiento a su
empresa municipal Emvipsa, previa tramitación del expediente administrativo que
legalmente corresponda.
Según
ha explicado el secretario general del Sindicato de Construcción y Servicios de
CCOO de Málaga, Alfonso Galisteo, “se trata de una propuesta de acuerdo que
vamos a trasladar al conjunto de los trabajadores de la empresa Crespo, y son
ellos quienes tendrán que pronunciarse al respecto y valorar si aceptan esta
propuesta”.
En
el preacuerdo alcanzado ayer con el Ayuntamiento de Vélez-Málaga destaca “que
todo el personal de la empresa Limpiezas Crespo S.A. pase a Emvipsa con efectos
del día 1 de mayo de 2015, en la situación jurídica que actualmente se
encuentren (categoría, antigüedad, etc.), siéndoles de aplicación el Convenio
Provincial de Limpieza de Edificios y Locales de Málaga y cualquier otro
convenio de origen que sea de aplicación durante dos años, a partir de los
cuales se iniciará un proceso de adaptación al convenio de la empresa municipal
Emvipsa”.
“El
Alcalde procederá a convocar, en su calidad de Presidente de este empresa
municipal, un Consejo de Administración para dar cuenta de esta propuesta de
acuerdo y para que se acepte, en su caso la encomiendo municipal del servicio,
una vez concluida su tramitación”.
Por
tanto, “desde CCOO estamos satisfechos con esta decisión que pone fin a un
conflicto donde los trabajadores mantienen sus puestos de trabajo y mejoran sus
condiciones laborales”, ha valorado el líder sindical, quien ha instado al
resto de grupos políticos que avalen la propuesta de acuerdo firmado con el
Ayuntamiento de Vélez-Málaga.
GABINETE DE COMUNICACIÓN
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